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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (09/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

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Pág. 212421 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de noviembre de 2001 Designan miembros del Directorio de la Empresa Electro Sur Este S.A.A. ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 014-2001/018-FONAFE Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y nor- mas modificatorias, la designación de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE realizada por el Directorio de dicha Empresa, deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e instrumentada en Junta General de Accionistas. Que, habiéndose aceptado la renuncia presentada por los señores Gustavo Alfredo Manrique Villalobos, Fedor Rubatto Salazar, Virgilo Francisco Luna Mostajo y Héctor Rodríguez Piazze al cargo de miembros del Directorio de la Empresa Electro Sur Este S.A.A., y agradecidos los servicios prestados a dicha Empresa, se comunica que, por Acuerdo de Directorio del FONAFE Nº 014-2001/018-FONAFE, de fecha 7 de noviembre de 2001, se designó a las siguientes personas como miem- bros del Directorio de la referida Empresa: - Javier Sota Nadal, Presidente del Directorio. - Oscar Cajahuaringa Isidro. - Efraín Gonzales de Olarte. - José Wilber Tapia Chávez. Que, por el acuerdo de directorio antes indicado se ratificó la designación del señor Armando Gallegos Gue- vara como miembro del Directorio de la referida empre- sa. 34152INACC Relación de concesiones mineras cu- yos títulos fueron aprobados en el mes de octubre de 2001 INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 01297-2001-INACC/J Lima, 6 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 015-2001-EM, publica- do en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29 de marzo de 2001, se denomina a partir de la fecha como Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, al Organismo Público Descentralizado del Sector Energía y Minas encargado de las funciones de tramitar las solicitudes y otorgar las concesiones mineras, adminis- tración del Derecho de Vigencia y Catastro Minero; Que, el Artículo 5º de la norma legal antes citada, dispone que a partir de su vigencia, las menciones al Registro Público de Minería existentes en el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería vigente, aproba- do por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y demás normas legales y reglamentarias relacionadas, se entenderán como referidas al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, publicará mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior;Con la visación del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el Artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Ofi- cial El Peruano, la relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de octubre de 2001, de acuerdo a la relación adjunta que forma parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los Artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS BARCELLOS M. Jefe Institucional 34038INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Aprueban remensura de plano y sustituyen denominación de zona ar- queológica por la de "Zona Arqueo- lógica e Histórica Armatambo - Mo- rro Solar" RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 009/INC Lima, 8 de enero de 2001 Visto, el Oficio Nº 124-2000-CCZAOAAHH del 10 de noviembre del 2000, presentado por la Comisión Califi- cadora de Zonas Arqueológicas Ocupadas por Asenta- mientos Humanos, mediante el cual remite el Informe Técnico Final de la Zona Arqueológica Armatambo, ubi- cado en el distrito de Chorrillos, provincia y departa- mento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-98-PCM se crea y aprueba la Comisión y el Reglamento, respectiva- mente, de Calificación de Zonas Arqueológicas Ocupa- das por Asentamientos Humanos, otorgándole compe- tencia para aprobar los estudios de Evaluación Arqueo- lógica, así como la categorización y la delimitación de las zonas arqueológicas ocupadas por asentamientos huma- nos, definidas en dichos estudios conforme a lo dispuesto en el precitado referido, competencia que fue precisada mediante Decreto Supremo Nº 025-99-MTC, el mismo que en su Artículo 2º prescribe que son competencias de la precitada Comisión autorizar y supervisar todo per- miso de investigaciones y excavaciones de interés ar- queológico o histórico en terrenos públicos o privados ocupados por toda clase de posesión informal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-98-PCM se modifica el Reglamento de Calificación de Zonas Arqueo- lógicas Ocupadas por Asentamientos Humanos y se agrega el Artículo 17º, el cual prescribe que los Estudios de Evaluación Arqueológica u otros tipos de documen- tos, mediante los cuales el Instituto Nacional de Cultura haya asumido el compromiso de trabajo conjunto para la implementación de servicios de infraestructura, quedan automáticamente calificados como Zona Arqueológica en Emergencia;