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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (31/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 212107 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 31 de octubre de 2001 (4) Para Vehículos a Gasolina: Unicamente para controles en carretera o vía pública, que se realicen a más de 1800 m.s.n.m., se aceptarán los siguientes valores sólo para HC: modelos hasta 1995, HC 450 ppm y 8% CO + CO2, modelos 1996 en adelante, HC 350 ppm y 8% CO + CO2 VEHICULOS MAYORES A DIESEL (livianos, medianos y pesados) AÑO DE Opacidad : k(m -1) (5) Opacidad en % FABRICACION Antes de 1995 3,0 72 1996 en adelante 2,5 65 2003 en adelante 2,1 60 (5) Unicamente para controles en carretera o vía pública, que se realicen a más de 1000 m.s.n.m., se aceptará una corrección por altura de 0,25 k(m-1) por cada 1000 m.s.n.m. adicionales, hasta un máximo de 0,75 k(m-1) II. LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES PARA VEHICULOS NUEVOS QUE SE INCORPOREN (IMPORTADOS O PRODUCIDOS) A NUESTRO PARQUE AUTOMOTOR VEHÍCULOS MAYORES AUTOMOTORES VEHÍCULOS LIVIANOS Alternativa 1: VEHICULOS DE PASAJEROS PBV ≤ 2.5 Ton o ≤ 6 asientos Año Norma Directiva Tipo de CO HC+ NOx HC NOx PM aplicación motor g/km g/km g/km g/km g/km 2003 EURO II 94/12/EC Gasolina 2,20 0,50 —— —— —— 94/12/EC Diesel IDI 1,00 0,70 —— —— 0,08 94/12/EC Diesel DI 1,00 0,90 —— —— 0,10 2007 EURO III 98/69/EC (A) Gasolina 2,30 —— 0,20 0,15 —— 98/69/EC (A) Diesel 0,64 0,56 —— 0,50 0,05 Alternativa 2: VEHICULOS DE PASAJEROS (LDV) ≤ 12 asientos Año Norma Regulación Tipo de CO HC+ NOx HC NOx PM aplicación motor g/mi g/mi g/mi g/mi g/mi 2003 Tier 0 US83LDV Gasolina 3,40 —— 0,41 1,00 —— US87LDV Diesel 3,40 —— 0,41 1,00 0,20 Nota: Para la primera etapa (años 2003 a 2006), los importadores, fabricantes o ensambladores, podrán optar por la Alternativa 1 o la Alternativa 2 o ambas para homologar sus vehículos. VEHICULOS MEDIANOS Alternativa 1: VEHICULOS DE PASAJEROS >2,5 Ton PBV o > 6 asientos / VEHÍCULOS DE CARGA < 3,5 Ton PBV CLASE Año Norma Directiva Tipo de CO HC+ NOx HC NOx PM Peso orden aplicación Motor g/km g/km g/km g/km g/km de marcha I 2003 EURO II 96/69/EC Gasolina 2,20 0,50 —— —— —— ≤ 1250 kg. 96/69/EC Diesel IDI 1,00 0,70 —— —— 0,08 96/69/EC Diesel DI 1,00 0,90 —— —— 0,10 ≤ 1305 kg. 2007 EURO III 98/69/EC (A)Gasolina 2,30 —— 0,20 0,15 —— 98/69/EC (A)Diesel 0,64 0,56 —— 0,50 0,05 II 2003 EURO II 96/69/EC Gasolina 4,00 0,60 —— —— —— ≤ 1700 kg. 96/69/EC Diesel IDI 1,25 1,00 —— —— 0,12 96/69/EC Diesel DI 1,25 1,30 —— —— 0,14 ≤ 1760 kg. 2007 EURO III 98/69/EC (A)Gasolina 4,17 —— 0,25 0,18 —— 98/69/EC (A)Diesel 0,80 0,72 ——- 0,65 0,07 III 2003 EURO II 96/69/EC Gasolina 5,00 0,70 —— —— —— > 1700 kg. 96/69/EC Diesel IDI 1,50 1,20 —— —— 0,17 96/69/EC Diesel DI 1,50 1,60 —— —— 0,20 > 1760 kg. 2007 EURO III 98/69/EC (A)Gasolina 5,22 —— 0,29 0,21 —— 98/69/EC (A)Diesel 0,95 0,86 —— 0,78 0,10 Alternativa 2: VEHICULOS DE PASAJEROS (LDT) < 3864 kg. PBV y > 12 asientos / VEHÍCULOS DE CARGA (LDT) < 3864 kg. PBV CLASE Año Norma Regulación Tipo de CO HC+ NOx HC NOx PM Peso Bruto aplicación Motor g/mi g/mi Grmi g/mi g/mi Vehicular LDT1 2003 Tier 0 US87LDT Gasolina 10,00 —— 0,80 1,20 —— ≤ 1704 kg. US87LDT Diesel 10,00 —— 0,80 1,20 0,26 LDT2 2003 Tier 0 US87LDT Gasolina 10,00 —— 0,80 1,70 —— > 1704 kg. US87LDT Diesel 10,00 —— 0,80 1,70 0,13 < 3864 kg. Nota: Para la primera etapa (años 2003 a 2006), los importadores, fabricantes o ensamblado- res, podrán optar por la Alternativa 1 o la Alternativa 2 o ambas para homologar sus vehículos. VEHICULOS PESADOS VEHICULOS DE PASAJEROS o DE CARGA > 3,5 Ton PBV Año Norma Ciclo Directiva CO HC Nox PM Humo aplicación g/kw-h g/kw-h G/kw-h g/kw-h (m-1) 2003 EURO II 13 pasos 96/1/EC 4,00 1,10 7,00 0,15 —— —— —— —— 0,25* —— 2007 EURO III ESC+ ELR 88/77/EEC 2,10 0,66 5,00 0,10 0,8 —— —— —— 0,13* —— *para motores con cilindradas de menos de 750 cc por cilindro y una potencia máxima a más de 3000 RPMciones que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 12º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil uno. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción ANEXO Nº 1 VALORES DE LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES I. LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES PARA VEHICULOS EN CIRCULACION A NIVEL NACIONAL a) PARA SU APLICACIÓN INMEDIATA VEHÍCULOS MAYORES A GASOLINA, GAS LICUADO DE PETRÓLEO Y GAS NATURAL (livianos, medianos y pesados) AÑO DE CO % de Volumen HC (ppm) (1) CO + CO 2 % (mínimo) (1) FABRICACION Hasta 1995 4,5 600 10 1996 en adelante 3,5 400 10 (1) Para vehículos a Gasolina : Unicamente para controles en carretera o vía pública, que se realicen a más de 1800 m.s.n.m., se aceptarán los siguientes valores, para Hidrocarburos (HC): modelos hasta 1995; HC 650 ppm y 8% CO + CO2, modelos 1996 en adelante; HC 450 ppm y 8% CO + CO2 VEHÍCULOS MAYORES A DIESEL (Livianos, medianos y pesados ) AÑO DE Opacidad : k(m -1) (2) Opacidad en % FABRICACION Antes de 1995 3,4 77 1996 en adelante 2,8 70 (2) Para Vehículos a Diesel : Unicamente para controles en carretera o vía pública, que se realicen a más de 1000 m.s.n.m., se aceptará una corrección por altura de 0.25 k(m-1) por cada 1000 m.s.n.m. adicionales, hasta un máximo de 0.75 k(m-1) VEHICULOS MENORES CON MOTORES DE DOS TIEMPOS QUE USAN MEZCLA DE GASOLINA - ACEITE COMO COMBUSTIBLE Volumen desplazamiento nominal cc CO % de volumen HC ppm Mayores de 50 cc (3) 2,5 8000 VEHICULOS MENORES CON MOTORES DE CUATRO TIEMPOS QUE USAN GASOLINA COMO COMBUSTIBLE Volumen desplazamiento nominal cc CO % de volumen HC ppm Mayores de 50 cc (3) 4,5 600 VEHICULOS MENORES CON MOTORES DE CUATRO TIEMPOS QUE USAN DIESEL COMO COMBUSTIBLE Volumen desplazamiento nominal cc Opacidad : k(m -1) Opacidad en % Mayores de 50 cc (3) 2,1 60 (3) Vehículos menores de 50 cc no requieren prueba de emisiones. b) PRIMER REAJUSTE: A LOS DIECIOCHO MESES DE LA PUBLICACION DEL PRESENTE DECRETO SUPREMO VEHÍCULOS MAYORES A GASOLINA, GAS LICUADO DE PETRÓLEO Y GAS NATURAL (livianos, medianos y pesados) AÑO DE CO% de Volumen HC (ppm) (4) CO + CO 2 % (mínimo) FABRICACION Hasta 1995 3,0 400 10 1996 en adelante 2,5 300 10 2003 en adelante 0,5 100 12