Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2001 (28/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 28 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

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5.5 Nominacion, intereses y comisiones: Los creditos podran ser concedidos en nuevos soles S/ . o en dolares U.S $, segun las politicas internas de cada CMAC y de acuerdo a la evaluacion crediticia que se haga de cada cliente. En cuanto a las tasas de interes compensatoria y moratoria, las CMACs se rigen por lo dispuesto en el Articulo 9º de la Ley Nº 26702 y sus modificatorias. Las CMACs cobraran las comisiones y gastos permitidos por ley que correspondan a las operaciones crediticias y de aseguramiento previstas en el presente reglamento, segun el Tarifario que fije el Directorio. 5.6 Plazos y Periodicidad: La devolucion del Credito se efectuara de acuerdo a las condiciones pactadas. El tiempo concedido para la devolucion del credito otorgado se determinara fundamentalmente de acuerdo a la capacidad de pago del cliente. Los plazos de amortizacion y periodos de MORDAZA seran establecidos por la CMAC, de acuerdo a la politica interna de cada una de ellas, la misma que debe estar en concordancia con las normas vigentes aplicables sobre la materia. 5.7 Pre-pagos Los pre-pagos que pueden efectuar los deudores de los creditos hipotecarios dependera de la politica interna de cada CMAC, la misma que debe estar en concordancia con las normas vigentes aplicables sobre la materia. 5.8 Pagos Adelantados Las CMACs podran recibir a peticion de sus deudores "pagos adelantados", dependiendo de la politica interna de cada una de ellas, la misma que debe estar en concordancia con las normas vigentes aplicables sobre la materia. 6. Documentos y Requisitos necesarios para la calificacion crediticia El solicitante debera llenar una solicitud de prestamo, acompanando la documentacion sobre la cual se pueda basar la evaluacion de la solicitud, y acreditar un ingreso personal o conyugal neto minimo, el mismo que sera determinado por cada MORDAZA, y revisado periodicamente, segun sus politicas internas. La documentacion requerida sera determinada en los manuales de procedimientos internos que, para estos efectos debera elaborar cada CMAC, en concordancia con las normas vigentes aplicables sobre la materia. 7. Analisis y Evaluacion Financiera Al analizar las condiciones financieras de la persona solicitante, la CMAC observara y evaluara: a. Capacidad de pago del solicitante. b. Ingresos o Flujo de Fondos. c. Importe de sus diversas obligaciones. d. Patrimonio Neto. e. Garantias preferidas. f. Antecedentes crediticios. g. Monto de las cuotas asumidas para con la CMAC. h. Clasificaciones asignadas por otras empresas del sistema financiero. i. Otros criterios que a juicio de la CMAC, revistan importancia para el otorgamiento del credito hipotecario. LA CMAC debera contar con la valuacion del inmueble que garantiza el prestamo, de acuerdo a lo indicado en el Reglamento para la Evaluacion y Clasificacion del Deudor y la Exigencia de Provisiones. 8. Aprobacion y Desembolso del Credito Hipotecario: Las CMACs contaran con distintos niveles de aprobacion de acuerdo con el monto del credito, la exposicion

del cliente y la estructura organizativa de cada CMAC. Asimismo, cada CMAC debera aprobar los manuales internos en los que se estableceran los procedimientos y etapas del MORDAZA de aprobacion y desembolso del credito hipotecario, asi como los correspondientes requisitos y documentacion que deben acreditar y presentar los potenciales deudores. 9. Registro y Control El movimiento de los recursos de las CMACs vinculados a creditos hipotecarios se registrara conforme a las normas contables establecidas por la Superintendencia de Banca y Seguros. Asimismo, se llevaran, entre otros, los respectivos registros de los prestamos por numero de hipotecas y pagares, registro de vencimientos por prestamos, informacion de saldos de colocaciones, intereses devengados, expedientes de credito por cada cliente, planes de pago, control de los pagos y seguimiento de cartera. 10. El Seguimiento de la Cartera de Creditos Las CMACs analizaran el comportamiento de pagos de cada cliente, procediendo a su clasificacion de acuerdo con la Resolucion SBS Nº 572-97 y sus normas ampliatorias y modificatorias. 11. Evaluacion y clasificacion del Deudor y la exigencia de Provisiones La evaluacion de cartera crediticia se llevara a cabo segun las normas de evaluacion, clasificacion y exigencias de provisiones del deudor para creditos hipotecarios establecidas en la Resolucion SBS Nº 572-97 y sus normas ampliatorias y modificatorias. Dicha evaluacion y la remision de la informacion correspondiente a la Superintendencia de Banca y Seguros se realizaran conforme a lo establecido en las citadas normas. 12. Disposiciones Finales Primera.- Cada CMAC en particular debe adoptar las medidas necesarias que le permitan administrar el riesgo crediticio, de liquidez y otros asociados a la operacion de creditos hipotecarios para vivienda, asi como mantener el capital adecuado para enfrentar dichos riesgos. Segunda.- Los casos no contemplados en el presente Reglamento seran resueltos por el Directorio de la MORDAZA Municipal, de conformidad con la normatividad vigente. 35161

ESSALUD
Declaran de oficio la nulidad de licitacion publica internacional para la adquisicion de equipos medicos
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 517-PE-ESSALUD-2001 MORDAZA, 27 de noviembre del 2001 VISTO: El Informe s/n del equipo de trabajo conformado por la Gerencia General, para revisar el estado situacional de los procesos logisticos correspondientes al ano 2001 y sus implicaciones en cuanto a abastecimiento; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo senalado en el referido Informe, las especificaciones tecnicas de los equipos medicos a adquirir a traves de la Licitacion Publica Internacional segun relacion de items Nº 0199L00181, recogidas en el Anexo 4 de las Bases, adolecen de una serie de deficiencias en su formulacion;

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