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Pág. 210922 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de octubre de 2001 Teniendo en consideración que OSINERG ha atendido el mandato constitucional contenido en el Artículo 139º, nume- ral 3 de la Carta Magna, habiendo observado el debido proceso asegurando al administrado el derecho a su justa defensa al poner a su disposición los medios necesarios y suficientes para ejercitarla y ha expedido su Resolución OSINERG Nº 1449-2001-OS/CD determinando la fijación tarifaria correspondiente con total transparencia e imparcia- lidad, lo que constituye fundamento principal de su accionar. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar infundado en todos sus extre- mos el recurso de reconsideración interpuesto por ETE- SELVA S.R.L. contra la Resolución OSINERG Nº 1449- 2001-OS/CD por los fundamentos expuestos en el acápi- te B de la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- La presente resolución deberá ser pu- blicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la página WEB de OSINERG. AMADEO PRADO BENITEZ Presidente del Consejo Directivo 32282 SUNAT Crean la Comisión Central de Seguri- dad Informática RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 116-2001/SUNAT Lima, 5 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 012- 2001/SUNAT se aprobó la nueva estructura organizacional de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, en la que se creó la Oficina de Seguridad Informática de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información; Que por Resolución de Superintendencia Nº 044-2001/ SUNAT se aprobó el Manual de Organización y Funciones de la SUNAT, en el cual se establece que la Oficina de Seguridad Informática tiene como uno de sus objetivos diseñar e im- plantar los mecanismos de seguridad que impidan accesos no autorizados a la infraestructura informática, garantizando su correcto cumplimiento en la Institución; Que para garantizar la implantación adecuada de los mecanismos de seguridad, sin que se interrumpa el normal flujo operativo, es necesario crear una comisión intrainstitucional que actúe como máxima instancia en el Sistema de Seguridad Informática; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 - Ley General de la SUNAT, y los incisos l) y o) del Artículo 6º del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y modificado por la Resolución de Superintendencia Nº 004-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Créase la Comisión Central de Seguri- dad Informática, que estará integrada por el Superinten- dente Nacional Adjunto -quien la presidirá-, y los Inten- dentes Nacionales de Administración, Planeamiento y Sistemas de Información. Artículo 2º.- Las funciones de la Comisión Central de Seguridad Informática son: 1. Revisar, aprobar y difundir las políticas de seguri- dad en todos los niveles de la Institución. 2. Aprobar el listado de activos críticos de la Institución. 3. Aprobar la relación de procesos de seguridad. 4. Aprobar el Plan de Proyectos de Seguridad. 5. Aprobar el Plan de Contingencias. 6. Revisar periódicamente el Sistema de Seguridad de la Información considerando: a) Los informes periódicos presentados por la Oficina de Seguridad Informática. b) Informes de retroalimentación con los resultados de las auditorías preventivas realizadas. c) Sugerencias del personal y de terceros. 7. Proponer las acciones correctivas correspondien- tes así como, efectuar el seguimiento de las mismas.Artículo 3º.- La presente Resolución de Superinten- dencia entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 32228 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican Ordenanzas de la Municipali- dad de Comas que regulan los arbi- trios de limpieza pública y parques y jardines públicos para los ejercicios 2000 y 2001 ACUERDO DE CONCEJO Nº 240 Lima, 6 de agosto de 2001 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Vista en Sesión de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de Comas, me- diante Oficios Nº 184-2001.A/MC y Nº 386-2001-A/MC para la ratificación de la Ordenanza Nº 028-2000-C/MC y su modificatoria la Ordenanza Nº 08-2001-C/MC, que regulan los Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines Públicos para el Ejercicio 2001 en su jurisdicción; De acuerdo con la opinión favorable del Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitida mediante In- forme Nº 000431-2001-SAT/04 y Oficio Nº 00430-01- SAT/MML de la Jefatura SAT; lo opinado por la Comi- sión de Economía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 085-2001-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y la Ordenanza Nº 211, Procedimiento de Rati- ficación de Ordenanzas de Carácter Tributario de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Nº 213 de 23 de febrero de 1999, establece que a partir de su vigencia las Municipalidades Distritales integrantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima, fijarán a las Ordenanzas y Edictos que aprueben el número cardinal que les corresponda en forma correla- tiva continua, según el orden en que se promulguen; Que, la misma Ordenanza establece que los Acuerdos de Concejo, Decretos y Resoluciones Municipales, lleva- rán la numeración correlativa anual que les corresponda; Que, en tal virtud, las Ordenanzas Municipales de- ben llevar numeración correlativa continua sin referen- cia de año, a lo que en algunos casos no se está dando cumplimiento, situación que es necesario corregir; ACORDO: Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 028- 2000-C/MC de fecha 29 de diciembre de 2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de enero del año 2001 y su modificatoria la Ordenanza Nº 08-2001-C/MC de 21 de marzo de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 del mismo mes y año, de la Municipalidad Distrital de Comas, que regulan los Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines Públicos para el Ejercicio 2001 en su jurisdicción. Artículo Segundo.- Recordar y recomendar a la Municipalidad Distrital de Comas, que las Ordenanzas que apruebe deben llevar el número cardinal que les corresponda en forma correlativa continua sin referen- cia de año, conforme establece la Ordenanza Metropoli- tana Nº 213. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 32190