Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2001 (30/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de marzo de 2001

MDSA, con el objeto de adquirir insumos para el Programa del Vaso de Leche de MORDAZA MORDAZA, la misma que ha sido declarado desierto el Item Nº 2 (Hojuelas de Quinua), de conformidad al Art. 32º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, optandose ante ello por convocar a un MORDAZA MORDAZA de seleccion; Que, mediante publicaciones en el Diario Oficial El Peruano y diario La Republica, con fecha 14 de marzo de 2001, se realizo la MORDAZA Convocatoria de la Licitacion Publica Nº 002-2001-CE/MDSA, para la adquisicion de 140.40 Toneladas Metricas de Hojuelas de Quinua, bajo el MORDAZA normativo de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, vigentes en ese entonces, considerando lo dispuesto en la Tercera Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que establece que los procesos de adquisicion o contratacion iniciados MORDAZA de la vigencia del Texto Unico Ordenado MORDAZA citado, se regiran por sus propias normas; Que, mediante Resolucion Nº 038-2001-CONSUCODE/PRE, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 16 de marzo de 2001, se aprueba la DIRECTIVA Nº 003-2001-CONSUCODE/PRE, la misma que en su Capitulo VI - Disposiciones Especificas, estipula que los procesos de seleccion convocados MORDAZA de la vigencia del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se adecuaran a las disposiciones de esta y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, bajo responsabilidad del Comite Especial u organo encargado, segun corresponda. En tal virtud, y considerando que recien se habia iniciado el citado MORDAZA de seleccion, con una sola base vendida, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 005362001-ALC/MDSA de fecha 16 de marzo de 2001, se cancelo el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 002-2001CE/MDSA - MORDAZA Convocatoria, autorizandose la convocatoria a un MORDAZA MORDAZA con el mismo objeto, encuadrado dentro de la nueva normatividad vigente. Que, en tanto se lleve a cabo el MORDAZA Licitario correspondiente, se hace necesario declarar en Situacion de Urgencia la adquisicion del mencionado recurso, por el tiempo que dure el MORDAZA en mencion, a fin de evitar que se produzca el desabastecimiento del suministro del producto alimenticio MORDAZA indicado que pongan en riesgo el normal funcionamiento del Programa del Vaso de Leche del distrito de MORDAZA Anita; Que, el inciso c) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, establece que estan exoneradas de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situacion de Urgencia, y el Art. 20º de la citada MORDAZA establece que las adquisiciones MORDAZA indicadas se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso c) del Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, la exoneracion de Licitacion o Concurso Publico debe ser aprobada por Acuerdo del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales, y puesta en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias calendario siguientes a su aprobacion; Con el MORDAZA aprobatorio del Concejo Municipal, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Declarese en Situacion de Urgencia la adquisicion de Hojuelas de Quinua para el Programa del Vaso de Leche del distrito de MORDAZA MORDAZA, por el lapso que dure el MORDAZA de Licitacion Publica a convocarse para tal fin. Articulo Segundo.- Autorizar al Comite Especial, para que proceda a la adquisicion de Hojuelas de Qui-

nua, mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, en tanto dure la Situacion de Urgencia declarada en el articulo anterior. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento la presente Resolucion, a la Contraloria General de la Republica. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion Municipal y Direccion de Administracion, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20956

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA PORTILLO
Inician procedimiento disciplinario a ex funcionarios de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 121-2001-MPCP Pucallpa, 21 de febrero de 2001 VISTO: el Informe Nº 119-99-CG/AA4, Recomendaciones, y sus Anexos en Tomo I y Tomo II, del Examen Especial, Periodo 1 de marzo de 1994 al 6 de enero de 1999, por la Contraloria General de la Republica. CONSIDERANDO: Que, los servidores publicos son responsables administrativamente por el cumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio publico, sin perjuicio de las sanciones de caracter disciplinario, por las faltas que cometan; de conformidad con lo dispuesto, por el Articulo 25º, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276; Que, se considera falta disciplinaria a toda accion u omision, voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demas normatividad especifica, sobre los deberes de servidores y funcionarios, establecidos en el Articulo 28º y otros de la Ley, que la comision de una falta da lugar a la aplicacion de la sancion correspondiente; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 150º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, Decreto Supremo Nº 005-90PCM; Que, los servidores publicos seran sancionados administrativamente por el incumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de las responsabilidades civil y/ o penal en que pudieran incurrir; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 153º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 074-2001-MPCP, de 12 de febrero del 2001, se constituye la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo; luego de conocer y analizar el Informe Nº 119-99-CG/AA4, Contraloria General de la Republica, establece dar cumplimiento a las Recomendaciones contenidas en el numeral 2 del citado Informe; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 166º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276;

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