Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2001 (31/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 31 de MORDAZA de 2001

Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 170-2000-COPEPROAD-PNP de 12.DIC.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la EC AA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Destitucion con fecha 17.DIC.93, en via de regularizacion; por falta disciplinaria. Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion a la interesada, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese.

Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la EC AA PNP MORDAZA MORDAZA VISAGEL MORDAZA, con Destitucion con fecha 15.SET.94, en via de regularizacion; por falta disciplinaria. Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion a la interesada, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KETIN MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 23967

MORDAZA KETIN MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 23966 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0511-2001-IN/PNP MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2001 Visto, el Acta Nº 170-2000-COPEPROAD-PNP de 12.DIC.2000, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en relacion a la conclusion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado a la EC AA PNP MORDAZA MORDAZA VISAGEL MORDAZA, entre otros. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 8290-DIPER-PNP de 14.NOV.2000, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la citada servidora, por la presunta comision de abandono de cargo desde el 15.SET.94, sin haberse reincorporado hasta la fecha; Que, la citada servidora ingreso a la Sanidad PNP como Empleada Civil, siendo posteriormente variado su status asimilandosele como Especialista de Servicios, y encontrandose en dicha situacion incurrio en la falta disciplinaria mencionada, que motivo su pase de la Situacion de Actividad a la de Disponibilidad por Medida Disciplinaria mediante RR. Nº 010-IV-RPNP/UP-AMDI de 7.FEB.95, encontrandose en la actualidad en situacion laboral irregular, la cual debe regularizarse de conformidad a la Ley Nº 26960 que establece normas de regularizacion de la situacion del personal de la Sanidad PNP; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, observando las garantias y procedimientos establecidos, habiendose determinado que la accion realizada constituye falta grave, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. d) y 28º Inc. k) del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a los Arts. 155º Inc. d) y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 170-2000-COPEPROAD-PNP de 12.DIC.2000; RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0512-2001-IN/PNP MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2001 Visto, el Acta Nº 170-2000-COPEPROAD-PNP de 12.DIC.2000, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en relacion a la conclusion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado a la EC AA PNP MORDAZA Zarela MORDAZA MORDAZA, entre otros. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 8290-DIPER-PNP de 14.NOV.2000, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la citada servidora, por la presunta comision de abandono de cargo, al inasistir a sus labores injustificadamente desde el 14.MAY. hasta el 4.JUN.91; Que, la citada servidora ingreso a la Sanidad PNP como Empleada Civil, siendo posteriormente variado su status asimilandosele como Especialista de Servicios, y encontrandose en dicha situacion incurrio en la falta disciplinaria mencionada, que motivo su pase de la Situacion de Actividad a la de Disponibilidad por Medida Disciplinaria mediante R.D. Nº 0379-92-IN-SPNP/ DIRPER de 26.MAR.92, encontrandose en la actualidad en situacion laboral irregular, la cual debe regularizarse de conformidad a la Ley Nº 26960 que establece normas de regularizacion de la situacion del personal de la Sanidad PNP; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, observando las garantias y procedimientos establecidos, habiendose determinado que la accion realizada constituye falta grave, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. d) y 28º Inc. k) del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a los Arts. 155º Inc. d) y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 170-2000-COPEPROAD-PNP de 12.DIC.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y,

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