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Pág. 211429 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de octubre de 2001 3.4 Manejo de los estándares de servicios y actividades conexas: ♦ Manejo de Materiales. ♦ Electricidad. ♦ Sistema de Candados y Tarjetas de Seguridad (Lock Out - Tag Out ). ♦ Iluminación. ♦ Agua, Aire Comprimido y Calderos. ♦ Sistema de Izaje. ♦ Escaleras y Andamios. ♦ Maquinaria, Equipo y Herramienta. ♦ Edificios e Instalaciones. ♦ Transporte de Personal. ♦ Otros. 3.5 Identificación de áreas críticas: ♦ Mina subterránea. ♦ Mina a tajo abierto - canteras. ♦ Planta concentradora. ♦ Planta de fundición y refinación. ♦ Instalaciones Auxiliares. ♦ Otros. 4. PERIODICIDAD DE FISCALIZACIÓN Señalar la periodicidad de la fiscalización a realizarse durante el año (anual, semestral, trimestral, bimestral, etc.) teniendo en cuenta lo siguiente: ♦ La magnitud de las operaciones. ♦ Los índices de frecuencia y severidad. 5. DÍAS DE INSPECCIÓN Señalar el número de días de inspección en las áreas siguientes: Nº ÁREAS DÍAS DE INSPECCIÓN 1 Subterráneo 2 Tajo abierto / Canteras 3 Planta concentradora 4 Fundición 5 Refinación 6 Instalaciones auxiliares 7 Depósitos de concentrados 8 Otros TOTAL DE DÍAS DE INSPECCIÓN ANEXO II LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PROGRAMA ANUAL DE FISCALIZACIÓN DE LAS NORMAS DE PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DEL AMBIENTE 1. OBJETIVO Establecer las pautas y la estructura del Programa Anual de Fiscalización de las Normas de Protección y Conservación del Ambiente, a fin de dar la viabilidad y condiciones apropiadas para la ejecución eficiente y oportu- na de la labor de fiscalización minera. 2. ALCANCES Comprenden las obligaciones y los compromisos am- bientales de todas las áreas y las zonas de influencia de la actividad minera de cada unidad de producción. 3. ASPECTOS A FISCALIZAR 3.1 COMPROMISOS AMBIENTALES ♦ Declaraciones Juradas Ambientales (Exploración Categoría “B”). ♦ Evaluaciones Ambientales (Exploración Categoría “C”). ♦ Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA). ♦ Avances Físicos de los Proyectos Ambientales. ♦ Avances de las Inversiones Realizadas de los Proyec- tos Ambientales. ♦ Programas Especiales de Manejo Ambiental (PEMA). ♦ Estudios de Impacto Ambiental (EIA): mina, planta, depósitos de relaves, transporte y depósitos de concentra- dos, otros.♦ Planes de contingencia de sustancias tóxicas y otros. ♦ Planes de Cierre y Abandono. ♦ Estabilidad Física y Química de los Depósitos de Relaves. ♦ Compromisos derivados de las relaciones comunita- rias con las Comunidades Campesinas y Nativas. ♦ Otros compromisos que se generen por la actividad minera no contemplados en los PAMA o EIA. 3.2. CONTROL DE LAS OBLIGACIONES AMBIENTA- LES ♦ Monitoreos de Efluentes. ♦ Monitoreos de Emisiones. ♦ Otras obligaciones. 4. PERIODICIDAD DE FISCALIZACIÓN Señalar la periodicidad de la fiscalización a realizarse durante el año (anual, semestral, trimestral, bimestral, etc.) teniendo en cuenta lo siguiente: ♦ La magnitud de las operaciones. ♦ Los compromisos y obligaciones ambientales. ♦ Otros de acuerdo a su problemática ambiental no contemplados en los PAMA o EIA. 5. DÍAS DE INSPECCIÓN Nº ACTIVIDADES DÍAS DE INSPECCIÓN 1 Compromisos ambientales 2 Obligaciones ambientales 3 Otros TOTAL DÍAS DE INSPECCIÓN 32923 JUSTICIA Aprueban Reglamento del Capítulo III de la Ley Nº 27378 sobre procedimien- to de colaboración eficaz en el ámbito de la criminalidad organizada DECRETO SUPREMO Nº 035-2001-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nº 27378, publicada el 21 de diciembre de 2000, se establecieron los beneficios por cola- boración eficaz en el ámbito de la criminalidad organizada; Que el Capítulo III de dicha Ley, reguló el ámbito propiamente procesal de la colaboración eficaz; Que la SEGUNDA DISPOSICION FINAL de la Ley dispone que el Poder Ejecutivo reglamentará los alcances de dicho dispositivo legal; Que es menester reglamentar el citado Capítulo de la Ley a fin de garantizar un procedimiento adecuado, que cumpla los objetivos previstos en ella; En uso de las atribuciones que confiere el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el Reglamento del Capítulo III de la Ley Nº 27378, sobre procedimiento de colaboración eficaz en el ámbito de la criminalidad organizada, que consta de dieciséis (19) artículos. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil uno. RAUL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia