Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2001 (10/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Lo propuesto por el Ministro del Interior; SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 10 de marzo de 2001

Articulo Unico.- Designar a partir de la fecha de la presente Resolucion, al Comandante PNP MORDAZA BABILON MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Director de Sistema Administrativo III, Categoria F-4, Director Adjunto de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Senor Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA KETIN MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 19760

Visto el escrito de Registro Nº CE-00071002, del 19 de febrero del 2001, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA KAWANO MORDAZA, representante legal en el Peru del armador japones OGATA GYOGYO KABUSHIKI KAISHA. CONSIDERANDO: Que el Articulo 138º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establece que los armadores y, en general, las personas naturales y juridicas que operen embarcaciones pesqueras de bandera nacional y de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, requeriran de permiso de pesca y, en su caso, de licencia para el procesamiento a bordo; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 052-2001PE/DNE, del 22 de febrero del 2001, se otorgo al senor MORDAZA MORDAZA KAWANO MORDAZA, representante legal en el Peru del armador japones OGATA GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras de bandera japonesa denominadas "TENYU MARU Nº 28" y "TENYU MARU Nº 88", en la extraccion del recurso calamar gigante o pota, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa, con vigencia hasta el 24 de marzo del 2001; Que mediante el escrito del visto el recurrente solicita licencia para la operacion de las plantas de procesamiento pesquero a bordo de las embarcaciones pesqueras de bandera extranjera denominadas "TENYU MARU Nº 28" y "TENYU MARU Nº 88", a fin de que desarrollen la actividad de congelado; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se concluye que el senor MORDAZA MORDAZA KAWANO MORDAZA ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE, para otorgamiento de las licencias para la operacion de las plantas de congelado a bordo de las embarcaciones senaladas en el considerando anterior, con capacidades instaladas de 74 t/dia y 83 t/dia respectivamente, licencia que tendra vigencia hasta el termino del respectivo permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 052-2001-PE/DNE; Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 068-2001-PE/DNPP-Dn del 26 de febrero del 2001, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en las Resoluciones Ministeriales Nºs. 289-2000-PE y 332-2000-PE; los Articulos 43º, inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 Ley General de Pesca; los Articulos 59º, 60º y 61º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar al senor MORDAZA MORDAZA KAWANO MORDAZA, representante legal en el Peru del armador japones OGATA GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, licencia para la operacion de las plantas de congelado a bordo de las embarcaciones pesqueras "TENYU MARU Nº 28" y "TENYU MARU Nº 88", con capacidades instaladas de 74 t/dia y 83 t/dia, respectivamente. Articulo 2º.- La licencia de operacion a que se refiere el Articulo 1 º de la presente Resolucion tendra vigencia hasta el 24 de marzo del 2001 y caducara automaticamente al termino de dicho plazo. Articulo 3º.- MORDAZA MORDAZA KAWANO MORDAZA, debera operar sus plantas de procesamiento de recursos hidrobiologicos con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como a las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera que aseguren el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar un sistema de control de MORDAZA que asegure la optima calidad del producto, asi como cumplir con las normas y procedimientos para evitar la contaminacion marina. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo establecido en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado.

PRES
Aceptan renuncia de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca
RESOLUCION SUPREMA Nº 075-2001-PRES MORDAZA, 9 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 153-99-PRES se designo al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia a dicho cargo, la que es procedente aceptar; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 26923, los Decretos Leyes Nºs. 25515, 25556 y 25738; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca del Instituto Nacional de Desarrollo, con efectividad al 1 de marzo del 2001, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 19803

PESQUERIA
Otorgan a persona natural licencia para la operacion de plantas de congelado a bordo de embarcaciones de bandera japonesa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 070-2001-PE/DNPP MORDAZA, 6 de marzo del 2001

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