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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (31/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 212104 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 31 de octubre de 2001 aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Artí- culo 3º de la Resolución Directoral Nº 003-99-PE/DNPP; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la licencia de operación otorgada a CONGELADOS PACIFICO SUR S.A.C. - CONGESUR S.A.C., a través de la Resolución Directo- ral Nº 003-99-PE/DNPP, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería - CTAR - ICA. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNANDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 33629 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 299-2001-PE/DNEPP Lima, 29 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 128-98-PE/ DNPP del 17 de junio de 1998, se otorgó a GREGORIO CRUZ CANELO TORRES, licencia para la operación de una planta de procesamiento pesquero artesanal, en su establecimiento pesquero ubicado en la calle Grecia Nº 603, distrito de San Andrés, provincia de Pisco, departa- mento de Ica, para desarrollar la actividad de desvalve y refrigerado de moluscos con una capacidad de 2 t/día; Que de la inspección efectuada el 23 de julio del 2001,por la Dirección Regional de Pesquería de Ica a la planta de procesamiento pesquero artesanal señalada en el considerando anterior, se constató que la misma se encuentra en estado inoperativo; Que los actos administrativos dejan de producir efec- tos jurídicos, entre otros, por la extinción de su objeto, como en el presente caso, en que el derecho administra- tivo ha dejado de contar con la condición previa para su vigencia, cual es la operatividad de la planta de procesamiento, por lo que procede emitir el acto admi- nistrativo declarativo que formalice la extinción del objeto de la Resolución Directoral Nº 128-98-PE/DNPP, por el cual esta última ha dejado de producir sus efectos, incurriendo en incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3º de la misma Resolución y el Artículo 43º inciso d) del Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, a través del Informe Nº 397- 2001-PE/DNEPP-Dap, de fecha 29 de agosto del 2001, y con la opinión favorable de la Oficina General de Aseso- ría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Artículo 28º, numeral 1 del Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca; los Artículos 48º y 50º, numeral 50.2, de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Artí- culo 3º de la Resolución Directoral Nº 128-98-PE/DNPP; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la licencia de operación otorgada a GREGORIO CRUZ CANELO TORRES, a través de la Resolución Directoral Nº 128-98-PE/DNPP, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería - CTAR - ICA. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNANDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 33630Dejan sin efecto resolución mediante la cual se otorgó a empresa autoriza- ción para instalar planta de enlatado de recursos hidrobiológicos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 300-2001-PE/DNEPP Lima, 29 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Nº 035-98-PE/DNPP del 20 de marzo de 1998, se otorgó a EXALMAR S.A. autorización para la instalación de una planta de enlata- do de recursos hidrobiológicos, con una capacidad pro- yectada de 5000 cajas/turno, en su establecimiento in- dustrial ubicado en la calle Julio Beltrán s/n, Puerto Casma, distrito Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Ancash y, en su Artículo 4º, se estable- ce como causal de caducidad, el incumplimiento de la ejecución de dicha autorización conforme al ordena- miento jurídico pesquero y en el plazo de un año contado a partir de la fecha de expedición de dicha resolución; Que según Escritura Pública del 5 de enero de 1998, CORPORACION MATTA S.A. se fusionó por absorción, entre otras, con EXALMAR S.A. incorporando el patri- monio de esta persona jurídica en su beneficio, asimismo, por Escritura Pública del 5 de diciembre de 1997 modificó su denominación social por PESQUERA EXALMAR S.A.; Que mediante la inspección técnica efectuada de oficio por la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, el 12 de julio del 2001, en el establecimiento industrial de PESQUERA EXALMAR S.A. se verificó, que la autorización otorgada por Resolución Directoral Nº 035-98-PE/DNPP no ha sido ejecutada, al haber incumpli- do la recurrente con instalar la planta de enlatado de recursos hidrobiológicos autorizada, en el plazo concedido de un año, según Acta de Inspección del 12 de julio del 2001; en consecuencia, procede dejar sin efecto la Resolu- ción Directoral mencionada, al haberse extinguido dicha autorización por el vencimiento del plazo sin ejecutarse; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera mediante su informe Nº 294-2001-PE/ DNEPP-Dap del 16 de julio del 2001 y, con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con los Artículos 3º y 4º de la Resolu- ción Directoral Nº 035-98-PE/DNPP y el Artículo 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Directo- ral Nº 035-98-PE/DNPP, del 20 de marzo de 1998, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería de Ancash. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME HERBOZO FERNANDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 33631 PROMUDEH Aprueban donación efectuada por el Secretariado Latinoamericano de la Compañía de Jesús a favor de Asocia- ción Círculos Sociales Católicos - Movi- miento de Acción Social "CIRCA - MAS" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 375-2001-PROMUDEH Lima, 25 de octubre de 2001