Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2001 (22/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, jueves 22 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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Que, cabe senalar asimismo, que en los procedimientos administrativos de permisos de operacion, AEROPERU S.A. no ha presentado la solicitud cumpliendo con todos los requisitos legalmente exigidos, al no haber adjuntado el recibo que acredite el pago de los derechos correspondientes de acuerdo al MORDAZA de este Ministerio, requisito que le fue requerido mediante Oficios Nºs. 023-2001-MTC/15.16.05.1 y 024-2001-MTC/ 15.16.05.1 del 15.1.2001 en el que se le otorgo el plazo de quince (15) dias calendario para cumplirlo, plazo que a la fecha ha vencido sin que la empresa MORDAZA cumplido con lo exigido; Que, por tanto, resulta de aplicacion el Articulo 149º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil vigente, Decreto Supremo Nº 054-88-TC, que establece que en estos casos procede la devolucion de la solicitud; De conformidad con la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261, el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; y, estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Legal; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Abstenerse de seguir conociendo el MORDAZA administrativo de permiso de operacion de aviacion comercial, servicio de transporte aereo no regular nacional de pasajeros, carga y correo, iniciado por la EMPRESA DE TRANSPORTE AEREO DEL PERU S.A. - AEROPERU mediante Documento de Registro Nº 2001-000166 del 5.1.2001; y, en consecuencia, suspender su tramitacion, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Abstenerse de seguir conociendo el MORDAZA administrativo de permiso de operacion de aviacion comercial, servicio de transporte aereo no regular nacional de carga exclusiva, iniciado por la EMPRESA DE TRANSPORTE AEREO DEL PERU S.A. - AEROPERU mediante Documento de Registro Nº 2001-000447 del 12.1.2001; y, en consecuencia, suspender su tramitacion, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- Abstenerse de seguir conociendo el MORDAZA de certificacion, iniciado a solicitud de la EMPRESA DE TRANSPORTE AEREO DEL PERU S.A. AEROPERU con Documento de Registro Nº 2950; y, en consecuencia, suspender el MORDAZA por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA REBAGLIATI CASTANON Director General de Aeronautica Civil 20420

Administrativo de la Academia de la Magistratura, a la Presidencia del Consejo Directivo, poniendo su cargo a disposicion, a fin de su ratificacion o conclusion en sus funciones; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Comision de Reorganizacion y Gobierno de la Academia de la Magistratura Nº 006-99-CRG-AMAG, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Robilliard en el cargo de Secretario Administrativo de la Academia de la Magistratura; Que, mediante Ley Nº 27368 se derogo la Sexta Disposicion Final y Transitoria de la Ley Nº 26623, y se dispuso la designacion del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, estableciendo que asumiria las funciones previstas en su Ley Organica Nº 26335; Que, el Articulo 5º de la referida Ley Organica senala que el Consejo Directivo es el mas alto organo de la Academia de la Magistratura, correspondiendole conforme al Articulo 6º, nombrar y remover al Secretario Administrativo; Que, el Consejo Directivo ha quedado instalado por sesion realizada el 4 de enero del presente ano; Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Academia de la Magistratura Nº 26335, la Ley Nº 27368, el Estatuto de la Academia aprobado por Resolucion Nº 01-94/AMAG-CD modificado por Resolucion Administrativa Nº 405-98-SE-TP-CME-PJ, estando a lo acordado en el Pleno de fecha 19 de marzo ultimo y a la autorizacion concedida a la Presidencia del Consejo Directivo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Robilliard, en el cargo de Secretario Administrativo de la Academia de la Magistratura, a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la senora Contadora Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Contabilidad y Finanzas, la Secretaria Administrativa de la Academia de la Magistratura, en tanto se designe al MORDAZA Secretario Administrativo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 20425

ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Encargan a funcionaria la Secretaria Administrativa de la Academia de la Magistratura
CONSEJO DIRECTIVO RESOLUCION Nº 014-2001-AMAG-CD MORDAZA MORDAZA, 20 de marzo de 2001 VISTA: La Carta s/n de fecha 1 de marzo de 2001, remitida por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Robilliard Secretario

Dan por concluida designacion de Director Adjunto de la Academia de la Magistratura
CONSEJO DIRECTIVO RESOLUCION Nº 015-2001-AMAG-CD MORDAZA MORDAZA, 20 de marzo de 2001 VISTA: La Carta Nº 001-2001-AMAG-CND, de fecha 1 de marzo de 2001, del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ambia, Director Adjunto de la Academia de la Magistratura, mediante la cual pone su cargo a disposicion del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, a fin de su ratificacion o conclusion en sus funciones; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 300SE-TP-CME-PJ de fecha 14 de setiembre de 2000, se designo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ambia al cargo de

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