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Pág. 210906 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de octubre de 2001 la Décima Conferencia Internacional Anti-Corrupción a realizarse del 7 al 11 del mes en curso, en la ciudad de Praga, República Checa. Artículo Segundo.- Conceder licencia con goce de haber a la doctora Nelly Calderón Navarro, Fiscal de la Nación, a partir del 6 al 13 de octubre del presente año. Artículo Tercero.- La presente participación no generará gasto alguno al Ministerio Público. Artículo Cuarto.- Encargar el Despacho de la Fis- calía de la Nación al doctor Miguel Angel Sánchez Arte- aga, Fiscal Supremo Provisional de la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal, mientras dure la ausencia de la titular. Artículo Quinto.- Hágase de conocimiento de la presente resolución al Presidente de la Corte Suprema de la República, Ministro de Justicia y Fiscales interesa- dos. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 32305 Dejan sin efecto la participación de diversos magistrados en el Seminario "Ley del Procedimiento Administrati- vo General - Ley Nº 27444" RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1026-2001-MP-FN Lima, 5 de octubre de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a lo dispues- to por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la participa- ción al Seminario "Ley del Procedimiento Administra- tivo General -Ley Nº 27444" a realizarse del 9 al 12 de octubre del año en curso, en la sede central, materia de la Resolución Nº 1006-2001-MP-FN, de fecha 4 de octubre del 2001, de los señores Fiscales Adjuntos Superiores del Distrito Judicial de Lima que a continua- ción se detallan: - Amoretti Mendoza, Francisco - Carbajal Albino, Carlos - Huamán García, Isabel - Huauya Inca, Benigno - Méndez Saldaña, Humberto - Sabaduche Murgueytio, Rebeca - Solano Ocola, Marisol - Vega Zapata, Flor - Villaorduña Cáceres, Pedro Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Fiscal Superior Decano del Dis- trito Judicial de Lima, Gerencia de Personal, Gerencia de la Oficina de Registro de Fiscales, Instituto de Investigaciones del Ministerio Público Dr. Gonzalo Or- tiz de Zevallos Roedel y a los Fiscales mencionados para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 32284S B S Prorrogan plazo para que el Banco Internacional del Perú S.A.A. proceda a enajenar bienes inmuebles adjudica- dos en pago de deudas RESOLUCIÓN SBS Nº 715-2001 Lima, 27 de setiembre de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud de prórroga del plazo para la enajena- ción de los bienes, que forman parte del Anexo de la presente resolución, adjudicados y recuperados en cobro de acreencias, presentada por el Banco Interna- cional del Perú S.A.A. - Interbank conforme a lo pre- visto por el Artículo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda con- traída previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, los numerales 4 y 6 de la Circular Nº B-2075- 2000 señalan que las solicitudes para prórroga del plazo establecido en el Artículo 215º de la Ley General, debe- rán ser presentadas con una anticipación de, por lo menos, quince (15) días antes de su vencimiento, caso contrario será rechazada la solicitud; Que, el numeral 6 de la mencionada circular estable- ce adicionalmente que, para el caso de bienes inmuebles, deberá adjuntarse a la solicitud de prórroga una valua- ción del bien efectuada por un perito inscrito en el registro de peritos valuadores (REPEV), caso contrario será rechazada la solicitud; Que, los numerales 5 y 6 de la mencionada circular establecen la constitución de provisiones equivalentes al 20 por ciento del valor de adjudicación o recuperación de los bienes, en calidad de provisiones por bienes adjudica- dos o recuperados, y de provisiones adicionales, con requerimientos diferentes para bienes muebles e inmue- bles; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "D" mediante Infor- me Nº DESF "D"-082-OT-2001 y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 807-99; RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el Banco Internacional del Perú S.A.A. - Inter- bank proceda a la enajenación del bien señalado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Banco Internacional del Perú S.A. A. - Interbank deberá proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075-2000, debiendo constituir las correspondientes provisiones con car- go a resultados. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca