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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (21/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 211544 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de octubre de 2001 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos para participar en la II Reunión de la Comisión Binacional de Coordinación Política, Cooperación e Integración Peruano-Boliviana RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 440-2001-RE Lima, 20 de octubre de 2001 Debiendo realizarse la II Reunión de la Comisión Binacional de Coordinación Política, Cooperación e Inte- gración Peruano-Boliviana, en la ciudad de La Paz, República de Bolivia, del 22 al 23 de octubre del año 2001; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2411, del Gabinete de Coordinación del Vice- ministro y Secretario General de Relaciones Exteriores, de 16 de octubre del año 2001; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomá- tico de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; el Decreto Supremo Nº 048- 2001-PCM, de 29 de abril del año 2001 y su modifica- toria Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM, de 9 de mayo del año 2001; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje a los siguientes funcionarios diplomáticos para que participen en la II Reunión de la Comisión Binacional de Coordinación Política, Coopera- ción e Integración Peruano-Boliviana, a realizarse en la ciudad de La Paz, República de Bolivia, del 22 al 23 de octubre del año 2001, conformada por los siguientes funcionarios:- Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, don Manuel Rodríguez Cuadros, Viceministro y Se- cretario General de Relaciones Exteriores, quien la pre- sidirá; - Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, don Hernán Couturier Mariátegui, Subsecretario de Asuntos Multilaterales y Especiales; - Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, don Julio Florián Alegre, Director de América del Sur; - Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, don Carlos Herrera Rodríguez, Director del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro y Se- cretario General de Relaciones Exteriores; - Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, don Agustín de Madalengoitia Gutiérrez, Subdirector para Asuntos de los Países Andinos de la Dirección de América del Sur; y, - Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, don Rafael Suárez Peña, Jefe del Departa- mento de Bolivia de la Subdirección para Asuntos de los Países Andinos. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, por concepto de pasajes US$ 2 612,84, viáticos US$ 3 600,00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 150,00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. 3º.- La presente Resolución no da derecho a exonera- ción ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAUL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial LUIS SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 33090R.D. Nº 266-2001-PE/DINSECOVI Declarar Imadmisible por extemporáneo el fraccionamiento de pago solicitado por HOUGJO S.R.L., R.C.S. 170-2001-PE/CS. 1.12 UIT R.D. Nº 267-2001-PE/DINSECOVI Multa de 03 UIT a UBALDO LEONARDO EMMA SERNA, por extraer 169.01TM del recurso hidrobiológico anchoveta, con 38.5% de ejemplares en tallas menores a las permitidas E/P "ANTARES II" R.D. Nº 268-2001-PE/DINSECOVI Multa de 3.12 UIT a UBALDO LEONARDO EMMA SERNA, por extraer 172.24TM del recurso hidrobiológico anchoveta, con 40.2% de ejemplares en tallas menores a las permitidas E/P "FRANCISCO" R.D. Nº 269-2001-PE/DINSECOVI Multa de 04 UIT a PROCESADORA DEL CARMEN S.A., por extraer 266.88 TM del recurso hidrobiológico anchoveta, con 35% de ejemplares en tallas menores a las permitidas E/P "RH-1" R.D. Nº 270-2001-PE/DINSECOVI Multa de 50 UIT a FABRICAS DE CONSERVAS ISLAY S.A., por extraer 250 TM del recurso hidrobiológico anchoveta durante el período de veda E/P "ESTHER 7" R.D. Nº 271-2001-PE/DINSECOVI Multa de 75 UIT a RECURSOS DEL MAR S.A.C., por procesar 500 TM del recurso hidrobiológico anchoveta durante el período de veda R.D. Nº 272-2001-PE/DINSECOVI Multa de 10.52 UIT a JUANA ROSA SANCHEZ ULLOA, por extraer 75.17 TM del recurso hidrobiológico anchoveta, sin contar con el permiso de pesca correspondiente E/P "JOSE MANUEL JR" R.D. Nº 273-2001-PE/DINSECOVI Multa de 8.68 UIT a ARMADORES Y CONGELADORES DEL PACIFICO S.A., por extraer 50.4 TM del recurso hidrobiológico merluza, empleando artes de pesca que reduce la selectividad de la red. E/P "ISABEL" R.D. Nº 274-2001-PE/DINSECOVI Multa de 6.63 UIT a ARMADORES Y CONGELADORES DEL PACIFICO S.A., por extraer 36.6 TM del recurso hidrobiológico merluza, empleando artes de pesca que reduce la selectividad de la red. E/P "CAMELOT" R.D. Nº 275-2001-PE/DINSECOVI Multa de 3 UIT a PESCA PERU CHIMBOTE NORTE S.A., por procesar 106.890 TM del recurso hidrobiológico anchoveta, con 30.3% de ejemplares en tallas menores a las permitidas R.D. Nº 276-2001-PE/DINSECOVI Multa de 01 UIT a PESCA PERU CHIMBOTE NORTE S.A., por procesar 45 TM del recurso hidrobiológico anchoveta, con 25.9% de ejemplares en tallas menores a las permitidas R.D. Nº 277-2001-PE/DINSECOVI Multa de 4.53 UIT a CORPORACION PESQUERA SAN FRANCISCO S.A., por extraer 228.8 TM del recurso hidrobiológico anchoveta, co n 43% de ejemplares en tallas menores a las permitidas 33021