Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2001 (23/10/2001)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, martes 23 de octubre de 2001

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Suspenden a regidor del concejo por tener mandato de detencion firme en MORDAZA penal
ACUERDO DE CONCEJO Nº 116-2001/CDLO Los MORDAZA, 17 de octubre del 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Expediente Nº 019826-2001 presentado por el Sr. Regidor de la Municipalidad de Los MORDAZA MORDAZA BELLOTA MORDAZA, el Dictamen Nº 25-2001-CMDLO/ CAL de la Comision Permanente de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el expediente de Vistos, el recurrente pone en conocimiento de esta Municipalidad que se le ha notificado la Resolucion Nº 216 de fecha 3 de octubre del 2001 por la que la Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA confirmo el mandato de detencion impuesta a su persona por el Tercer Juzgado Penal Especial de Lima; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en su Articulo 29º, inciso 3), establece que el cargo de Regidor se suspende automaticamente por impedimento legal cuando tiene MORDAZA penal abierto con mandato de detencion que ha quedado firme en primera y MORDAZA instancia; Que, la Ley Nº 26491, en su Primera Disposicion Transitoria y Final senala que aquellos casos en los que sea aplicable la suspension del cargo, se regularizan mediante Acuerdo de Concejo, el cual se hace de conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y se publica en el Diario Oficial El Peruano; Estando a lo dictaminado por la Comision Permanente de Asuntos Legales, y en ejercicio de las facultades conferidas por los Articulos 36º, inciso 10, y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y POR UNANIMIDAD; ACUERDA: Articulo Primero.- SUSPENDER en el Cargo de Regidor del Concejo Distrital de Los MORDAZA, a don MORDAZA BELLOTA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- PONER en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones lo dispuesto en el Articulo Primero del presente Acuerdo, para los fines legales pertinentes. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 33139

Que, por Ordenanza Nº 15-99 publicada el 11 de noviembre de 1999 se aprobo la regulacion respecto de la tenencia y control sanitario de mascotas en el distrito de San MORDAZA, la misma que tiene como objetivo garantizar la seguridad y tranquilidad de los vecinos en su convivencia con los animales, asi como tambien la proteccion de mascotas, en el MORDAZA de la conservacion de un ambiente saludable y adecuado para el desarrollo de la vida; Que, en los ultimos meses se ha incrementado la crianza y tenencia de los perros de raza Pittbul y otros de iguales caracteristicas que son conocidos por su gran tamano, fuerza y agresividad natural y que debido a estas caracteristicas han causado danos a la poblacion, especialmente por ataques a ninos y ancianos que transitan por calles y parques publicos del distrito; Que, este Concejo ha visto por conveniente dictar disposiciones a fin de restringir la crianza de este MORDAZA de perros a fin de preservar el bienestar y seguridad en los vecinos sanmiguelinos, para devolver la tranquilidad a la poblacion y promover una sociedad en la que se cultive una cultura civica de paz; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 3) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Concejo Distrital de San MORDAZA aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Adicionese a la Ordenanza Nº 15-99 como MORDAZA, Tercera y Cuarta Disposiciones Finales las siguientes: "Segunda.- Queda prohibido en el distrito de San MORDAZA la crianza y tenencia de perros de la raza Pittbull. Tratandose de las demas razas de perros de gran tamano y/o conocida agresividad los propietarios de estos animales deberan confinar su custodia exclusivamente a sus viviendas, donde puedan mantenerlos de acuerdo a las disposiciones de la presente Ordenanza. Queda prohibida la circulacion de estos animales por la via publica, parques y jardines del distrito. De detectarse el paseo o ataques de estos perros a las personas que residan o transiten por el distrito, se procedera al retiro del animal y su disposicion a la autoridad de salud pertinente para los fines correspondientes, llegando de ser el caso al sacrificio del animal, sin perjuicio de la denuncia penal que se interponga contra los propietarios. Tercera.- Establezcase para los propietarios de los animales que se describen en la MORDAZA Disposicion Final, con excepcion de la raza Pittbull, la obligacion de su inscripcion en un Registro Especial que aperturara la Direccion de Servicios Comunales, para su identificacion y empadronamiento con la finalidad de evaluar, en coordinacion con las organizaciones tecnicas adecuadas, las caracteristicas de agresividad y peligrosidad del animal y eventualmente otorgar un permiso especial para que puedan pasearlos en el distrito de acuerdo a las condiciones de seguridad y horarios que se establezcan en el Reglamento de esta Ordenanza. El plazo para el empadronamiento de estos animales en el Registro descrito, sera de 6 meses contados a partir de la vigencia de la presente disposicion. Cuarta.- Se invoca a la comunidad a participar activamente en la difusion de esta Ordenanza, promoviendo el efectivo empadronamiento de estos animales en el Registro Especial de la Municipalidad." Articulo 2º.- Modifiquese el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas, aprobado por la Ordenanza Nº 18-2000-MDSM, en el codigo 621, quedando redactado de la siguiente manera: Codigo Infraccion 621 Por conducir mascotas en la via publica, parques y jardines sin los aditamentos necesarios (correa, cadena y bozal), incumplir los deberes de los titulares de mascotas, practicar actos de crueldad, por incumplimiento de la MORDAZA Disposicion Final y demas disposiciones de la Ordenanza Nº 15-99 y sus modificatorias. % UIT 30%

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican ordenanzas que aprobaron la regulacion de tenencia y control sanitario de mascotas y el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas
ORDENANZA Nº 22-2001-MDSM San MORDAZA, 18 de octubre del 2001 LA ALCALDESA DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha;

Articulo 3º.- Encarguese a las Direcciones de Seguridad Ciudadana; Seguridad Vial, Informacion Turistica, Proteccion del Medio Ambiente, Inspeccion y Control de la Ciudad; Servicios Comunales y Servicios Sociales el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 33136

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