Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2001 (22/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 22 de marzo de 2001

de activos fijos de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema al Instituto Superior Tecnologico "Pedro A. del MORDAZA Hidalgo" de Iquitos, Parroquia MORDAZA MORDAZA de Nanay de Iquitos,Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., Contraloria General de la Republica y Superintendencia de Bienes Nacionales. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 20456

002-99-MTC/15.01 aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 293-99-MTC/15.01. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 20378

Otorgan a empresa autorizacion y permiso de instalacion para operar estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 190-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 16 de marzo de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RADIO ENLACE E.I.R.L, para que se le otorgue autorizacion para instalar y operar una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito de Kunturkanki, provincia de Canas, departamento del Cusco; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 010-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 056-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por la empresa RADIO ENLACE E.I.R.L., cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Minis-

Autorizan viaje de representante del INICTEL a Costa Rica para participar en evento relativo al uso de la tecnologia de la informacion en el sector educativo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 123-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 19 de marzo de 2001 Visto, el Oficio Nº 032-2001-MTC/INICTEL-CD de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL; CONSIDERANDO: Que, la Asociacion Hispanoamericana de Centros de Investigacion y Empresas de Telecomunicaciones (AHCIET) ha otorgado una beca integral al ingeniero MORDAZA MORDAZA Pinashca, Director de Estudios y Proyectos del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL para que participe en el evento denominado "AHCIET TELE EDUCACION 2001 CP VI FORMACION" que se realizara en la MORDAZA de San MORDAZA, Costa Rica, del 26 al 29 de marzo del 2001; Que, es de interes de INICTEL participar en el evento mencionado ya que permitira que el representante obtenga nuevos conocimientos a fin de promocionar el uso de la tecnologia de la informacion en el sector educativo, impulsando de esta forma los procesos de desarrollo socio-economico y cultural; Que, el Consejo Directivo del INICTEL por Acuerdo Nº 4.05.2001 aprobo la participacion del ingeniero MORDAZA MORDAZA Pinashca en el evento mencionado, cuyos gastos seran de cargo de la AHCIET; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje del ingeniero MORDAZA MORDAZA Pinashca, Director de Estudios y Proyectos del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL, a la MORDAZA de San MORDAZA, Costa Rica, durante los dias del 26 al 29 de marzo del 2001, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irrogara gastos al Estado. Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- El funcionario cuyo viaje se autoriza, debera tener en cuenta lo establecido en la Directiva Nº

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