Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2001 (16/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 16 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

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distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la MORDAZA de Chiclayo, documento que prueba el traslado de la residencia habitual a otro lugar, conforme lo dispone el Articulo 39º del Codigo Civil; Que a fojas 6, obra la certificacion del Juez de Paz de La MORDAZA, de haber notificado el acuerdo declaratorio de vacancia del cargo de Regidora a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, y con la carta que obra a fojas 23, dicha ciudadana demuestra su conformidad con dicho acuerdo; Que en autos se ha acreditado que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA ha incurrido en la causal de vacancia prevista en el numeral 4) del Articulo 26º de la Ley Nº 23853; Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en concordancia con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, para cubrir las vacantes que se produzca en los Concejos Municipales se incorpora al candidato suplente de la misma lista, correspondiendole asumir el cargo a un candidato no proclamado del Movimiento Independiente Somos Peru; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del Movimiento Independiente Somos Peru, para que asuma el cargo de Regidor en el Concejo Distrital de La MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, para completar el periodo municipal 1999-2002; debiendo otorgarsele la respectiva credencial. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 34540 RESOLUCION Nº 779-2001-JNE MORDAZA, 13 de noviembre de 2001 Visto, el expediente Nº 1157-2001, iniciado por el Oficio Nº 050-2001-A-MDSC, recibido el 15 de octubre de 2001, remitido por MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de MORDAZA, Alcaldesa provisional del Concejo Distrital de MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, comunicando la vacancia del MORDAZA suspendido MORDAZA MORDAZA de Saga Pinchi; CONSIDERANDO: 1º. Por Resolucion Nº 871-2000-JNE del 8 de junio del 2000, este supremo organo electoral declaro que MORDAZA MORDAZA de Saga MORDAZA se encuentra suspendido en el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Soplin; y, encargo la Alcaldia del citado Concejo a MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de Gordon; ademas designo a MORDAZA Mayanchi MORDAZA para que asuma provisionalmente el cargo de Regidor en dicho Municipio. 2º. Que el Concejo Distrital de MORDAZA en sesion extraordinaria del 30 de MORDAZA de 2001, con el MORDAZA unanime de sus seis integrantes, declaro la vacancia del MORDAZA suspendido MORDAZA MORDAZA de Saga MORDAZA, en razon que la Municipalidad adquirio productos de la MORDAZA comercial "Tesalia" de propiedad MORDAZA Luz Napuche del MORDAZA, esposa del MORDAZA vacado, causal prevista en los Articulos 23º, 26º y 88 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; conforme obra a fojas 10; y, por Resolucion de Alcaldia Nº 39-A.MDSC.2001 se ratifico dicha declaracion de vacancia, tal como aparece a fojas 34; 3º. Que del analisis de autos se establece que, MORDAZA MORDAZA de Saga MORDAZA, cuando desempenaba el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA, por memorando s/ n MDSC.1999 del 20 de diciembre de 1999 dirigido al administrador y tesorero del citado Municipio, dispuso el descuento en la planilla de los trabajadores que tenian deudas con la MORDAZA comercial "Tesalia" y reconocio que esta MORDAZA es proveedora de dicho Municipio e indico que se le comunique en caso que algun trabajador se oponga al pago de la deuda contraida con la referida proveedora para amonestarle o sancionarle con despido por su falta de responsabilidad, conforme se aprecia a fojas 17; posteriormente, dicho Concejo por comprobante de pago en efectivo Nº 000320 del 23 de diciembre de 1999, documento que obra a fojas 11, pago la cantidad de cuatrocientos cuarenta y ocho y 50/100 nuevos soles (S/. 448.50), por concepto de descuentos al personal que adeudaba a la MORDAZA comercial "Tesalia" de propiedad de MORDAZA Luz Napuche

del MORDAZA, esposa del MORDAZA suspendido MORDAZA MORDAZA de Saga MORDAZA, conforme consta de la partida de matrimonio que obra a fojas 16. Por tanto, se ha acreditado que MORDAZA MORDAZA de Saga MORDAZA aprovechando el cargo de MORDAZA mostro interes para favorecer a su esposa y ejercer influencia para que los trabajadores de la municipalidad paguen deudas a favor de la misma; ademas de reconocer que es proveedora de dicho Municipio, habiendo incurrido en la causal de vacancia prevista en el numeral 7) del Articulo 23º concordante con el numeral 3) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; 4º. Que MORDAZA de Saga MORDAZA fue notificado por notario publico en 3 oportunidades con el acuerdo que declara la vacancia de su cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA, obra de fojas 36 a 38; y, el 7 de agosto de 2001 se publico en el diario "El Oriente" la Resolucion de Alcaldia Nº 39-A.MDSG.2001 que confirma la declaratoria de vacancia, obra a fojas 35; siendo que a la fecha, dicho MORDAZA suspendido no ha interpuesto recurso impugnatorio alguno contra el acuerdo que declara su vacancia; 5º. Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 1) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia del MORDAZA es reemplazado por el MORDAZA MORDAZA, que es el primer Regidor habil que le sigue en su propia lista; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, corresponde asumir el cargo de Alcaldesa a MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de MORDAZA, candidata proclamada Regidora de la lista del Partido Aprista Peruano, quien a la fecha se encuentra encargada de la Alcaldia del Municipio de Soplin; y, para completar el numero legal de miembros del citado concejo corresponde asumir el cargo de Regidor a MORDAZA Mayanchi MORDAZA, candidato quien a la fecha se encuentra desempenando provisionalmente el cargo de Regidor del citado Concejo; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de MORDAZA, para que de manera definitiva ejerza el cargo de Alcaldesa del Concejo Distrital de MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002, a quien se le otorgara la correspondiente credencial, por vacancia de MORDAZA MORDAZA de Saga Pinchi. Articulo Segundo.- Convocar a MORDAZA Mayanchi MORDAZA, para que ejerza de manera definitiva el cargo de Regidor del Concejo Distrital de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002, a quien se le otorgara la correspondiente credencial. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA - MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 34541

Declaran improcedentes nulidades interpuestas contra resoluciones que convocaron a ciudadanos a asumir los cargos de MORDAZA de los Concejos Distritales de Acoria y Quiquicajana y Provincial de MORDAZA
RESOLUCION Nº 770-2001-JNE MORDAZA, 13 de noviembre de 2001 EXP. Nº 1043-2001 V Acoria VISTOS: Los escritos presentados con fechas 6 y 12 de noviembre del 2001, por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex MORDAZA del Concejo Distrital de Acoria, provincia y departamento de Huancavelica, solicitando la nulidad de la Resolucion Nº 748-2001-JNE; y se le conceda informe oral; El escrito presentado con fecha 12 de noviembre del 2001, por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Gobernador de la Comunidad Campesina

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