Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2001 (09/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de noviembre de 2001

Que, mediante Resolucion Suprema Nº 219-77/VC1100, de fecha 19 de setiembre de 1977, se resolvio declarar intangible los terrenos del Morro Solar de Chorrillos por el Centenario de la Batalla de Chorrillos; Que, mediante Acuerdo Nº 075, de fecha 19 de noviembre de 1993, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Investigacion y Conservacion de Monumentos Arqueologicos, declaro como MORDAZA Arqueologica a "Armatambo", ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA, declarando intangibles cuatro areas ubicadas dentro de la MORDAZA Arqueologica "Armatambo"; denominadas: Area Arqueologica 1, situada en el AA.HH. Virgen del Morro; Area Arqueologica 2, situada entre los AA.HH. San MORDAZA y Virgen del Morro; Area Arqueologica 3, situada en el AA.HH. MORDAZA MORDAZA 2º Etapa y Area Arqueologica 4, situada en los terrenos del Instituto Nacional de Salud; Que, en base al citado Acuerdo Nº 075, el Proyecto de Registro y Delimitacion de Sitios y Monumentos Arqueologicos del INC, elabora el Plano Nº 95-1222, el cual senala los limites de la MORDAZA Arqueologica Armatambo, asi como el de las cuatro areas intangibles indicadas en el acuerdo; plano el que se ha venido utilizando en la documentacion oficial; Que, mediante Acuerdo Nº 10 del 25 de enero de 1995, el Consejo Nacional de Arqueologia ratifica el caracter arqueologico e intangible del Complejo Arqueologico de Armatambo; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 4641-62ED, del 10 de marzo de 1962 se declaro libre de la MORDAZA arqueologica de Armatambo la seccion de 148,401 m2, refiriendose al area ocupada por el AA.HH. Gran MORDAZA de Marcavilca. Que, la Direccion General de Patrimonio Arqueologico emitio los siguientes Certificados de Inexistencia de Restos Arqueologicos: Nº 97-0054, de fecha 15 de setiembre de 1997, otorgado al AA.HH. Primero de MORDAZA, Nº 970075, de fecha 5 de diciembre de 1997, otorgado al AA.HH. Ilustre Maestro MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Torre; Nº 97-0085, de fecha 18 de diciembre de 1997, otorgado al AA.HH. Las Colinas de Villa; Nº 98-0001 de fecha 9 de enero de 1998, otorgado al AA.HH. Nueva Caledonia; Nº 98-0021 de fecha 24 de febrero de 1998, otorgado al AA.HH. Integracion; Nº 98-0026, de fecha 24 de marzo de 1998, otorgado al AA.HH. 2 de MORDAZA, todos otorgados para las areas del tendido de redes de agua y desague, respectivamente; Que, mediante Acuerdo Nº 227, del 4 de agosto de 1997, la Comision Tecnica de Arqueologia, acordo dar por recibido el Informe Final del "Proyecto de Prospeccion, Evaluacion Arqueologica y Delimitacion del Sitio Arqueologico de Chira Villa" desarrollado en el MORDAZA del Proyecto de Construccion de la planta de tratamiento de Aguas Servidas en Punta La Chira, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; recomendando la MORDAZA del proyecto de rescate arqueologico para el sector de las chacras y acoger la recomendacion del proyecto para la construccion de la planta de tratamiento de aguas servidas en Punta La Chira con las restricciones inherentes al sitio arqueologico de Chira MORDAZA y su entorno; Que, mediante Acuerdo Nº 212, de fecha 12 de octubre de 1998, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia; en respuesta a la solicitud de SEDAPAL para obtener el MORDAZA para la ejecucion del Proyecto de "Mejoramiento de los servicios de agua potable de los AA.HH. Armatambo, Marcavilca, MORDAZA MORDAZA, Intillacta, y Alto Peru"; aprobo la evaluacion arqueologica a lo largo de toda la ruta que cubrira la red de agua y alcantarillado, tanto para las zonas donde se plantean mejoras a la infraestructura existente como para las que se hallan actualmente sin intervencion alguna, indicando que no se autorizaba la liberacion o rescate de las evidencias arqueologicas que se identifiquen; Que, mediante Acuerdo Nº 001, del 12 de agosto de 1998, la Comision Calificadora de Zonas Arqueologicas Ocupadas por Asentamientos Humanos, categorizo como MORDAZA Arqueologica en Emergencia a los sectores del area arqueologica ocupada por los Asentamientos Humanos

MORDAZA MORDAZA de las MORDAZA, San MORDAZA, Primero de MORDAZA, Nueva Granada, Heroes del MORDAZA de MORDAZA, Senor de los MORDAZA, Virgen del Morro Solar, 22 de Octubre, Integracion, MORDAZA MORDAZA 1a. Etapa, MORDAZA MORDAZA 2a. Etapa, Cerro MORDAZA de Armatambo, 2 de MORDAZA, MORDAZA Alta, MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA II y Nueva Caledonia; Que, mediante Dictamen Nº 04-98-CCZAOAAHH del 3 de diciembre de 1998, la Comision Calificadora de Zonas Arqueologicas Ocupadas por Asentamientos Humanos, categorizo como MORDAZA Arqueologica en Emergencia al sector de la MORDAZA Arqueologica Armatambo ocupada por los AA.HH. Ilustre Maestro MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA y Colinas de Villa; Que, mediante Dictamen Nº 08-99-CCZAOAAHH del 17 de MORDAZA de 1999, la Comision Calificadora de Zonas Arqueologicas Ocupadas por Asentamientos Humanos, categorizo como MORDAZA Arqueologica en Emergencia al sector de la MORDAZA Arqueologica Armatambo ocupada por el AA.HH. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, pues su ubicacion entre los asentamientos 1º de MORDAZA e Integracion, categorizados como MORDAZA Arqueologica en Emergencia, hacian que por extension le corresponda la misma categoria; Que, mediante Acuerdo Nº 1 del 30 de MORDAZA de 1999, la Comision Calificadora de Zonas Arqueologicas Ocupadas por Asentamientos Humanos, descarto la superposicion del area que ocupan los asentamientos humanos MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de Chorrillos y MORDAZA MORDAZA de Chorrillos con el area intangible de la MORDAZA arqueologica de Armatambo, habiendose realizado la inspeccion ocular en los asentamientos humanos el dia 27 de MORDAZA, constatandose que no existen vestigios arqueologicos en concordancia con el Oficio Nº 149-98-INC/ DGPA-D del 10 de marzo de 1998 y el Informe Nº 145-98INC/DGPA-DC del 9 de marzo de 1998 de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico del INC; Que, mediante Resolucion Nº 02-CCZAOAAHH del 29 de MORDAZA de 1999, la Comision Calificadora de Zonas Arqueologicas Ocupadas por Asentamientos Humanos, autorizo al Licenciado en Arqueologia MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con R.N.A Nº BC-9818, a realizar el Estudio de Evaluacion Arqueologica en la modalidad de Evaluacion, Prospeccion y Reconocimiento Sistematico con Excavaciones en los Asentamientos Humanos Intillacta, MORDAZA MORDAZA, Alto Peru, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Vallejo; Que, mediante Resolucion Nº 07-CCZAOAAHH del 10 de agosto de 1999, la Comision Calificadora de Zonas Arqueologicas Ocupadas por Asentamientos Humanos, autorizo a la Licenciada en Arqueologia, MORDAZA MORDAZA MORDAZA con RNA Nº AD-9706, a realizar el Estudio de Evaluacion Arqueologica en la modalidad de Evaluacion, Prospeccion y Reconocimiento Sistematico con Excavaciones en los Asentamientos Humanos MORDAZA Venturo, San MORDAZA, Nueva MORDAZA II y 26 de Setiembre; Que, mediante la Resolucion Nº 012-CCZAOAAHH del 25 de octubre de 1999, la Comision Calificadora de Zonas Arqueologicas Ocupadas por Asentamientos Humanos, autorizo a la Licenciada en Arqueologia, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con RNA Nº DM-9625, a realizar el Estudio de Evaluacion Arqueologica en la modalidad de Evaluacion, Prospeccion y Reconocimiento Sistematico con Excavaciones en los Asentamientos Humanos MORDAZA Venturo, San MORDAZA, Nueva MORDAZA II y 26 de Setiembre; Que, mediante Dictamen Nº 02-99-CTA-CCZAOAAHH de fecha 17 de setiembre de 1999, se declaro como MORDAZA Arqueologica en Emergencia al area que ocupa el Asentamiento Humano Alto Peru asi como parte del area ocupada por los AA.HH. Intillacta y General MORDAZA MORDAZA, ademas se declaro como MORDAZA Desafectable al area ocupada por los AA.HH. MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, ademas del remanente de los AA.HH. Intillacta y General MORDAZA Iglesias; Que, mediante Dictamen Nº 12-99-CTA-CCZAOAAHH del 1 de octubre de 1999, la Comision Calificadora de Zonas Arqueologicas Ocupadas por Asentamientos Humanos rectifico las areas senaladas en el Dictamen Nº 02-99-CTA-CCZAOAAHH, precisando lo siguiente: categorizar como MORDAZA Arqueologica en Emer-

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