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Pág. 213045 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de noviembre de 2001 cumplimiento de la presente resolución, bajo responsabi- lidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 35100 RESOLUCIÓN Nº 798-2001-JNE Lima, 22 de noviembre de 2001 EXP. Nº 1183-2001 V Lagunas VISTOS: El Oficio Nº 27-2001-JEECH, presentado con fecha 22 de octubre del 2001, por el señor Enrique Rodas Ramírez, Presidente del Jurado Electoral Especial de Chiclayo, remitiendo el Oficio Nº 117-2001-MDLM/A de fecha 10 de octubre del 2001, suscrito por Regidores del Concejo Distrital de Lagunas, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, solicitando se declare la vacancia del cargo de Alcalde del señor Víctor Manuel Andonaire Hernández en el referido Concejo, por haber sufrido condena por delito doloso; y, CONSIDERANDO: Que la atribución de declarar la vacancia de los cargos de autoridades ediles, corresponde a los Concejos Municipales, según lo previsto en el numeral 10) del Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, siguiendo las formalidades del Artículo 27º de la acotada ley; y al Jurado Nacional de Elecciones, en aplicación del Artículo 5º inciso u) de su Ley Orgánica Nº 26486; Que el numeral 3) del Artículo 26º, concordante con el numeral 9) del articulo 23º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 23853, prohíbe ejercer los cargos de Alcal- de y de Regidor, a los ciudadanos que hayan sufrido condena por delito doloso; Que en las copias certificadas de fojas 4 a 6, aparece que el Primer Juzgado Especializado Penal de Chiclayo, mediante sentencia de fecha 18 de mayo del 2001 recaída en la instrucción Nº 2207-2000, ha condenado al señor Víctor Manuel Andonaire Hernández, a 2 años de pena privativa de la libertad suspendida condicionalmente por dos años, e inhabilitación por el mismo término de la condena, por delito contra la voluntad popular en agra- vio del Estado; Que la sentencia antes mencionada ha sido confirma- da, por resolución de fecha 3 de septiembre del 2001, suscrita por la Segunda Sala Penal de Chiclayo, según se advierte en la copia certificada de la resolución de vista, que corre de fojas 7 a 17; Que habiendo sido sustentada legalmente la causal de vacancia, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, debe proceder a declararla con arreglo a sus atribucio- nes; Que conformidad con lo dispuesto por el numeral 1) del Artículo 28º de la Ley Nº 23853, en caso de vacancia del Alcalde debe ser reemplazado por el Teniente Alcal- de; y revisada la lista de candidatos proclamados en el Concejo Distrital de Lagunas, corresponde asumir el cargo de Alcalde del citado concejo, a la ciudadana Elvida M. Oliva Cornejo de Pejerrey; y para completar el núme- ro legal de miembros, corresponde convocar según la lista remitida por el Jurado Especial de Chiclayo, a doña Pamela Dolores Miranda Aquino candidata postulada por la Lista Independiente "Por el Progreso Distrital"; Al amparo de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado y la ley, el Pleno del Jurado Nacional del Elec- ciones;RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de Alcalde del señor Víctor Manuel Andonaire Hernán- dez, en el Concejo Distrital de Lagunas provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, por haber su- frido condena judicial firme, por delito doloso. Artículo Segundo.- Convocar a la ciudadana Elvida M. Oliva Cornejo de Pejerrey para que asuma el cargo de Alcaldesa en el Concejo Distrital de Lagunas, en reem- plazo del señor Víctor Manuel Andonaire Hernández; asimismo convocar a doña Pamela Dolores Miranda Aquino para que asuma el cargo de Regidora y complete el número legal de miembros en el referido Concejo. Artículo Tercero.- Otorgar las credenciales corres- pondientes de Alcaldesa y Regidora a las ciudadanas convocadas, quienes deberán jurar y asumir los cargos para completar el período municipal 1999 a 2002. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías necesarias para el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ- PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 35102 MINISTERIO PÚBLICO Aprueban modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Gerencia Ejecutiva de Proyectos y Gerencia General RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1146-2001-MP-FN Lima, 9 de noviembre de 2001 VISTO: El Oficio Nº 1096-2001-MP-FN-GG, de fecha 7 de noviembre del 2001, mediante el cual se eleva la modifi- cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de las Unidades Ejecutoras: 001 Gerencia Ejecutiva de Proyectos, y 002 Gerencia General, del Pliego 022 Minis- terio Público para el Año 2001; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 163-2000-MP-FN, se aprobó el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones de las Unidades Ejecuto- ras: 001 Gerencia Ejecutiva de Proyectos y 002 Gerencia General del Pliego 022 Ministerio Público para el Ejer- cicio Fiscal 2001; Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 896-2001-MP-FN, se aprueba el nuevo marco pre- supuestal de egresos del Pliego 022 Ministerio Público correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2001 por Toda Fuente de Financiamiento, situación que ha conllevado a una modificación presupuestal de los recursos que inicialmente se asignaron a los Grupos Genéricos de Gasto 3. Bienes y Servicios, 5. Inversiones y 7. Otros Gastos de Capital; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones de las Unidades Ejecutoras 001: Gerencia Ejecu- tiva de Proyectos y 002: Gerencia General, propuesto para el año 2001, ha sido reformulado en función al nuevo marco presupuestal autorizado; Que, el Artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, esta-