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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (09/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 204201 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de junio de 2001 reasignar las causas en el área civil, definiendo las competencias de las Salas Civiles. Cuarto.- En las demás Cortes Superiores de Justi- cia, seguirá funcionando el sistema corporativo en las Salas Superiores conformadas actualmente, hasta el 31 de diciembre del presente año. Quinto.- Disponer que las áreas administrativas del Poder Judicial brinden el soporte logístico que sea necesario para la implementación transitoria de los órganos jurisdiccionales a que se refiere el artículo 2º de la presente resolución. Sexto.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República y la Gerencia General del Poder Judicial, realizarán los estudios correspondientes para la implementación de la conformación de Salas Superio- res a que se refiere el Artículo 1º de la presente resolu- ción, en un plazo de 2 meses. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ALVAREZ GUILLERMO CABALA ROSSAND LUIS ORTIZ BERNARDINI VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA BENJAMÍN ORDOÑEZ VALVERDE 25016 Dictan disposiciones sobre tramita- ción de procesos a cargo de juzgados especializados civiles, de ejecución, y del Depósito Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 043-2001-CE-PJ Lima, 1 de junio del 2001 VISTOS: El Oficio Nº 0448-2001-P-CSJLI/PJ, del Presiden- te de la Corte Superior de Justicia de Lima, y el Informe S/N del señor Consejero Víctor Raúl Mansi- lla Novella; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, eleva la Propuesta de Redistribución y Descar- ga de Procesos Judiciales, elaborada por los señores Magistrados a cargo de los procesos de ejecución de sentencias, solicitando su aprobación; Que, el mejoramiento y descarga procesal, labor relacionada a la actividad jurisdiccional de los Juz- gados Especializados Civil de Lima, que se encuen- tran funcionando en los Módulos Corporativos ubi- cados en el Edificio Javier Alzamora Valdez, luego del análisis y aprobación de la propuesta efectuada por los Magistrados a cargo de los procesos de ejecu- ción de sentencias y estando a que se ha cumplido con los fines y objetivos propuestos, tales como la ubicación y ordenamiento de los procesos judiciales, resulta pertinente la redistribución de la carga pro- cesal entre todos los Juzgados Civiles en forma progresiva y ordenada, a fin de que éstos tomen conocimiento del proceso desde el inicio de la deman- da hasta su ejecución; Que, resulta necesaria la redistribución de la carga procesal, dada la comprobación de la sobrecarga proce- sal existente en los Juzgados de Ejecución y la baja cantidad de expedientes que se vienen tramitando en los Juzgados a cargo de procesos en trámite, como son los de abreviados, conocimiento, sumarísimos y ejecuti-vos, hecho comprobado a través de los Informes estadís- ticos expedidos por la Oficina de Desarrollo de la Presi- dencia de la referida Corte Superior; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de confor- midad con el informe del señor Consejero Víctor Raúl Mansilla Novella, en uso de sus atribuciones y en sesión ordinaria de la fecha; RESUELVE: Primero.- A partir del día siguiente de la publica- ción de la presente resolución, los Juzgados Especiali- zados Civiles de la Corte Superior de Justicia de Lima continuarán la tramitación de los procesos a su cargo hasta su ejecución. Segundo.- Los Juzgados de Ejecución de la men- cionada Corte Superior no recibirán carga procesal alguna hasta el 30 de setiembre del presente año, a fin de que concluyan totalmente con los procesos que tie- nen a su cargo. Tercero.- Disponer que los expedientes que se en- cuentran en el Depósito Transitorio sean remitidos a sus respectivos Juzgados de origen para la continuación de su trámite hasta su ejecución. Cuarto.- A partir del 1 de octubre del año en curso, los mencionados Juzgados de Ejecución, se convertirán en Juzgados Especializados en lo Civil y al igual que éstos recibirán las demandas respectivas en los turnos que establecerá el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima. Quinto.- Autorizar al Presidente de la Corte Supe- rior de Justicia de Lima, a dictar las disposiciones administrativas y jurisdiccionales que sean necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Sexto.- Transcribir la presente Resolución, al Presi- dente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Geren- cia General del Poder Judicial y a las instancias correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ALVAREZ GUILLERMO CABALA ROSSAND LUIS ORTIZ BERNARDINI VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA BENJAMÍN ORDOÑEZ VALVERDE 25017 Dejan sin efecto la Res. Adm. Nº 240- 96-CSJA/P, relativa a salas de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 044-2001-CE-PJ Lima, 1 de junio del 2001 VISTOS: El Oficio Nº 289-2001-P-CSJAY/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, y los Informes Nºs. 004-2001-SPR-GDI-GG, de la Gerencia General, y 069-2001-CE-PJ/VRMN del señor Consejero Víctor Raúl Mansilla Novella; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno, que como consecuencia de la conclusión de las funciones de las Salas Superiores y Juzgados Especializados en procesos por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas, la Sala Penal de esa Corte Superior, desde el mes de enero a la fecha ha asumido competen-