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Pág. 211560 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de octubre de 2001 10.5.2 CTA con Habilitación de Control Radar de Aproximación, Control Radar de Precisión para Aproximación y/o Control Radar de Área La Licencia de Controlador de Tránsito Aéreo perde- rá su validez cuando el CTA haya dejado de ejercer las atribuciones durante tres meses o más. La Habi- litación respectiva perderá su vigencia cuando haya dejado de ejercer sus atribuciones por lo menos du- rante 30 horas al mes en los últimos 2 meses. 10.5.3 Para todos los casos, una persona puede resta- blecer vigencia a su Licencia de CTA median- te una prueba práctica ante un Inspector de la DGAC, o Instructor asignado por esta, que compruebe su aptitud para ejercer las atribu- ciones correspondientes a la Habilitación. Una persona puede restablecer vigencia a su res- pectiva Habilitación cuando un Instructor de Entrenamiento en el Trabajo lo califique sa- tisfactoriamente. 10.5.4 En el caso que el CTA haga uso de sus vacacio- nes, permisos o comisión de servicio, que no le permitan mantenerse en el ejercicio de sus atribuciones por espacio máximo de dos (2) meses, bastará con la calificación del Supervi- sor para mantener la vigencia de su(s) habilitación(es). 10.6 RENOVACIÓN (RAP 65.50) Se efectúa cada dos años para lo cual el CTA deberá presentar a la DGAC: 10.6.1 Solicitud de renovación dirigida al Director de Seguridad Aérea. (Form. DGAC-L-001) 10.6.2 Certificado médico Clase 3 expedido por el Hospital Central de Aeronáutica. 10.6.3 Constancia de Curso de Refresco. 10.6.4 Constancia laboral que demuestre cumpli- miento de Experiencia reciente señalada en el punto 1 de este Tema y contar con la califica- ción satisfactoria de un Instructor de Entre- namiento en el Trabajo. 10.6.5 Abonar los derechos correspondientes a la renovación. 11. LICENCIA DE OPERADORES AFIS 11.1 REFERENCIA : RAP 65 SUBPARTE H 11.2 REQUISITOS 11.2.1 Solicitud dirigida al Director de Seguridad Aérea. (Form. DGAC-L-001). 11.2.2 Documento de identidad. (DNI, Libreta Elec- toral o Carné de Extranjería), para verificar los datos de solicitud. 11.2.3 Tener como mínimo 18 años de edad. 11.2.4 Poseer conocimientos para comprender y ha- blar fluidamente el idioma inglés, de tal ma- nera que no tenga impedimento que pueda afectar adversamente a las radio comunica- ciones. 11.2.5 Certificado Médico Clase III expedido por el Hospital Central de Aeronáutica. 11.2.6 Constancia de Curso de Instrucción recono- cido por la DGAC. 11.2.7 Constancia de servicios satisfactorios por un mínimo de dos (2) meses bajo las órdenes de un Operador AFIS calificado. 11.2.8 Tres fotografías tamaño carné a color y de frente. 11.2.9 Abonar los derechos del chequeo práctico. 11.2.10 Aprobar examen teórico en la DGAC. 11.2.11 Aprobar examen práctico de pericia ante un Inspector DGAC o Instructor asignado por ésta. 11.2.12 Abonar los derechos de expedición de Licen- cia. 11.3 TEMAS DEL EXAMEN TEÓRICO 11.3.1 El Reglamento del Aire, tal como aparece en las publicaciones de la OACI, RAP 91, AIP ycualquier otra documentación oficial del Es- tado Peruano pertinente. 11.3.2 Los procedimientos de tránsito aéreo perti- nentes a las operaciones de aeródromo. 11.3.3 Los métodos y procedimientos relativos al servicio de información de vuelo y servicios de alerta. 11.3.4 Los términos utilizados en el servicio móvil aeronáutico, palabras y frases de procedi- miento y alfabeto de deletreo. 11.3.5 Las diversas claves y abreviaturas de comu- nicaciones utilizadas. 11.3.6 La fraseología y procedimientos radiotelefó- nicos. 11.3.7 Los servicios generales de tránsito aéreo y la organización del espacio aéreo dentro del Perú. 11.3.8 Las reglas locales para el aeródromo. 11.3.9 Las características del tránsito aéreo local. 11.3.10 La conformación del terreno local y los pun- tos de referencia destacados. 11.3.11 Las instalaciones locales para la navegación aérea. 11.3.12 Los procedimientos para la coordinación en- tre la dependencia AFIS y el FIC o el ACC correspondiente. 11.3.13 Datos pertinentes relativos a los informes meteorológicos y el efecto de las característi- cas significativas de las condiciones atmosfé- ricas locales; y, 11.3.14 Procedimientos locales para dar el alerta a los servicios de emergencia. 11.4 RENOVACIÓN La renovación se efectuará cada dos años, para lo cual el titular deberá presentar ante la DGAC lo siguien- te: 11.4.1 Solicitud dirigida al Director de Seguridad Aérea (Form. DGAC-L-001) 11.4.2 Certificado Médico Clase III expedido por el Hospital Central de Aeronáutica. 11.4.3 Constancia laboral que acredite ejercicio de funciones. 11.4.4 Constancia de Cursos de Refresco. 11.4.5 Si el titular permanece inactivo en la función aeronáutica por más de 6 meses precedentes a la solicitud de renovación, deberá rendir un examen práctico de refresco en la DGAC. 12. OPERADOR DE ESTACIÓN AERONAÚTICA 12.1 REFERENCIA: RAP 65 SUBPARTE I 12.2 REQUISITOS 12.2.1 Solicitud dirigida al Director de Seguridad Aérea. (Form. DGAC-L-001). 12.2.2 Documento de identidad. (Partida de Naci- miento, DNI, Libreta Electoral o Carné de Extranjería), para verificar datos de solicitud. 12.2.3 Tener como mínimo 18 años de edad. 12.2.4 Poseer conocimientos para comprender y ha- blar fluidamente el idioma inglés, de tal mane- ra que no tenga impedimento que pueda afec- tar adversamente a las radio comunicaciones. 12.2.5 Certificado Médico Clase III expedido por el Hospital Central de Aeronáutica. 12.2.6 Acreditar experiencia de: (a) Constancia de Curso de Instrucción reconocido por la DGAC, completado satisfactoriamente en el período de 12 meses precedentes a la solicitud y, de servicios satisfactorios durante dos (2) meses como mínimo, a las órdenes de un OEA calificado; o (b) En el período de 12 meses precedentes a su solicitud, habrá prestado servicios satisfacto- rios a las órdenes de un OEA calificado, durante seis meses como mínimo. 12.2.7 Tres fotografías tamaño carné a color y de frente. 12.2.8 Abonar los derechos del chequeo práctico.