Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2001 (30/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de marzo de 2001

Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-97EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- SANCIONAR a PETROLEOS DEL PERU S.A. con una multa de sesenta (60) UIT, vigente a la fecha de pago, por el derrame de diesel 2 ocurrido en el Tanque de Almacenamiento Nº 27 de la Planta de Ventas de la Refineria Conchan el 11 de MORDAZA de 1999 y por las razones y fundamentos legales citados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- DISPONER que el importe de las multas sea depositado en la cuenta corriente Nº 0713967417 del Banco Wiese Sudameris o en la cuenta corriente Nº 193-1071665-0-97 del Banco de Credito del Peru, dentro de un plazo MORDAZA de quince (15) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion y que en el mismo plazo se haga llegar a OSINERG el original de la boleta de pago de la multa correspondiente, haciendose pasible a las acciones legales pertinentes en caso de incumplimiento. MORDAZA SHINNO H. Gerente General 20985

CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACION REGIONAL
Autorizan adquisicion de combustible para las operaciones del CTAR Callao mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 087-2001-CTAR CALLAO-PRES Callao, 23 de marzo de 2001 VISTOS; El Informe Nº 005-2001-CTAR CALLAO/CE, de fecha 12 de marzo de 2001, emitido por el Comite Especial de la Licitacion Publica Nº 001-2001-CTAR CALLAO/ CE dirigido a la Secretaria Tecnica; el Informe Nº 0302001-CTAR CALLAO/GRA, de fecha 13 de marzo de 2001, emitido por el Gerente Regional de Administracion, dirigido al Secretario Tecnico; el Informe Nº 0512001-CTAR CALLAO/GRA-OL-JT, de fecha 13 de marzo de 2000, emitido por el Jefe de la Oficina de Transportes dirigido al Jefe de la Oficina de Logistica; el Informe Nº 007-2001-CTAR CALLAO-LGV, de fecha 19 de marzo de 2001, emitido por la Asesoria Legal de la Oficina de Logistica dirigido al Jefe de la Oficina de Logistica; el Informe Nº 117-2001-CTAR CALLAO/GRAOL, de fecha 22 de marzo del 2001, emitido por el Jefe de la Oficina de Logistica y dirigido al Gerente Regional de Administracion, el Informe Legal Nº 007-2001-CTAR CALLAO/GRAJ-ADV emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 005-2001-CTAR CALLAO/ CE, el Comite Especial informa que la Licitacion Publica Nº 001-2001-CTAR CALLAO/CE convocada para la

adquisicion del suministro de combustible ha sido declarada desierta; Que, mediante Informe Nº 005-2001-CTAR CALLAO/ CE, se da cuenta de la necesidad de una nueva convocatoria, de la reestructuracion y adecuacion de las bases, asi como de las especificaciones tecnicas con un MORDAZA valor referencial; Que, mediante el Informe Legal Nº 007-2001-CTAR CALLAO/GRAJ-ADV se indica que la ausencia de postores constituye un hecho extraordinario e imprevisible por cuanto el Comite Especial tomo todas las previsiones de publicidad y difusion con el fin que el contrato fuera adjudicado; Que, el Informe de la Asesoria Legal de la Oficina de Logistica expresa que una nueva convocatoria y la suscripcion del respectivo contrato con el postor que obtuviera la buena pro, implican un amplio periodo de tramite durante el cual se podria ocasionar la interrupcion abrupta del referido suministro; Que, el Informe Nº 117-2001-CTAR CALLAO/GRAOL expresa que la Oficina de Logistica solo podra abastecer de combustible a CTAR CALLAO por la presente semana y que por ello se ha configurado una situacion de urgencia, por lo que solicita se emita la Resolucion correspondiente para la adquisicion de combustible bajo el MORDAZA de menor cuantia por la cantidad de galones que se indican en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion; Con las visaciones de la Secretaria Tecnica, de la Gerencia Regional de Administracion, de la Gerencia Regional de Asesoria Juridica y de la Oficina de Logistica; De conformidad con lo dispuesto por los Articulos 19º, 20º y 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y con lo consignado en el Articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; En uso de las atribuciones dispuestas en los Articulos 14º y 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del CTAR CALLAO, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 226-2000-PRES; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia el suministro de combustible para las operaciones de CTAR CALLAO por la cantidad de galones que se senala en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Autorizar a la Oficina de Logistica para llevar a cabo el MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia que se senala en el Articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para la adquisicion del suministro de combustible por el tiempo y cantidad senalados en el Articulo primero de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Disponer que, dentro del plazo legal establecido en el Articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Secretario Tecnico remita MORDAZA autenticada de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PAVLICH MORDAZA Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administracion Regional del Callao CTAR - CALLAO ANEXO CANTIDAD DE COMBUSTIBLE NECESARIA PARA CTAR CALLAO COMBUSTIBLE Gasolina 97 Gasolina 95 Gasolina 90 Diesel 2 21032 Cantidad mensual (galones) 590 1360 580 890 Cantidad total para el periodo 1180 2720 1160 1780

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