Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2001 (24/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de noviembre de 2001

que se deberan consignar las siguientes obligaciones a cargo de este ultimo: a) Sus honorarios profesionales, los que no podran exceder del 3% del producto de venta efectiva, incluidos los impuestos de ley. b) Si por razones de fuerza mayor sobrevinientes no pudiese dirigir la venta por subasta publica, debera comunicar su renuncia debidamente sustentada a la Municipalidad con una anticipacion no menor de 48 horas a la realizacion de la subasta. c) Debe elaborar el Acta de Subasta remitiendola a la Municipalidad conjuntamente con la liquidacion respectiva, en un plazo no mayor de 5 dias contados a partir de la realizacion de la subasta." Disposicion Transitoria Unica.- Adecuacion a la presente norma. Los tramites o procedimientos de Bajas y Ventas de Bienes que a la fecha de vigencia de la presente ordenanza se encontraran pendientes de resolver, se sujetaran a las normas y procedimientos previstos en esta. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 35005

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA
Encargan la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 26-2001-MDLA La MORDAZA, 10 de noviembre del 2001 VISTO: El Acta de fecha 5 de noviembre del 2001, elaborada por los miembros del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de La Arena; asi como los Informes Nº 010-2001MDLA/CONT., e Informe Nº 004-2001-AL-MDLA, relacionados con declarar en Situacion de Urgencia, la Adquisicion de los insumos del citado programa, correspondiente al periodo de dos meses; asi como a la realizacion del MORDAZA de Adquisicion, respecto a las remesas de los meses subsiguientes; CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de fecha 5 de noviembre del 2001, los miembros integrantes del Comite de Administracion del Programa Vaso de Leche, conformado segun Ley Nº 27470, acordaron solicitar se declare en Situacion de Urgencia el MORDAZA de seleccion y adquisicion de Enriquecidos Lacteos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, por el periodo de dos meses, peticion que formulan debido a los problemas que se ocasionaron con motivo del mandato de Detencion dictado contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes se venian desempenando como MORDAZA y Administrador de la citada Municipalidad, en el MORDAZA Penal que se les sigue por ante el Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de Catacaos por los delitos de Peculado, Concusion y otros, asi como por los problemas ocasionados por un grupo de personas que pretendieron evitar que el MORDAZA reemplazante asumiera sus funciones de acuerdo a Ley; originando que las

actividades Administrativas de la Municipalidad se interrumpan, situacion que se vio agravada por el hecho que la anterior gestion sustrajo todo el acervo documentario y archivos de las diferentes areas de la Municipalidad, que han sido materia de denuncia ante el Ministerio Publico; Que, conforme a lo preceptuado por el Art. 113º del D.S. Nº 013-2001-PCM "Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", se requirio el informe tecnico legal respectivo, sobre la peticion formulada, el mismo que fue emitido tanto por la Oficina de Contabilidad como de Asesoria Juridica de la Municipalidad; Que, en efecto, con Informe Nº 010-2001-MDLA/ CONT., la Oficina de Contabilidad ha senalado que en vista de la paralizacion de la atencion a los beneficiarios del Programa Vaso de Leche, se debe adoptar una accion inmediata, como la de declarar en Situacion de Urgencia la adquisicion del Programa Vaso de Leche, y asi poder utilizar las asignaciones correspondientes a dos meses, que se encuentran depositadas en las cuentas corrientes de la Municipalidad; sin perjuicio que se inicie paralelamente el tramite correspondiente para desarrollar un MORDAZA de Seleccion que permita utilizar las asignaciones correspondientes a los meses subsiguientes, cuya ejecucion se sujeta a un cronograma establecido por Ley; Que, del mismo modo, con Informe Nº 004-2001-AL/ MDLA, la Oficina de Asesoria Juridica de la Municipalidad, ha senalado que de conformidad con lo establecido en el Art. 21º del D.S. Nº 012-001-PCM "Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", se considera Situacion de Urgencia, cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, dicha Situacion de Urgencia, faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; asimismo, en el indicado informe legal se senala que el inciso "c" del Articulo 19º del acotado dispositivo, prescribe que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia, declaradas de conformidad con la Ley; Que, al respecto, el Art. 105º del D.S. Nº 013-2001PCM "Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", senala que de producirse los supuestos senalados en el Art. 19º del D.S. Nº 012-2001PCM, que determinen la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y correo electronico, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad segun corresponda; Que, la Ley Nº 27470, por la cual se establece normas complementarias para la ejecucion del Programa del Vaso de Leche, precisa que en cada Municipalidad Provincial en el distrito capital de la provincia, en las Municipalidades Distritales y delegadas ubicadas en su Jurisdiccion, se debera conformar un Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche; asimismo, se senala que las Municipalidades como responsables de la ejecucion del citado Programa, en coordinacion con la Organizacion del Vaso de Leche, organizan programas, coordinan y ejecutan la implementacion de dicho Programa en sus fases de seleccion de beneficiarios, programacion, distribucion, supervision y evaluacion; Que, los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche, son los ninos de 0 a 6 anos, madres gestantes y en periodo de lactancia, priorizando entre ellos la atencion a quienes presenten un estado de desnutricion o se encuentren efectados por tuberculosis. Asimismo, en la medida en que se cumpla con la atencion a la poblacion MORDAZA mencionada, se mantendra la atencion a los ninos de 7 a 13 anos, ancianos y afectados por tuberculosis; Que, como se podra advertir, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, se encuentra ante un hecho extraordi-

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