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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (21/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 204825 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de junio de 2001 NALADISA 96 Pref. OBSERVACION Porc. 9506.69.00 50 PELOTAS DE BEISBOL 9506.99.00 50 ARTICULOS Y MATERIALES PARA BEISBOL Y SOFTBALL, EXCEPTO PELOTAS 50 PROTECTORES PARA LA CABEZA, DE CUERO NATURAL O REGENERADO, PARA BOXEO 9704.00.00 50 SELLOS DE CORREOS 25618 Incorporan a la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ica en las instituciones que pueden expedir Certificados de Origen por delegación del MITINCI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 128-2001-ITINCI/DM Lima, 15 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 014-91-ICTI/IG, se esta- bleció que el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, a través de entidades gremiales representativas de la producción y el comercio, es la Autoridad competente para otorgar, de acuerdo a las normas internacionales correspondientes, los certificados de origen, a efectos de que las empresas expor- tadoras puedan acogerse a tratamientos preferenciales o diferenciales de los procesos de Integración y de Convenios o Acuerdos Internacionales de carácter comercial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 320-91-ICTI/ IG, se estableció la relación de Instituciones Gremiales y personas autorizadas a suscribir Certificados de Origen, por delegación y en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comer- ciales Internacionales; Que, en el marco de los referidos dispositivos legales, se requiere incorporar a la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ica, entre las Instituciones gremiales representa- tivas de la producción y el comercio, que pueden expedir Certificados de Origen por delegación de este Ministerio; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25831, "Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales" y con el Decreto Supremo Nº 014-91-ICTI/IG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Incorporar a la Cámara de Comer- cio, Industria y Turismo de Ica, entre las Instituciones gremiales representativas de la producción y el comercio, que pueden expedir Certificados de Origen por delegación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales Internacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 25619 INTERIOR Autorizan al Ministerio para que la PNP haga entrega de inmueble al CTAR Cusco, destinado al funcionamiento de un Complejo Cultural y de Investi- gación Arqueológica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0603-2001-IN Lima, 20 de junio de 2001Visto, el expediente administrativo relacionado con el pedido de la Presidencia Ejecutiva del Consejo Transitorio de Administración Regional del Cusco (CTAR - CUSCO), para que se disponga que la Policía Nacional haga entrega física del inmueble denominado "Casa Concha", ubicado en la calle Santa Catalina Ancha 320 - Cusco, con la finalidad de incorporarlo al circuito turístico y cultural de la ciudad del Cusco; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Presidencial Nº 203-2001-CTAR-CUSCO/PE y Nº 204-2001-CTAR-CUS- CO/PE del 17 de abril del 2001, se afectó en uso los lotes 2A y 2B del Centro Cívico Administrativo y Cultural, Sector Túpac Amaru, distrito de Wanchaq, provincia y departamento del Cusco a favor de la Policía Nacional del Perú, para la construcción del Complejo Policial "Alipio Ponce Vásquez" - División de Unidades Especiales PNP, y se revirtió la "Casa Concha" al dominio de la CTAR - CUSCO, respectivamente; Que, anteriormente el Ministerio del Interior expidió la Resolución Ministerial Nº 1223-98-IN/PNP del 31 de diciembre de 1998, dejando sin efecto el Artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 0066-88-IN/DM del 12 de mayo de 1988 que dispuso la entrega de la "Casa Concha" a la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco; Que, la "Casa Concha" fue declarada como Monumento Histórico mediante Resolución Suprema Nº 2900-72-ED del 13 de diciembre de 1972; Que, la "Casa Concha" es un bello y valioso monumento arquitectónico que necesita ser recuperado a fin de inte- grarse al circuito turístico y cultural de la ciudad del Cusco como un Complejo Cultural y de Investigación Arqueoló- gica; Que, la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco, por la importancia que tiene dentro de la historia y la cultura del Cusco, debe ser el organismo encargado de su preservación, custodia y administración; Que, a fin de posibilitar este propósito en favor de la cultura, la Policía Nacional del Perú ha procedido a des- ocupar la "Casa Concha"; Lo establecido en la Ley Orgánica del Ministerio del Interior aprobada por Decreto Legislativo Nº 370, concor- dante con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo aprobada por Decreto Legislativo Nº 560 y el Reglamento de Admi- nistración de la Propiedad Fiscal aprobado por Decreto Supremo Nº 025-78-VC; Lo informado por la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio del Interior, para que la Policía Nacional del Perú haga entrega al Consejo Transitorio de Administración Regional del Cusco (CTAR- CUSCO), el inmueble denominado "Casa Concha" ubicado en la calle Santa Catalina Ancha 320 de la ciudad del Cusco. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 1223-98-IN/PNP del 31 de diciembre de 1998 y demás disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Artículo 3º.- El Consejo Transitorio de Administración Regional del Cusco (CTAR-CUSCO), en el acto, procederá a entregar la "Casa Concha" a la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco, organismo que será el encargado de su recuperación, preservación y administración. Artículo 4º.- La "Casa Concha" será destinada exclu- sivamente al funcionamiento de un Complejo Cultural y de Investigación Arqueológica como parte del circuito turístico y cultural de la ciudad del Cusco. Artículo 5º.- Regularizar el uso del indicado inmueble en el Registro de Bienes Nacionales, de conformidad con lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República ANTONIO KETIN VIDAL HERRERA Ministro del Interior 25733