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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (31/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 212092 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 31 de octubre de 2001 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 235-2001-ITINCI Lima, 30 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 224-2001- ITINCI, del 5 de octubre del 2001, se autorizó el viaje del señor Eduardo Ferreyros Kuppers, a la ciudad de Was- hington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, del 9 al 13 de octubre para que en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Co- merciales Internacionales, participe en reuniones de trabajo con congresistas americanos y representantes del Poder Ejecutivo a fin de sustentar la posición perua- na sobre la renovación de la ley de Preferencias Arance- larias Andinas - ATPA y la inclusión de las confecciones textiles peruanas en la misma; Que, por razones de fuerza mayor las reuniones han sido diferidas, debiendo llevarse a cabo del 6 al 8 de noviembre del presente año; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25831 y Decreto Supremo Nº 048-2001- PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Eduardo Ferreyros Kuppers, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica del 5 al 9 de noviembre del 2001, con el objeto de que participe en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Ne- gociaciones Comerciales Internacionales, en las reunio- nes mencionadas en la parte considerativa de la presen- te Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, estarán a cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al si- guiente detalle: Señor EDUARDO FERREYROS KUPPERS Pasajes US$ 930.06 Viáticos US$ 1,100.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Industria, Turis- mo, Integración y Negociaciones Comerciales Inter- nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República RAUL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 33722 Autorizan viaje de representante del Ministerio a Panamá para participar en reunión de coordinación y del Grupo de Negociación sobre Servicios, en el marco del ALCA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 234-2001-ITINCI Lima, 30 de octubre de 2001CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Panamá, República de Panamá, se llevará a cabo la Reunión de Coordinación Andina y la "XIV Reunión del Grupo de Negociación sobre Servi- cios", en el marco del proceso de negociaciones del Area de Libre Comercio de las Américas, del 5 al 9 de noviem- bre del 2001; Que, es conveniente autorizar la participación de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internaciona- les en dichas reuniones; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25831 y Decreto Supremo Nº 048-2001- PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Lilia- na Honorio Malásquez, a la ciudad de Panamá, Repú- blica de Panamá, del 5 al 9 de noviembre del 2001, para que en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales asista y participe en las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, estarán a cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al si- guiente detalle: Señorita LILIANA HONORIO MALASQUEZ Pasajes US$ 413.00 Viáticos US$ 1,000.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República RAUL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 33721 Aprueban Reglamento del Juego "Caribbean Draw Poker" RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1042-2001-MITINCI/VMT/DNT Lima, 24 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153, se aprobó la Ley que regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas estableciéndose en su Artículo 24º, que la Dirección Nacional de Turismo es la autoridad adminis- trativa competente respecto de las actividades vincula- das a la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas; Que, asimismo, según lo dispuesto en el Artículo 25º inciso b) de la mencionada Ley, corresponde a la Direc- ción Nacional de Turismo expedir directivas de cumpli- miento obligatorio para la mejor aplicación de la Ley y sus normas reglamentarias; Que, sólo pueden explotarse en el país aquellas moda- lidades de juegos de casino que cuentan con autorización administrativa y su correspondiente registro; Que, el propósito de los reglamentos de los juegos es establecer estándares mínimos uniformes para el desa- rrollo transparente e imparcial de los juegos de casino