Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2001 (23/10/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, martes 23 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 211675

2.5 Iniciar la OPC MORDAZA de vencerse el plazo establecido para la revision de la informacion presentada por los oferentes. 2.6 Incumplir lo dispuesto por la normativa respecto de las publicaciones de las condiciones de la OPA y de la OPC. 2.7 No efectuar la devolucion de las ganancias obtenidas por la transferencia de los valores adquiridos sin efectuar una OPA. 3.- Leves 3.1 No comunicar el resultado de la OPA. 3.2 No comunicar oportunamente a CONASEV o a la Bolsa, la obtencion de participacion significativa o el incremento de esta. ANEXO V De las Infracciones en los Procesos de Titulizacion de Activos A) Son infracciones de la sociedad titulizadora: 1.- Muy Graves 1.1 Destinar los activos o recursos del patrimonio fideicometido a fines distintos de los previstos en el acto constitutivo. 1.2 No cumplir con las funciones establecidas en el acto constitutivo y demas normas correspondientes. 1.3 No mantener los activos fideicometidos separados de los que integran su patrimonio y de los que corresponden a otros patrimonios fideicometidos. 1.4 No llevar un registro por cada fideicomiso que tiene bajo su dominio. 1.5 No mantener cuentas bancarias separadas para cada patrimonio fideicometido bajo su dominio. 1.6 No transferir el patrimonio fideicometido al fiduciario reemplazante, o no contribuir con las inscripciones registrales, asi como no otorgar los instrumentos que correspondan, en los casos de renuncia, remocion o ingreso, en un MORDAZA de disolucion y liquidacion. 1.7 No procurar el perfeccionamiento de las transferencias fiduciarias de los activos que integran los patrimonios fideicometidos bajo su dominio, o no adoptar las medidas necesarias para conservar, proteger y defender su derecho como fiduciario en relacion con los activos que los integran. 1.8 No entregar los activos fideicometidos al destinatario del remanente del patrimonio extinguido, una vez producida la extincion del fideicomiso por cumplimiento de su finalidad. 1.9 Permitir que el fideicomiso sea utilizado como un medio para perjudicar los intereses de los acreedores del fideicomitente u obtener beneficios indebidamente. 1.10 No contratar, cuando le corresponda segun los terminos del acto constitutivo, los servicios de sociedades de auditoria para la fiscalizacion y revision periodica de las operaciones relativas a los activos que integran los patrimonios fideicometidos bajo su dominio. 2.- Graves 2.1 Contar con un patrimonio neto inferior al monto del capital social minimo establecido por la normativa. 2.2 No mantener el capital minimo de acuerdo con los parametros establecidos en la normativa. 2.3 No incrementar el capital minimo de la sociedad, en funcion del numero y monto de los patrimonios sobre los que ejerce dominio fiduciario, en los terminos y condiciones senalados por CONASEV. 2.4 No incrementar el patrimonio neto, cuando este es inferior al monto del capital social minimo establecido por la normativa. 2.5 Otorgar garantias con los activos que integran su patrimonio, genericas o especificas, salvo que estas se establezcan en relacion con los patrimonios bajo su dominio fiduciario. 2.6 Otorgar garantias con activos que integran su patrimonio, relacionadas con patrimonios fideicometidos bajo su dominio, excediendo los limites permitidos por la normativa. 2.7 No convocar a junta de fideicomisarios, cuando lo hayan solicitado quienes representan al menos la MORDAZA parte (1/5) de los derechos respaldados por el patrimonio fideicometido o para solicitar instrucciones cuando asi lo exijan las circunstancias. 2.8 No cumplir con designar un factor fiduciario o comision administradora, cuando corresponda. 2.9 No contratar los servicios de sociedades de auditoria para la fiscalizacion y revision periodica de las operaciones relativas a los activos que integran los patrimonios fideicometidos bajo su dominio.

2.10 Ejercer el derecho de MORDAZA en las juntas de fideicomisarios cuando tenga calidad de fideicomisario. 2.11 No rendir cuentas oportunamente a las personas que se senale en el acto constitutivo del fideicomiso o no hacerlo de acuerdo con las normas establecidas en el mismo. 2.12 No conservar sus libros y documentos por el plazo establecido en la normativa. 2.13 No comunicar la celebracion de fideicomisos de titulizacion en los que los valores vayan a ser objeto de oferta privada, dentro de los dos (2) dias de celebrado el acto constitutivo o de cumplida la formalidad requerida, de acuerdo con lo establecido en la normativa. 3.- Leves 3.1 No comunicar los cambios de los directores, gerentes, representantes, factores fiduciarios o miembros de la comision administradora u organo equivalente, dentro de los dos (2) dias de efectuada la designacion correspondiente, debiendose adjuntar la MORDAZA del instrumento acreditativo, el curriculum vitae y declaracion jurada de las personas designadas de no estar sujetas a impedimentos. 3.2 No comunicar el nombre de las personas que posean o adquieran un porcentaje superior al cinco por ciento (5%) de participacion en su capital, dentro de los dos (2) dias de conocida la transferencia. B) Son infracciones de la sociedad de proposito especial: 1.- Muy Graves 1.1 Modificar el objeto social sin contar con la previa aprobacion de los titulares de los valores que hubiera emitido por oferta publica, cuando corresponda. 2.- Graves 2.1 No tener, cuando la sociedad de proposito especial es totalmente controlada por el originador, al menos un miembro independiente no vinculado a este, en cada organo colegiado de la sociedad. 2.2 Solicitar su declaratoria de insolvencia sin contar con el MORDAZA aprobatorio de la persona independiente no vinculada del organo colegiado que corresponda, cuando la sociedad de proposito especial es totalmente controlada por el originador. 2.3 Llevar sus registros y estados financieros mediante persona vinculada al originador, cuando la sociedad de proposito especial es totalmente controlada por este. 2.4 No comunicar el nombre de las personas que cuenten o adquieran un porcentaje superior al cinco por ciento (5%) de participacion en su capital con derecho de MORDAZA, dentro de los dos (2) dias de conocida la transferencia. 3.- Leves 3.1 No comunicar cualquier modificacion de estatutos dentro del dia siguiente de adoptado el acuerdo. 3.2 No comunicar los cambios de directores, gerentes y de representantes, dentro de los dos (2) dias de efectuada la designacion correspondiente. C) Son infracciones del originador: 1.- Muy Graves 1.1 Utilizar activos embargados o sujetos a litigio cuando los valores a respaldar vayan a ser objeto de oferta publica en el territorio nacional. 1.2 No publicar, o no hacerlo durante el plazo previsto en la normativa, en los casos que corresponda, la cesion de derechos, o realizar una publicacion que no permita identificar plenamente los activos objeto de cesion o el nombre del cedente o el del cesionario. 1.3 No cumplir con las obligaciones que le correspondan de conformidad con los terminos del acto constitutivo y las normas correspondientes, segun corresponda. D) Son infracciones del servidor: 1.- Graves 1.1 No mantener en forma separada los activos que tiene en su poder en su calidad de servidor y los documentos relativos a estos. 1.2 No entregar los activos y documentos al sustituto del servidor, que se hubiera designado, o a quien ejerza la titularidad del patrimonio de proposito exclusivo, en procesos de disolucion y liquidacion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.