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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2001 (24/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 62

Pág. 203280 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de mayo de 2001 en la administración de justicia en sus distintos niveles y áreas, tanto administrativas como jurisdiccionales; Que, la Oficina de Control de la Magistratura cuenta con dos órganos de línea, que son la Comisión Distrital de Control de la Magistratura, encargada del correcto des- empeño funcional de los magistrados y auxiliares juris- diccionales y el Equipo Especial de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, que se encarga de dar trámi- te a las quejas escritas; Que, según lo establecido en el Reglamento de Organi- zación y Funciones de la Oficina de Control de la Magis- tratura, el área de quejas verbales no es una oficina autónoma de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura, por el contrario es un área integrante de la misma; Que, estando a lo anteriormente expuesto, es perti- nente para esta Presidencia, aclarar el esquema organi- zativo de la Oficina Distrital de Control de la Magistra- tura, señalando que la misma cuenta con dos órganos de línea que son, la Comisión Distrital de Control de la Magistratura (CODICMA), y el Equipo Especial de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura; señalan- do de manera clara y específica que la CODICMA, ade- más de las funciones que tiene según el Reglamento de Organización de la vista, también se encargará de recep- cionar las quejas verbales contra Magistrados y Perso- nal de la Corte Superior de Justicia de Lima, con relación a las irregularidades durante el trámite de un proceso judicial; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACLARAR EL ESQUEMA OR- GANIZATIVO DE LA OFICINA DISTRITAL DE CON- TROL DE LA MAGISTRATURA, comprendiéndose como sus órganos de línea la Comisión Distrital de Control de la Magistratura y el Equipo Especial de la Oficina Dis- trital de Control de la Magistratura. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Fisca- lía de la Nación, de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura y del Equipo Especial de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 24012 Disponen la aclaración y corrección de resolución que designó a vocal provisional de sala penal corporati- va para procesos ordinarios con reos libres RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0163-2001-P-CSJLI/PJ Lima, 21 de mayo del 2001 VISTO y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 0148-2001-P- CSJLI/PJ, de fecha 4 de mayo último, se designó al doctor Raúl Sebastián Rosales Mora como Vocal Provi- sional Integrante de la Segunda Sala Penal Corporativa para Procesos Ordinarios con Reos Libres, del 4 al 30 de mayo del año en curso, en reemplazo del doctor Hipólito Mogrovejo Motta, quien se encuentra haciendo uso de su descanso vacacional; por Resolución Administrativa Nº 0157-2001-P-CSJLI/PJ, de fecha 16 de mayo del actual, se dispuso la permanencia en el cargo jurisdiccional deldoctor Rosales Mora como integrante de la indicada Sala Penal, asumiendo además a partir del 18 de mayo del año en curso, la carga procesal correspondiente al doctor Walter Julio Peña Bernahola; Que, a efectos de viabilizar un mejor trabajo de los colegiados formados al interior de la Segunda Sala Penal Corporativa para Procesos Ordinarios con Reos Libres, resulta necesario corregir y aclarar el Artículo Segundo de la Resolución Administrativa Nº 0157-2001-P-CSJLI, en el sentido que el Dr. Raúl Sebastián Rosales Mora, reemplazará del 4 al 30 de mayo al doctor Mogrovejo Motta, dejando sin efecto lo concerniente a la asignación de la carga procesal correspondiente al Dr. Peña Ber- nahola; disponiéndose la permanencia en el cargo de Vocal Provisional, a partir del 31 de mayo de los corrien- tes; política administrativa tomada a efectos de no inter- ferir con el trabajo de los subcolegiados internos, facul- tándose a partir de la fecha, al Presidente de la indicada Sala, para que diseñe los colegiados más adecuados, brindando de esta manera el mejor servicio de adminis- tración de Justicia en beneficio de los justiciables; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las faculta- des previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la aclaración y co- rrección del Artículo Segundo de la Resolución Admi- nistrativa Nº 0157-2001-P-CSJLI/PJ, bajo el siguiente sentido: "El doctor Raúl Sebastián Rosales Mora, reem- plazará del 4 al 30 de mayo al doctor Mogrovejo Motta, dejando sin efecto lo concerniente a la asignación de la carga procesal correspondiente al Dr. Peña Bernahola; disponiéndose la permanencia del Dr. Rosales Mora en el cargo de Vocal Provisional de la Segunda Sala Penal Corporativa de Procesos Ordinarios con Reos Libres, a partir del 31 de mayo de los corrientes; estando a lo expuesto en el considerando segundo. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Presiden- te de la Segunda Sala Penal Corporativa de Procesos Ordinarios con Reos Libres, para que a partir de la fecha, diseñe los subcolegiados más adecuados a efectos de viabilizar un mejor trabajo al interior de la citada Sala Superior Penal; estando a lo expuesto en el considerando segundo. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervi- sión de Personal, de la Fiscalía de la Nación y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 24011 Establecen y precisan disposiciones referidas a juzgados competentes para la tramitación de Procesos de Ejecu- ción de Actas de Conciliación RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 164-2001-P-CSJL/PJ Lima, veintidós de mayo del 2001 VISTOS: La Ley Nº 26872, Ley Nº 27398 y el Oficio Nº 0331-2001/ADM.CDG de fecha 2 de mayo del presente año conteniendo la Consulta Nº 002-2001/ADM.CDG; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27398 publicada el 13 de enero del presente año, se dispuso la obligatoriedad de la Conciliación a que se refiere el Artículo Sexto de la Ley