Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2001 (21/05/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, lunes 21 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 203117

Que, la MORDAZA citada dispone la procedencia de los medios impugnatorios contra las Resoluciones que se expidan por las Oficinas de Registro de Estado Civil y por ante la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil cuando la decision impugnada provenga de autoridad sin competencia nacional; Que, siendo el Acta cuya cancelacion se ha solicitado ante las dos instancias previas resultado de decision judicial que pone fin a un procedimiento tramitado ante el Organo Jurisdiccional, esta no puede ser dejada sin efecto por ninguna autoridad, conforme el numeral 2, del Articulo 139º de la Constitucion Politica del Estado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26497 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Confirmese lo resuelto por la Resolucion Gerencial Nº 060-2000-GRE X-LIMA-RENIEC, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, declarandose agotada la via administrativa conforme el Articulo 8º literal a) y el Articulo 100º, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 23713

Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil 23714

SBS
Autorizan inscripcion de empresas en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 362-2001 MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2001 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que se autorice la inscripcion de la empresa PRIMERA CORREDORES DE SEGUROS S.A. en el Registro del Sistema de Seguros Seccion B: Personas Juridicas del Libro II De los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 03-2001-DASIA celebrada el 3 de MORDAZA de 2001, en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolucion SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros Seccion B: Personas Juridicas del Libro II De los Corredores de Seguros a la empresa PRIMERA CORREDORES DE SEGUROS S.A. con matricula Nº J-630, cuya representacion sera ejercida por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Nº de Registro N-3488. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 23726 RESOLUCION SBS Nº 372-2001 MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2001

Autorizan a procurador interponer denuncia contra presunto responsable de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 070-2001-JEF/RENIEC MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2001 Visto el Informe Nº 022-2001-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 18 de enero de 2001. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del Visto se desprende que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el Articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA para que se autorice la inscripcion de la empresa DEL MORDAZA Y ASOCIADOS ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro del Sistema de Seguros Seccion B: Personas Juridicas del Libro II De los Corredores de Seguros; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.