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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (19/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 211440 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de octubre de 2001 hacerse efectivo el pago de la misma, conforme a lo estipula- do en el Artículo 137º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Artículo 3º.- El importe de la multa impuesta deberá ser abonado en el Banco Wiese-Sudameris, Cuenta Corrien- te Nº 00-044-107-0018-57 MINISTERIO DE PESQUERIA, debiendo acreditar el correspondiente depósito ante la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de publicada o notificada la presente Resolución o de acuerdo a las facilidades de pago que el titular de la sanción opte por escoger conforme a lo dispuesto en los Artículos 1º y 6º de la Resolución Ministerial Nº 201-2001-PE, caso contrario, de no existir impugnación en trámite, se procede- rá a iniciar el cobro coactivo de la deuda. Regístrese y comuníquese. RUBEN CANALES SALVATIERRA Director Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia 32874 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 353-2001-PE/DINSECOVI Lima, 21 de setiembre de 2001 Vistos el Informe Nº 105-2001-CTAR-ANCASH/DRP-CH/ DPyMA-Insp del 26 de marzo del 2001 y el Informe Legal Nº 404-2001-PE/DINSECOVI-Dsvs del 17 de julio del 2001; CONSIDERANDO: Que el Artículo 77º de la Ley General de Pesca, pro- mulgada por Decreto Ley Nº 25977, establece que constitu- ye infracción toda acción u omisión que contravenga o incumpla alguna de las normas contenidas en dicha Ley, su Reglamento o demás disposiciones sobre la materia; Que de las investigaciones efectuadas, se ha determi- nado que con fecha 24 de marzo del 2001, en la localidad de Chimbote, la embarcación pesquera "NIÑO DEL MILA- GRO I" de matrícula Nº PL-17414-CM, propiedad del señor JOSE SANTOS FIESTAS FIESTAS, extrajo 21.37 TM del recurso hidrobiológico anchoveta, con una incidencia del 28.97% en tallas menores a las establecidas, lo que consti- tuye infracción a lo dispuesto en el inciso 3. del Artículo 76º de la Ley General de Pesca; Que mediante escrito de fecha 17 de abril del 2001, el señor JOSE SANTOS FIESTAS FIESTAS presentó descar- gos, manifestando su disconformidad con el procedimiento de muestreo realizado, en tanto aduce que la toma de muestras no se realizó al inicio, mitad y final de la descarga, además que al momento de iniciarse el muestreo, se había descargado más del 90% de la materia prima; Que los argumentos expuestos por el señor JOSE SAN- TOS FIESTAS FIESTAS no desvirtúan su responsabilidad en la comisión de la infracción denunciada, en tanto que el número de especímenes muestreado (252) excedió amplia- mente el número mínimo de ejemplares establecidos para el recurso anchoveta (180), hecho que es ratificado en lo estable- cido por las Normas Generales de Muestreo de Recursos Hidrobiológicos, aprobados por Resolución Ministerial Nº 142- 2001-PE, motivos por los cuales se concluye que la toma de muestras fue representativa del total de la descarga y que el procedimiento de muestreo fue correctamente realizado; En uso de las facultades conferidas por el literal a) del Artículo 147º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar al señor JOSE SANTOS FIES- TAS FIESTAS, armador propietario de la embarcación pesquera "NIÑO DEL MILAGRO I" de matrícula Nº PL- 17414-CM, con multa ascendente a una (1) Unidad Imposi- tiva Tributaria (UIT), por haber infringido lo dispuesto en el inciso 3. del Artículo 76º de la Ley General de Pesca. Artículo 2º.- Para los fines de determinar el monto de la multa impuesta, se tomará en consideración la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) que esté vigente al momento de hacerse efectivo el pago de la misma, conforme a lo estipula- do en el Artículo 137º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Artículo 3º.- El importe de la multa impuesta deberá ser abonado en el Banco Wiese-Sudameris, Cuenta Corrien- te Nº 00-044-107-0018-57 MINISTERIO DE PESQUERIA, debiendo acreditar el correspondiente depósito ante la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia,dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de publicada o notificada la presente Resolución o de acuerdo a las facilidades de pago que el titular de la sanción opte por escoger conforme a lo dispuesto en los Artículos 1º y 6º de la Resolución Ministerial Nº 201-2001-PE, caso contrario, de no existir impugnación en trámite, se procede- rá a iniciar el cobro coactivo de la deuda. Regístrese y comuníquese. RUBEN CANALES SALVATIERRA Director Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia 32875 RELACIONES EXTERIORES Dan por terminadas funciones de Cón- sul General del Perú en Berlín, Repúbli- ca Federal de Alemania RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 435-2001-RE Lima, 18 de octubre de 2001 Vista la Resolución Suprema Nº 0005-RE, de 11 de enero de 1999, que nombra al entonces Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, don Félix Calderón Urtecho, como Cónsul General del Perú en Berlín, Repúbli- ca Federal de Alemania; CONSIDERANDO: Que por Resolución Suprema Nº 415-2001-RE, de 2 de octubre del año 2001, se dispone el cierre definitivo del Consulado General del Perú en Berlín, República Federal de Alemania, a partir del 31 de octubre del año 2001; Que es necesario la permanencia del Cónsul General para finalizar las diversas gestiones relativas al cierre del Consulado General del Perú en Berlín; De conformidad con los Artículos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; SE RESUELVE: 1º.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomático de la República, don Félix Calderón Urtecho, como Cónsul General del Perú en Berlín, República Federal de Alemania, con fecha 31 de octubre del año 2001. 2º.- Disponer la permanencia en Berlín del Ministro Félix Calderón Urtecho, hasta su traslado en fecha a fijarse por Resolución Ministerial, a fin de que finalice las gestio- nes relativas al cierre del Consulado General del Perú en Berlín. 3º.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAUL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial LUIS SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 32986 Autorizan viaje del Ministro de Relacio- nes Exteriores y funcionario diplomá- tico a la República Popular China para participar en evento del APEC RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 436-2001-RE Lima, 18 de octubre de 2001