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Pág. 199576 NORMAS LEGALES Lima, martes 6 de marzo de 2001 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 123-2001-RE Lima, 5 de marzo de 2001 Vista la Resolución Suprema Nº 453-92-RE, del 29 de diciembre de 1992, que dispuso el pase a la situación de retiro del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República don Iván Solari Calvo; y las sentencias de fecha 22 de julio de 1998, expedida por el Primer Juzgado Contencioso Administrativo; 18 de mayo de 1999, expedida por la Sala Especializada en lo Contencioso Administrati- vo; y 28 de setiembre de 2000, expedida por la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 453-92-RE, del 29 de diciembre de 1992 se dispuso el pase a la situación de retiro del Consejero en el Servicio Diplomático de la Repú- blica don Iván Solari Calvo, a partir del 30 de diciembre del mismo año; Que mediante sentencia de fecha 22 de julio de 1998, expedida por el Primer Juzgado Contencioso Adminis- trativo, ratificada por resolución de fecha 18 de mayo de 1999, expedida por la Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo, a su vez ratificada por resolución de fecha 28 de setiembre de 2000, expedida por la Sala Constitucio- nal y Social de la Corte Suprema de Justicia de la Repúbli- ca, se ha declarado nula e ineficaz para el caso del señor Solari Calvo la Resolución Suprema Nº 453-92-RE; Que, encontrándose la referida causa en estado de ejecución de sentencia, corresponde al Ministerio de Rela- ciones Exteriores dar cumplimiento a los actos jurisdiccio- nales citados precedentemente; Que por mandato del Artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Texto Unico Ordenado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativo, emanadas de la autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, por lo que se debe dejar sin efecto para el caso específico del señor Iván Solari Calvo la Resolución Suprema Nº 453-92-RE con retroacti- vidad al 30 de diciembre de 1992; Que es obligación del Ministerio de Relaciones Exte- riores el cumplir las leyes que regulan el Servicio Diplo- mático de la República; Que por los fundamentos expuestos, se debe reponer al señor Iván Solari Calvo en situación de actividad a partir del 30 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- En cumplimiento de la resolución expedida por el Juez del Primer Juzgado Contencioso Administrativo de- jar sin efecto para el caso específico del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Iván Solari Calvo, la Resolución Suprema Nº 453/RE, del 29 de diciem- bre de 1992. 2º.- Reponer al referido funcionario a la situación de actividad, en la categoría de Primer Secretario, a partir del 30 de diciembre de 1992, sin reconocimiento de los haberes dejados de percibir durante el período no laborado. 3º.- Disponer se emita resolución ministerial que re- suelva el pase a la situación de retiro del Primer Secretario en el Servicio Diplomático Iván Solari Calvo, a partir del 26 de noviembre de 1996, por haber cumplido la edad límite en su categoría, de conformidad con el Decreto Ley Nº 26117, aplicable al presente caso. 4º.- El Ministerio de Relaciones Exteriores dictará las disposiciones complementarias que sean necesarias para la aplicación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 19462RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 124-2001-RE Lima, 5 de marzo de 2001 Vista la Resolución Suprema Nº 453-92-RE, del 29 de diciembre de 1992, que dispuso el pase a la situación de retiro del Consejero en el Servicio Diplomático de la Repú- blica don Roberto Vizcardo García; y las sentencias de fecha 22 de julio de 1998, expedida por el Primer Juzgado Contencioso Administrativo; 18 de mayo de 1999, expedida por la Sala Especializada en lo Contencioso Administra- tivo; y 28 de setiembre de 2000, expedida por la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 453-92-RE, del 29 de diciembre de 1992 se dispuso el pase a la situación de retiro del Consejero en el Servicio Diplomático de la Repú- blica don Roberto Vizcardo García, a partir del 30 de diciembre del mismo año; Que mediante sentencia de fecha 22 de julio de 1998, expedida por el Primer Juzgado Contencioso Adminis- trativo, ratificada por resolución de fecha 18 de mayo de 1999, expedida por la Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo, a su vez ratificada por resolución de fecha 28 de setiembre de 2000, expedida por la Sala Constitucio- nal y Social de la Corte Suprema de Justicia de la Repúbli- ca, se ha declarado nula e ineficaz para el caso del señor Vizcardo García la Resolución Suprema Nº 453-92-RE; Que, encontrándose la referida causa en estado de ejecución de sentencia, corresponde al Ministerio de Rela- ciones Exteriores dar cumplimiento a los actos jurisdiccio- nales citados precedentemente; Que por mandato del Artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Texto Unico Ordenado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativo, emanadas de la autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, por lo que se debe dejar sin efecto para el caso específico del señor Roberto Vizcardo García, la Resolución Suprema Nº 453-92-RE con retroactividad al 30 de diciembre de 1992; Que es obligación del Ministerio de Relaciones Exte- riores el cumplir las leyes que regulan el Servicio Diplo- mático de la República; Que por los fundamentos expuestos, se debe reponer al señor Roberto Vizcardo García en situación de actividad a partir del 30 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- En cumplimiento de la resolución expedida por el Juez del Primer Juzgado Contencioso Administrativo de- jar sin efecto para el caso específico del Consejero en el Servicio Diplomático de la República Roberto Vizcardo García, la Resolución Suprema Nº 453/RE, del 29 de diciem- bre de 1992. 2º.- Reponer al referido funcionario a la situación de actividad, en la categoría de Consejero, a partir del 30 de diciembre de 1992, sin reconocimiento de los haberes dejados de percibir durante el período no laborado. 3º.- Disponer se emita resolución ministerial que re- suelva el pase a la situación de retiro del Consejero en el Servicio Diplomático Roberto Vizcardo García, a partir del 13 de junio de 1994, por haber cumplido la edad límite en su categoría, de conformidad con el Decreto Ley Nº 26117, aplicable al presente caso. 4º.- El Ministerio de Relaciones Exteriores dictará las disposiciones complementarias que sean necesarias para la aplicación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 19463