Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2001 (21/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 21 de octubre de 2001 26 27

NORMAS LEGALES

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Periodos de Inactividad Aeronautica de Pilotos Requisitos de Entrenamiento de Recalificacion: Tripulantes Aereos en general

V. LICENCIAS ESPECIALES 28 29 30 31 32 Licencias de Personal aeronautico extranjero y Personal peruano en el extranjero. Calificaciones para Operaciones de Carga Externa de Helicoptero Calificaciones para Operaciones de Fumigacion Licencias y/o Habilitaciones solicitadas por Tripulantes Tecnicos Militares en actividad o en retiro. Requerimientos de Instruccion y Experiencia para remolque de Planeadores.

Quien suscribe, certifica que el Sr/Srta. ________, ha aprobado el examen escrito de conocimientos sobre las partes apropiadas de las RAPs 61 y 91, que son aplicables a Alumnos Pilotos; asi como las regulaciones correspondientes y las caracteristicas de vuelo y limitaciones operacionales para el avion (u otro que corresponda) de MORDAZA _________ modelo __________ a ser volado. Por lo expuesto, el Sr/Srta. ____________________ esta capacitado para solicitar el otorgamiento de la Licencia de Alumno Piloto. MORDAZA, ____________________ (Firma del Instructor) _____________________________________ Nombre completo del Instructor de Vuelo Licencia de Instructor de Vuelo Nº _____ 2. LICENCIA DE PILOTO PRIVADO 2.1 2.2 2.3 2.3.1 REFERENCIA : RAP 61 SUBPARTE D APLICABLE A : Aviones y helicopteros. REQUISITOS

VI. LICENCIAS PARACAIDISTAS 33 34 35 36 37 38 39 Alumno Paracaidista Paracaidista "A" Novel Paracaidista "B" Intermedio Paracaidista "C" Avanzado Paracaidista "D" Experto Habilitaciones de Paracaidista Convalidacion de Licencias

VII. INFORMACION GENERAL 40 Expedicion de Licencias y Autorizaciones

VIII. INFORMACION ADICIONAL 41 42 Duplicado de Licencias. Aclarando algunas dudas sobre Licencias, Habilitaciones y Tramites.

FORMULARIOS NOTA.- Para los efectos de esta Guia, las expresiones "Tripulantes Aereos" o "Tripulantes" se refieren a todos los tripulantes en general (Tripulantes Tecnicos y Tripulantes Auxiliares), mientras que la expresion "Tripulantes de Vuelo" se refiere a los Tripulantes Tecnicos exclusivamente I. LICENCIAS DE TRIPULANTES E INSTRUCTORES

Solicitud dirigida al Director de Seguridad Aerea. (Form. DGAC-L-.001). 2.3.2 Tener por lo menos 17 anos de edad . 2.3.3 Menores de 18 anos presentaran autorizacion notarial. 2.3.4 MORDAZA de Curso de Instruccion teorico para Piloto Privado. 2.3.5 Libreta de vuelos actualizada y firmada por instructor autorizado, acreditando instruccion de vuelo (segun RAP 61.107) y la experiencia aeronautica requerida. 2.3.6 Certificado medico vigente de Clase II emitido por el Hospital Central de Aeronautica. 2.3.7 Tres fotos tamano carne de frente y a color. 2.3.8 Abonar los derechos de la expedicion de la Licencia. 2.3.9 Aprobar examen teorico ante la DGAC. 2.3.10 Abonar los derechos del chequeo en vuelo. 2.3.11 Aprobar el examen oral y de vuelo para comprobacion de pericia ante un Inspector de la DGAC. 2.4 2.4.1 EXPERIENCIA AERONAUTICA, conforme al RAP 61.109 y 61.113 En Avion

1. LICENCIA DE ALUMNO PILOTO 1.1. 1.2. 1.3. REFERENCIA : RAP 61 SUBPARTE C APLICABLE A : Aviones y helicopteros REQUISITOS Debe tener por los menos 40 horas de instruccion y tiempo de vuelo solo que incluya lo siguiente: a) 20 horas de instruccion de vuelo con instructor autorizado, incluyendo por lo menos: (1) Tres horas de vuelo de travesia. (2) Tres horas de vuelo nocturno VFR, incluyendo 10 despegues y aterrizajes, para su calificacion en vuelos nocturnos. (3) Tres horas en aviones, en preparacion para un vuelo de chequeo para un piloto privado dentro de los 60 dias anteriores a la prueba. (4) Tres horas de vuelo instrumental. b) (1) (2) Un minimo de veinte horas de vuelo solo, incluyendo por lo menos: Diez horas en aviones; Diez horas de vuelo de travesia. Cada vuelo incluira un aterrizaje en un punto a mas de 50 millas desde el Aeropuerto original de salida. Un vuelo debera ser por lo menos de 300 millas nauticas y aterrizajes en un minimo de tres Aeropuertos, con una distancia de 100 millas, aproximadamente, entre ellos; Tres despegues y tres aterrizajes solo, con parada total en un aeropuerto con una MORDAZA de control operativa.

1.3.1. Solicitud dirigida al Director de Seguridad Aerea (Form. DGAC-L-001). 1.3.2. Documento de identidad otorgado por el Estado (Partida de Nacimiento, Boleta Militar, Libreta Electoral o DNI o carne de extranjeria), para verificar datos de la solicitud. 1.3.3. Tener por lo menos 17 anos de edad. 1.3.4. Menores de 18 anos presentaran autorizacion notarial de sus padres. 1.3.5. Ser capaz de leer, hablar y comprender el idioma Castellano. 1.3.6. Certificado de conocimiento aeronautico para Alumno Piloto, firmado por instructor autorizado, conforme a modelo. 1.3.7. Certificado medico Clase II expedido por el Hospital Central de Aeronautica. 1.3.8. Tres fotos tamano carne a color y de frente. 1.3.9. Abonar los derechos correspondientes a la expedicion de Licencia. 1.4 MODELO DE CERTIFICADO DE CONOCIMIENTOS

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