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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (06/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 210908 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de octubre de 2001 E.Empresas de Servicios Complementarios y Conexos 1.Almacén General de Depósito. 3 017 101,00 2.Empresa de Transporte, Custodia y Administración de Numerario. 12 365 169,00 3.Empresa Emisora de Tarjetas de Crédito y/o Débito. 838 358,00 4.Empresa de Servicios de Canje. 838 358,00 5.Empresa de Transferencia de Fondos. 838 358,00 F. Empresas en el Esquema Modular 1. Módulo 1 4 636 938,00 2. Módulo 2 9 273 877,00 3. Módulo 3 18 441 413,00 Indice Base : Octubre 1996, factor IPM octubre 1996 - setiembre 2001: 1,23651688 * Las actualizaciones se realizan respecto del Indice de Precios al Por Mayor (IPM) base de octubre de 1996, Artículo 18º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias. 32280 COFOPRI Autorizan viaje de profesional para participar en curso sobre usos y apli- caciones del catastro, a realizarse en España RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 036 Lima, 4 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, comple- mentada por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC; Que, dentro del Programa de Formación para Funcio- narios Iberoamericanos que tradicionalmente viene de- sarrollando el Instituto de Estudios Fiscales (IEF) en colaboración con la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), se llevará a cabo del 29 de octubre al 30 de noviembre de 2001, inclusive, el "XI Curso sobre Usos y Aplicaciones del Catastro", en la sede del Institu- to de Estudios Fiscales en Madrid (España); Que, el ingeniero Gustavo Idelfonso Huarcaya Vás- quez, Profesional I de la Gerencia de Declaración y Regularización de la Propiedad de la Comisión de For- malización de la Propiedad Informal - COFOPRI, ha sido seleccionado por el organismo internacional con beca de alojamiento, desayuno y transporte aéreo, para partici- par en el Curso citado en el párrafo precedente; Que, tratándose de temas de importancia para el desarrollo de las actividades de COFOPRI, resulta nece- sario autorizar la participación del ingeniero Gustavo Idelfonso Huarcaya Vásquez, Profesional I de la Geren- cia de Declaración y Regularización de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, en el "XI Curso sobre Usos y Aplicaciones del Catastro", a realizarse en la ciudad de Madrid, España; Que, los gastos que demande el indicado viaje serán asumidos por el Instituto de Estudios Fiscales (IEF), la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) y el trabajador; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM y el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM, los viajes al extranjero para concurrir a Cursos de capacitación, entre otros, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución del Titular del Sector correspondiente, de- biendo ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo establecido en los Decretos Supremos Nº 048-2001-PCM y Nº 053-2001-PCM y Reso- lución de Presidencia Nº 011-96-COFOPRI/PC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Gusta- vo Idelfonso Huarcaya Vásquez, Profesional I de la Gerencia de Declaración y Regularización de la Propie- dad de la Comisión de Formalización de la PropiedadInformal - COFOPRI, a la ciudad de Madrid, España, del 29 de octubre al 30 de noviembre del año 2001, inclusive, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, no ocasionarán desembolso alguno al Tesoro Público, siendo éstos sufragados por el Instituto de Estudios Fiscales (IEF), la Agencia Españo- la de Cooperación Internacional (AECI) y el interesado. Artículo 3º.- La presente resolución no dará dere- chos a exoneración o liberación de impuestos o de dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- El mencionado profesional a su retor- no, dentro de los 10 días de culminado el Curso, presen- tará un Informe sobre su participación, así como deberá cumplir con lo dispuesto en las Normas y Procedimien- tos sobre Capacitación del Personal de COFOPRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia y Presidente de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal 32164 INEI Autorizan la ejecución de la "Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios", correspondiente al III Trimestre del año 2001 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 303-2001-INEI Lima, 5 de octubre del 2001 Visto el Oficio Nº 695-2001-TR/DNEFP de la Direc- ción Nacional de Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción Social (MTPS) me- diante el cual solicita autorización para la ejecución de la Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios (ENSYS) correspondiente al III Trimestre del año 2001; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organiza- ción y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática" establece que el INEI es el ente rector de los Sistemas Nacionales de Estadística e Informá- tica y tiene entre sus funcionar normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas esta- dísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las estadísticas básicas oficiales del país referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, la Dirección Nacional de Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción So- cial (MTPS), con la finalidad de conocer el nivel, estruc- tura, distribución y evolución de las remuneraciones nominales y reales, en el sector asalariado privado de los principales centros urbanos del país, ha programado la ejecución de la Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios correspondientes al III Trimestre del 2001, que permiti- rá estudiar la estructura salarial en función de variables específicas que confluyan a la determinación de las remuneraciones; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecu- ción de la "Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios" correspondiente al III Trimestre del 2001, en Lima Metropolitana y en las ciudades de Arequipa, Trujillo, Chiclayo, Piura, Iquitos, Pucallpa, Tacna, Ica, Huánuco, Ayacucho, Cajamarca, Tarapoto, Tumbes, Cerro de Pas- co, Huaraz, Moquegua, Puno, Juliaca, Chimbote, Cusco, Huancavelica, Chachapoyas, Abancay, Huancayo y Puer- to Maldonado; Que, para ejecutar la "Encuesta Nacional de Suel- dos y Salarios", correspondiente al III Trimestre del 2001, se utilizará el formulario aprobado por Resolu- ción Jefatural Nº 099-96-INEI de fecha 22 de abril de 1996;