Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2001 (24/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, sabado 24 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

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EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA VISTO, en su XIX-2001 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 9 de octubre del 2001, el Dictamen Nº 033-2001CDSB-SR-CAE de la Comision de Economia y Rentas sobre la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA por incremento de costos en la Cuna Municipal "Soldaditos"; CONSIDERANDO: Que, con fecha 4 de octubre del ano en curso, se remite a la Gerencia General, el Informe - Nota Interna Nº 198 - 01, de la Cuna Municipal, mediante el cual se informa de la necesidad de efectuar un incremento de precios en los montos de Matricula para el ano 2002 y del Servicio Mensual de Dia Completo, en la Cuna Municipal "Soldaditos". El aumento propuesto obedece al incremento del costo en la preparacion de los alimentos y servicios; Que, asimismo se informa que, el MORDAZA de matricula para el proximo ano, se realizara durante los meses de octubre y noviembre del presente ano; por lo que, se necesita se autorice e incorpore en el Cuadro de Precios del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de San Borja; Que, el incremento de los montos de matricula y servicio mensual de dia completo se encuentran debidamente sustentados por un normal incremento en el costo de los servicios y viveres en la preparacion de los alimentos para los ninos de la Cuna Municipal "Soldaditos"; Estando a lo expuesto, contando con el visto MORDAZA de la Comision de Economia y Rentas y, a lo dispuesto por el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APROBAR el incremento del monto de Matricula a S/.150.00 (CIENTO CINCUENTA NUEVOS SOLES) y Servicio Mensual de Dia Completo a S/.250.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA NUEVOS SOLES) en la Cuna Municipal "Soldaditos". Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia General. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 35004

"Articulo 22º.- Tasacion de los Bienes y Bases Administrativas. Una vez expedida la Resolucion de Concejo que aprueba la baja y venta de los bienes patrimoniales, se procedera a la tasacion de los bienes, la que estara a cargo de un perito que el Comite designe, debiendo este elevarle su Informe en el plazo que el Comite le senale. Aprobada la tasacion por el Comite, el Comite de Baja y Venta de Bienes procedera a elaborar las Bases de la Subasta Publica, la que sera remitida al Despacho de Alcaldia para su aprobacion mediante Resolucion. En las Bases Administrativas se determinaran, como minimo, los siguientes aspectos : a) Modalidad de la venta por subasta publica. b) Relacion de los bienes a subastarse. c) Caracteristicas de los bienes. d) Precio base para las ofertas." "Articulo 23º.- Resolucion para la venta por subasta publica. Mediante Resolucion de Alcaldia se: a) Aprobara las bases administrativas para la realizacion de la venta por publica subasta, en las que se consignara el monto que los postores deberan depositar a favor de la Municipalidad en calidad de garantia. b) Designara al Martillero Publico ante el cual se llevara a cabo la Subasta Publica. c) Senalara la fecha, hora y lugar de realizacion de la venta por Subasta Publica." "Articulo 24º.- Convocatoria. Una vez aprobadas las Bases, el Presidente convocara a Subasta Publica. La primera convocatoria se anunciara por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circulacion local. El mismo procedimiento se utilizara para la MORDAZA convocatoria." "Articulo 29º.- Acta de la Subasta Publica. Terminado el acto de la Subasta el Martillero extendera Acta de la misma, la que contendra: 1. Lugar, fecha y hora del acto. 2. Caracteristicas de los bienes a subastarse. 3. Nombres de los adjudicatarios. 4. Precio por el que fueron adjudicados los bienes. 5. Firmas de los intervinientes. El acta debera ser firmada por el Martillero y el adjudicatario." "Articulo 30º.- Entrega de Bienes Adjudicados. Los bienes adjudicados y pagados seran entregados a los postores favorecidos, una vez que estos hayan sido cancelados y suscriban los respectivos comprobantes de salida." "Articulo 31º.- MORDAZA Convocatoria. Para la realizacion de la MORDAZA venta por subasta publica, los bienes cuya adjudicacion fue declarada desierta por falta de postores y los bienes abandonados, seran castigados en un 20% respecto del precio base de la primera convocatoria." Articulo Segundo.- Adicionese los Articulos 32º y 33º a la Ordenanza Nº 211-2001-CDSB-C, con el texto siguiente: "Articulo 32º.- Designacion del Martillero Publico. El Martillero Publico sera designado por el Comite de Baja y Venta de Bienes, teniendo en cuenta los siguientes requisitos: a) Debera estar inscrito y habilitado en el Registro de Martilleros Publicos de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos. b) No debe haber dirigido mas de dos ventas por subasta publica consecutivas para la Municipalidad durante un mismo ano." "Articulo 33º.- Contrato de Prestacion de Servicios. La Municipalidad debera celebrar un contrato de prestacion de servicios con el Martillero Publico, en el

Modifican el Reglamento de Bajas y Ventas de Bienes Patrimoniales
ORDENANZA Nº 243 San MORDAZA, 5 de noviembre de 2001 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA VISTO, en su XX-2001 Sesion Ordinaria de fecha 31.10.2001, el Informe Nº 002-2001-CDSB-CBV del Comite de Baja y Venta de Bienes Patrimoniales, referente al Proyecto de Modificacion del Reglamento de Bajas y Ventas de Bienes Patrimoniales; Estando a lo dispuesto en el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, se aprobo por mayoria la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL REGLAMENTO DE BAJAS Y VENTAS DE BIENES PATRIMONIALES Articulo Primero.- Modificar los Articulos 22º, 23º, 24º, 29º, 30º y 31º, debiendo quedar redactados como sigue:

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