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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2001 (31/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 203612 NORMAS LEGALES Lima, jueves 31 de mayo de 2001 Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al proceso seguido contra la referi-da servidora, observando las garantías y procedimien- tos establecidos, habiéndose determinado que la acción realizada constituye falta grave, acordando por unanimi-dad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sanción de Destitución; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. d) y 28º Inc. k) del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Públi- co, y a los Arts. 155º Inc. d) y 159º de su Reglamento,aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servi-dores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 170-2000-COPE- PROAD-PNP de 12.DIC.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC AA PNP Olga Margarita BARBIERI MEYZEN, con Destitución con fecha 27.AGO.91, en vía de regularización; por faltadisciplinaria. Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolución a la interesada, a partir del día siguiente desu publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presen- te Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros,para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTONIO KETIN VIDAL HERRERA Ministro del Interior 23958 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0503-2001-IN/PNP Lima, 18 de mayo del 2001 Visto, el Acta Nº 170-2000-COPEPROAD-PNP de 12.DIC.2000, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Ci-viles de la Policía Nacional del Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo disciplinario ins- taurado a la EC AA PNP Nancy Ruth ARTEAGA CELISentre otros. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 8290-DI- PER-PNP de 14.NOV.2000, se instauró procesoadministrativo disciplinario a la citada servidora, por la presunta comisión de abandono de cargo, al ser reinci- dente en inasistir injustificadamente a sus labores; Que, la citada servidora ingresó a la Sanidad PNP como Empleada Civil, siendo posteriormente variado su status asimilándosele como Especialista de Servi-cios, y encontrándose en dicha situación incurrió en la falta disciplinaria mencionada, que motivó su pase de la Situación de Actividad a la de Disponibilidad por Medi-da Disciplinaria mediante R.D. Nº 1929-91-IN-SA/ DIPER de 1.OCT.91, encontrándose en la actualidad en situación laboral irregular, la cual debe regularizarsede conformidad a la Ley Nº 26960 que establece normas de regularización de la situación del personal de la Sanidad PNP; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolu- ción Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada ha presentado su descargo ante la ComisiónPermanente de Procesos Administrativos Disciplina- rios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, sin desvirtuar el cargo imputado; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado losactuados inherentes al proceso seguido contra la referi- da servidora, observando las garantías y procedimien- tos establecidos, habiéndose determinado que la acción realizada constituye falta grave, acordando por unanimi-dad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sanción de Destitución; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. d) y 28º Inc. k) del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Públi- co, y a los Arts. 155º Inc. d) y 159º de su Reglamento,aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servi-dores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 170-2000-COPE- PROAD-PNP de 12.DIC.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC AA PNP Nancy Ruth ARTEAGA CELIS, con Destitución con fecha 1.OCT.91, en vía de regularización; por falta disciplina-ria. Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolución a la interesada, a partir del día siguiente desu publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presen- te Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros,para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTONIO KETIN VIDAL HERRERA Ministro del Interior 23959 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0504-2001-IN/PNP Lima, 18 de mayo del 2001 Visto, el Acta Nº 170-2000-COPEPROAD-PNP de 12.DIC.2000, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Ci-viles de la Policía Nacional del Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo disciplinario ins- taurado a la EC TF PNP Yolanda Irene FLORESRAMIREZ, entre otros. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 8290-DI- PER-PNP de 14.NOV.2000, se instauró procesoadministrativo disciplinario a la citada servidora, por la presunta comisión de incumplimiento de normas y actos de inmoralidad, al ser reincidente en incumplircompromisos económicos, dando lugar a ser quejada ante la Superioridad; Que, la citada servidora ingresó a la Sanidad PNP como Empleada Civil, siendo posteriormente variado su status asimilándosele como Especialista de Servi- cios, y encontrándose en dicha situación incurrió en lafalta disciplinaria mencionada, que motivó su pase de la Situación de Actividad a la de Disponibilidad por Medi- da Disciplinaria mediante RR. Nº 035-96-IX-RPNP-EM-U1 de 7.AGO.96, encontrándose en la actualidad en situación laboral irregular, la cual debe regularizar- se de conformidad a la Ley Nº 26960 que establecenormas de regularización de la situación del personal de la Sanidad PNP; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolu- ción Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada ha presentado su descargo ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplina-rios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, sin desvirtuar el cargo imputado; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al proceso seguido contra la referi-