TEXTO PAGINA: 34
Pág. 200684 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de marzo de 2001 9.1.1. Despacho por presencia de mayor demanda que la prevista. Se incrementará la generación del sistema, de pre- ferencia de acuerdo a la siguiente prioridad: aCentrales hidráulicas con capacidad de regula- ción. El valor límite de generación adicional estará dado por los máximos y mínimos niveles permisibles de los embalses, considerando las restricciones operativas de cada central o del sistema según sea el caso. bCon centrales térmicas: en función al menor costo operativo total para el Sistema. 9.1.2. Despacho por presencia de menor demanda a la prevista Se disminuirá la generación, de preferencia de acuer- do a la siguiente prioridad: aLas centrales térmicas: empezando por la de mayor costo operativo total, excepto las que es- tén programadas por necesidad de energía o por restricciones operativas (tensión, seguridad, ca- lidad, etc.) o por requerimiento propio de un generador con sus clientes. bLas centrales hidráulicas con capacidad de regu- lación: El valor límite de la menor generación estará dado por los niveles máximos y mínimos permisibles en los embalses, considerando las restricciones operativas de cada central o del sistema según sea el caso. cCentrales hidráulicas sin capacidad de regula- ción: La disminución de generación de las unida- des hidráulicas se efectuará en forma proporcio- nal a sus potencias efectivas, considerando sus restricciones operativas y del sistema. En caso de producirse la variación sostenida que afecte a las reservas asignadas del sistema, el Coordi- nador solicitará la reprogramación de la operación. 9.2. Despacho por indisponibilidad forzada de equi- pos y/o sus componentes principales 9.2.1. Indisponibilidad forzada de una unidad de generación Cuando se produce la repentina indisponibilidad de una unidad de generación, el Coordinador evaluará el déficit y dispondrá incrementar en esa magnitud, la generación de las unidades de reserva rotante de menor costo variable preferentemente o, en su defecto dispon- drá la operación de la unidad o unidades de emergencia con menor costo operativo total para el sistema. 9.2.2. Indisponibilidad de una línea de transmisión Cuando se indispone repentinamente una línea de transmisión que enlaza centros de generación, ocasio- nando un déficit o exceso de generación, las acciones correctivas serán: aDe producirse un déficit de generación: el Coor- dinador decidirá se incremente la oferta con unidades de la reserva rotante de menor costo variable o, en su defecto, dispondrá la operación de unidades de emergencia, siempre en función al menor costo operativo total para el sistema. bDe producirse un exceso de generación, el Coor- dinador decidirá se disminuya la oferta con uni- dades de mayor costo variable, quedando excep- tuadas las unidades térmicas que están operan- do por cuota de energía o, por restricciones ope- rativas de cada central o del sistema, según sea el caso, manteniendo como objetivo el menor costo total de operación del sistema. 9.2.3. Indisponibilidad de un generador y una línea simultáneamente De producirse la indisponibilidad de un generador y una línea simultáneamente, el miembro del COES cuyo equipo salga de operación, comunicará al Coordinador el tiempo previsto de la indisponibilidad, pudiendo presentarse uno de los siguientes casos: aSi la disponibilidad es inmediata, el Coordinador dispondrá la reconexión e informará a la DPP de las medidas adoptadas.bSi no lo es, el Coordinador tomará las medidas correctivas que el caso amerite, informando so- bre el hecho y las medidas adoptadas inmediata- mente a la DPP, quien evaluará el estado del sistema y, de ser necesario, realizará la repro- gramación. 9.2.4. Indisponibilidad de la línea de transmisión y sus componentes En caso necesario, deberá ser cubierta por el incre- mento de la generación de las centrales hidráulicas con regulación diaria y semanal, o con unidades de la reserva rotante de menor costo variable o, en su defecto, se dispondrá la operación de las unidades de emergen- cia. Si la indisponibilidad provocara variaciones de los parámetros de control del sistema en forma sostenida, el Coordinador solicitará a la DPP la Reprogramación de la Operación del SINAC. 9.3. Despacho por variación de los caudales natura- les 9.3.1. Incremento de caudales Se tomarán las siguientes acciones correctivas: aEn caso de centrales hidráulicas y térmicas: De producirse el incremento de los caudales naturales, el Coordinador decidirá incrementar la generación de las centrales hidráulicas de pasada, en cuyas cuencas se presentaron los incrementos de caudales naturales y, por otro lado la disminución y/o la salida de servicio de la generación térmica, empezando por la de mayor costo operativo total, manteniendo como objetivo el menor costo de operación del sistema. bSi sólo operan centrales hidráulicas: El Coordinador dispondrá incrementar la gene- ración de centrales de pasada y disminuir aque- llas con regulación diaria y semanal hasta que alcancen la condición de vertimiento. 9.3.2. En caso de sobre oferta hidráulica: aEn caso de sobreoferta hidráulica, el Coordina- dor disminuirá la generación de todas las unida- des hidráulicas en forma proporcional a sus po- tencias efectivas, considerando sus restricciones operativas. bEn lo posible minimizar el vertimiento de las centrales hidroeléctricas. 9.3.3. Disminución de caudales naturales: Se tomarán las siguientes acciones correctivas: aEvaluar si resulta óptimo para la operación eco- nómica del sistema, el incrementar la generación con centrales hidráulicas con regulación sema- nal y diaria. bDependiendo de la magnitud y la persistencia de la disminución de los caudales, se evaluará la RSF del SINAC, en caso llegará a los límites de regulación aprobados (RSF ± DRSF), el Coordi- nador solicitará a la DPP la Reprogramación de la Operación. 9.4. Despacho por variación de la tensión en barras del SINAC Tanto para la operación del sistema integrado como para la operación en sub sistemas: 9.4.1. Caída de Tensión aAcciones correctivas Se procederán inicialmente a monitorear los equi- pos de compensación reactiva, conexión de lí- neas, se despachará la reserva de energía reacti- va local de las unidades de generación, manio- bras sobre los equipos de compensación reactiva, y en casos extremos disponer la operación de unidades térmicas por tensión. De continuar las limitaciones de tensión en ba- rras del SINAC, se dispondrá la reprogramación de la operación de las unidades generadoras de