Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2001 (28/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 28 de noviembre de 2001

Que, el hecho de que las especificaciones tecnicas de las Bases de la Licitacion Publica Internacional segun relacion de items Nº 0199L00181, presenten deficiencias en su formulacion, contraviene los Articulos 3º y 25º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y, los Articulos 2º, 3º y 40º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM; Que, el Articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, siendo una de ellas, la contravencion de normas legales; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. DECLARAR de oficio la nulidad de la Licitacion Publica Internacional segun relacion de items Nº 0199L00181 "Adquisicion de equipos medicos", desde la etapa de convocatoria, previa elaboracion de nuevas Bases, debiendo contar para ello con la asesoria de especialistas externos. 2. DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. 3. ENCARGAR al Organo de Auditoria Interna que realice la investigacion y el deslinde de responsabilidades a que hubiere lugar. 4. DISPONER que la Secretaria General notifique la presente resolucion a los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BASOMBRIO ZENDER Presidente Ejecutivo 35299

0199C00351 y 0199C00361, presenten deficiencias en su formulacion, contraviene los Articulos 3º y 25º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y, los Articulos 2º, 3º y 40º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el Articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, siendo una de ellas, la contravencion de normas legales; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. DECLARAR de oficio la nulidad de la Adjudicacion Directa Nº 0199C00331 "Adquisicion de equipos PC Back Office, Adjudicacion Directa Nº 0199C00351 "Adquisicion de servidores" y la Adjudicacion Directa Nº 0199C00361, "Adquisicion de impresoras laser", desde la etapa de convocatoria, previa elaboracion de nuevas Bases, debiendo contar para ello con la asesoria de especialistas externos. 2. DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. 3. DISPONER que la Gerencia Central de Logistica e Infraestructura notifique a los adquirientes de las Bases de las Adjudicaciones Directas Nºs. 0199C00331, 0199C00351 y 0199C00361, para el reintegro del pago efectuado para adquirir las Bases. 4. ENCARGAR al Organo de Auditoria Interna que realice la investigacion y deslinde de responsabilidades a que hubiere lugar. 5. DISPONER que la Secretaria General notifique la presente resolucion a los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BASOMBRIO ZENDER Presidente Ejecutivo

Declaran de oficio la nulidad de 35300 adjudicaciones directas para la adquisicion de equipos PC, servidores e im- Cancelan procesos de adjudicaciones presoras directas por no existir fundamento de RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA necesidad para las adquisiciones resNº 518-PE-ESSALUD-2001 pectivas
MORDAZA, 27 de noviembre del 2001 VISTO: El Informe Tecnico s/n del equipo de trabajo conformado por la Gerencia General, para revisar el estado situacional de los procesos logisticos correspondientes al ano 2001 y sus implicaciones en cuanto a abastecimiento; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo senalado en el referido Informe, las especificaciones tecnicas de los equipos PC Back Office a adquirir a traves de la Adjudicacion Directa Nº 0199C00331, recogidas en el Anexo 4 de las Bases, adolecen de una serie de deficiencias en su formulacion; Que, asimismo, de acuerdo a lo senalado en el mencionado Informe, la Adjudicacion Directa Nº 0199C00351 "Adquisicion de servidores", adolece de deficiencias en la definicion de los requerimientos y la formulacion de las especificaciones tecnicas; Que, en el referido Informe, tambien se senala que las especificaciones tecnicas de las impresoras laser a adquirir a traves de la Adjudicacion Directa Nº 0199C00361, recogidas en el Anexo 4 de las Bases, adolecen de una serie de deficiencias en su formulacion; Que, el hecho de que las especificaciones tecnicas de las Bases de las Adjudicaciones Directas Nºs. 0199C00331, RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 605-GG-ESSALUD-2001 MORDAZA, 27 de noviembre del 2001 VISTO: El Informe Tecnico s/n del equipo de trabajo conformado por la Gerencia General, para revisar el estado situacional de los procesos logisticos correspondientes al ano 2001 y sus implicaciones en cuanto a abastecimiento; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo senalado en el referido Informe, no existe sustentacion adecuada de la necesidad de adquirir equipos de notebook, por lo que recomienda dejar sin efecto la Adjudicacion Directa Nº 0199C00341; Que, asimismo en el mencionado Informe se senala que no existe sustentacion adecuada de la necesidad de adquirir el upgrade del producto Pilot Decision Suite, por lo que recomienda dejar sin efecto la Adjudicacion Directa Nº 0199S00911; Que, el Articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que en cualquier estado del MORDAZA de seleccion, hasta

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