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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (31/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 212102 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 31 de octubre de 2001 Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 495- 2001-PE/DNEPP-Dap y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el procedi- miento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE y el Artículo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el último párrafo del Artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 147-2001-PE/DNEPP, del 23 de julio del 2001, entendiéndose como una de las causales de caducidad de la autorización de incremento de flota, construir una embarcación pesquera con carac- terísticas diferentes a las de una embarcación de cerco. Artículo 2º.- Otorgar a JADRAN S.A., permiso de pesca a plazo determinado, para operar la embarcación pesquera denominada "JADRAN II", registrada con matrícula Nº CE-20735-PM, de 293.78 m3 de volumen de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.) de longitud mínima de abertura de malla; según corresponda, para la extrac- ción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa. Artículo 3º.- La vigencia del permiso de pesca otorga- do por la presente resolución está supeditada a la opera- tividad de la embarcación pesquera y al pago por concep- to de derechos de pesca conforme a lo dispuesto en el Artículo 33º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. El incumplimiento del pago parcial o total de los derechos de pesca en el plazo y condiciones establecidas determi- nará la suspensión o caducidad del permiso de pesca según corresponda, de acuerdo al Artículo 43º del texto legal antes mencionado. Artículo 4º.- Las operaciones de pesca están suje- tas a lo dispuesto en las normas legales vigentes y a las que se emitan sobre regulación y ordenamiento pes- quero. Artículo 5º.- Incorporar la presente Resolución y a la embarcación pesquera "JADRAN II" al literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 339-2001-PE y al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 340-2001-PE. Artículo 6º.- Excluir la autorización de incremento de flota otorgada a JADRAN S.A. por Resolución Direc- toral Nº 147-2001-PE/DNE, del Anexo III de la Resolu- ción Ministerial Nº 339-2001-PE. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direccio- nes Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Lamba- yeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNANDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 33626 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcación pes- quera de bandera nacional a favor de Luciana S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 295-2001-PE/DNEPP Lima, 29 de octubre del 2001Visto el expediente con escrito de registro Nº CE- 00101003, de fecha 12 de febrero del 2001, presentado por LUCIANA S.A.C. CONSIDERANDO: Que el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlle- va la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgó; Que por Resolución Ministerial Nº 631-95-PE, de fecha 13 de noviembre de 1995, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, en adecuación a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros armado- res pesqueros a EMPRESA PESQUERA MARIA TERE- SA S.A., para operar la embarcación pesquera de bande- ra nacional "TIBURON 6" de matrícula Nº CE-4122-PM, de 300 TM de capacidad de bodega, para dedicarse a la extracción de recursos hidrobiológicos de consumo hu- mano indirecto, en el ámbito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que mediante los escritos del visto, LUCIANA S.A.C. solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorga- do mediante la resolución mencionada en el consideran- do precedente, al haber adquirido la propiedad de la embarcación pesquera "TIBURON 6" conforme consta en el respectivo certificado compendioso de dominio, en virtud a la fusión por la que PEEA LUCIANA S.C.R.Ltda. absorbió a EMPRESA PESQUERA MARIA TERESA S.R.Ltda. y PESQUERA CONSTANCIA I S.A., transfi- riéndose a su favor los activos y pasivos de estas últimas empresas, conforme a la escritura pública de fecha 15 de abril de 1994, extendida ante el Notario Honorato W. Campos Iturrizaga; para cambiar posteriormente su denominación por la de LUCIANA S.A.C., mediante escritura pública del 8 de setiembre de 1998, extendida por el Notario Gustavo A. Magan Marcovich; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que, la recu- rrente ha cumplido con presentar los requisitos estable- cidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Proce- dimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE, por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Admi- nistración Pesquera y con la visación de la Oficina Gene- ral de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería aprobado por Decreto Su- premo Nº 007-2000-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y la Resolución Ministerial Nº 339-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permi- so de pesca para operar la embarcación pesquera de bandera nacional "TIBURON 6", a favor de LUCIANA S.A.C., en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado, según se indica a continuación: PERMISO DE PESCA NUEVO NOMBRE DE LA NUMERO DE CAPACIDAD R.M. Nº FECHA TITULAR EMBARCACION MATRICULA DE BODEGA (m3) 631-95-PE 1995-11-13 LUCIANA S.A.C. TIBURON 6 CE-4122-PM 334,38 Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a EMPRESA PES- QUERA MARIA TERESA S.A., a través de la Resolu- ción Ministerial Nº 631-95-PE de fecha 13 de noviem- bre de 1995, para operar la embarcación pesquera denominada "TIBURON 6". Artículo 3º.- Consignar a LUCIANA S.A.C., como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación "TIBURON 6", así como la presente resolu- ción, al literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial