Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2001 (30/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, viernes 30 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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Al respecto durante la construccion del MORDAZA Abujao, iniciada el 4 de junio de 1996, para ser concluida en 90 dias calendario (2 de octubre de 1996) se detectaron diversas deficiencias en el Expediente Tecnico que afectaron el normal desarrollo de los trabajos, dando lugar a varias paralizaciones de obra, para subsanar dichas deficiencias, situacion que se vio agravada por el cambio de estacion y la crecida de los MORDAZA, retrasandose aun mas su culminacion. Las ampliaciones de plazo de la ejecucion de la obra, producto de deficiencias en el Expediente Tecnico fueron las siguientes: Ampliacion por 3 (tres) dias calendario, por desarmado de MORDAZA y excavacion para desvio del cauce de la quebrada, trabajos que fueron omitidos en el Expediente Tecnico, como lo senala el Supervisor de Obra en el asiento Nº 05, de 8 de MORDAZA de 1996, Cuaderno de Obra. Ampliacion por 13 (trece) dias calendario, por retiro de tuberias matriz de agua, cuya presencia era previsible durante la ejecucion del proyecto. Ampliacion por 31 (treinta y uno) dias calendario, tiempo que la entidad demoro en efectuar el rediseno del sistema de cimentacion de los estribos y durante el cual El Contratista tuvo que paralizar sus labores a la espera de la modificacion del proyecto. Ampliacion por 28 (veintiocho) dias calendario, que se otorgo al Contratista para la construccion de los 2 (dos) aliviaderos de carga, una para cada estribo, como resultado del rediseno efectuado, de los que se construyo uno solo. Ampliacion por 51 (cincuenta y uno) dias calendario, como consecuencia de paralizacion de obra autorizada por la Supervision de la Obra, debido a la crecida de las aguas, previsto para el 11 de noviembre de 1996, que por las ampliaciones de plazo anteriormente mencionadas, hizo que la ejecucion coincidiera con la crecida del rio Ucayali. Cabe senalar que cuando estaban construidos los estribos de concreto armado para el sustento del tablero del MORDAZA, El contratista recibio mediante Carta S/Nº de 28 de septiembre de 1996, el Informe Tecnico Nº 01196, del Ingeniero Edgard MORDAZA MORDAZA, a quien encargo el diseno de la estructura del MORDAZA, en el cual se informa la inconsistencia del Proyecto en los siguientes aspectos. "Con el uso propio de la infraestructura y la accion de la sobrecarga C-30 se le transmite al terreno una presion MORDAZA de 2.66 Kg/cm2", pero que "De acuerdo a lo senalado en los planos, la capacidad portante del suelo es de 0.5 Kg/cm2, la cual no es compatible con la presion 2.66 Kg/cm2 transmitida al terreno". "El refuerzo principal de la pantalla del estribo de la MORDAZA posterior y de las alas del estribo, es insuficiente...". En efecto, en las notas de calculo del consultor, como resultado de la verificacion de la pantalla de los estribos, determino que dicha estructura necesitaba armadura de 1" de diametro cada 8 cm. En vez de cada 25 cm. Y que en la MORDAZA trasera necesitaba armadura de 1" cada 7 cm. En vez de 5/8" cada 25 cm. que era lo que indicaban los planos. Asimismo, en las conclusiones y recomendaciones del Informe Tecnico se senalo, entre otros aspectos, lo siguiente: - "El refuerzo principal del estribo es insuficiente". - "Es necesario y urgente contratar a un especialista en mecanica de suelos, que pueda determinar la real capacidad portante del suelo para la profundidad y el ancho de la MORDAZA que tiene el estribo". - "De no poseer el suelo la capacidad portante necesaria habra que aliviar el peso transmitido al terreno, transformando el estribo actual en un estribo compensado." Como consecuencia de haberse determinado la necesidad de reforzar la estructura, surge el Presupuesto Adicional Nº 03, aprobado por la Municipalidad por

Resolucion de Alcaldia Nº 2084-96-MPCP, del 10.DIC.96, por un monto de S/. 52,807.92, para la ejecucion del aliviadero de cargas del estribo MORDAZA, el mismo que es ejecutado por la firma Contratista quedando pendiente la ejecucion del aliviadero de cargas del estribo derecho por decision de la Municipalidad, segun consta en el Acta de Compromiso de 8.MAY.97, en la que adicionalmente se da por concluida la obra, efectuandose la recepcion de la misma el 25.JUN.97. El 22.JUL.97, la Municipalidad por Resolucion de Alcaldia Nº 1365-97-MPCP, se aprueba el Expediente Tecnico para la conclusion del MORDAZA Abujao, denominado "Relleno de Acceso al MORDAZA Abujao", el mismo que es adjudicado a Constructora MORDAZA Contratistas Generales S.R.Ltda., por el monto de S/.118,348.83, incluido IGV, a precios de MORDAZA de 1997, que entre otros aspectos, no considera la construccion del aliviadero de carga del estribo derecho. Al respecto se observa que la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo dispuso la ejecucion de la obra "Construccion del MORDAZA Jr. Abujao" con un Proyecto elaborado sin contemplar los criterios de diseno y calculo estructural establecidos en la practica de ingenieria, conllevando a que la pantalla y la MORDAZA de los estribos no cuenten con las dimensiones y la cantidad de MORDAZA estructural necesario para soportar las cargas actuantes. Cabe indicar que posteriormente se ha pretendido subsanar el problema con la construccion de "aliviaderos de carga" en cada estribo, pero que se aplico solo para el estribo MORDAZA sin embargo, esta solucion tampoco esta justificada, toda vez que no sustenta en estudios de suelo ni en memoria de calculo, tal como lo recomienda el ingeniero MORDAZA MORDAZA Gomez. Posteriormente, a pesar de que los funcionarios suscribieron el Acta de Compromiso tuvieron conocimiento de la existencia de los problemas tecnicos que se pretendia superar con la construccion del aliviadero de carga derecho, cuando se decidio terminar la construccion del MORDAZA mediante la ejecucion de la obra "Relleno de Acceso a MORDAZA Abujao", tampoco se afronto la solucion del problema habiendose efectuado solo el relleno de los accesos. Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Estudios y Proyectos del PROMI en sus ACLARACIONES Y/O COMENTARIOS a los Hallazgos de Auditoria, por Carta Nº 015-99-EPS/IC, de 8.JUN.99, manifiesta que desconoce el Informe Tecnico Nº 011-96 del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA y que "no se encuentra archivos del file de Obras, por lo que no esta al alcance para el estudio en detalle respectivo....". Manifiesta que la Resolucion de Alcaldia Nº 168297-MPCP del 30.SET.97, "en ningun momento menciona como obra faltante al Aliviadero de cargas de la margen derecha del puente" y agrega que el MORDAZA "se puso al servicio de toda clase de vehiculos, tanto livianos como pesados, sin tener la preocupacion de fallas estructurales del referido puente...". Con relacion a lo indicado por el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la Resolucion de Alcaldia que senala, se expidio en fecha posterior a la conclusion de las obras, en cambio, el Acta de Compromiso se suscribio el 8.MAY.97, es decir MORDAZA de la aprobacion del Expediente Tecnico de la obra, mencionandose en dicha Acta que el aliviadero del estribo derecho se encontraba pendiente, por lo que se confirma que no se adoptaron las medidas correctivas, todo lo cual hace que sea riesgoso que el MORDAZA entre en operacion en vista de sus deficiencias estructurales. Con las deficiencias expuestas ha incumplido: Lo establecido en los incisos b) y c) del Articulo 33º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Programa Municipal de Inversiones, PROMI, creado por Edicto Nº 001-97-MPCP, de 12.FEB.97, que senala como sus funciones "formular expedientes tecnicos de los proyectos aprobados por el MORDAZA, Director y Comision Tecnica a nivel de invitacion, concurso o licitacion y presentar a la Direccion Ejecutiva para proceder a la convocatoria para el Alcalde".

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