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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (05/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 209612 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de setiembre de 2001 Estando a lo expuesto, de conformidad con el Dictamen Nº 116-2001-MPL/CPL-CPDE y a lo establecido en el nume- ral 3) de los Artículos 36º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo por UNANIMI- DAD ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Condonar el 100% del Interés Moratorio para el pago de la deuda tributaria por concepto del Primer, Segundo y Tercer Trimestre del Impuesto Predial y del mes de enero al mes de agosto de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2001, hasta el 29 de setiembre del año en curso. Artículo Segundo.- Prorrogar la fecha de vencimiento de la Tercera Cuota del Impuesto Predial hasta el 29 de setiembre del año en curso. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Desarro- llo Económico y a la Oficina de Informática y Catastro, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Adminis- tración, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Oficina de Secretaría Gene- ral y del Concejo y a la Oficina de Comunicación Social su difusión oportuna. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 30365 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Sancionan con destitución a servidora de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 149-2001-ALC/MSI San Isidro, 3 de setiembre del 2001 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO VISTO: El Informe Nº 004-2001-CPPAD/MSI de la Co- misión Permanente de Procesos Administrativos Discipli- narios de los servidores empleados de fecha 10 de agosto del 2001. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0132-2001- ALC/MSI publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de julio del 2001 se instauró Proceso Administrativo Discipli- nario a la servidora empleada MARÍA DEL CARMEN GIUSTI HUNDSKOPF por haber incumplido los deberes que impone el servicio público establecidos en los incisos b) y d) del Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 276, al interponer sus intereses personales a los deberes del servi- cio y demostrando falta de vocación de servicio; asimismo, por haber hecho abandono de trabajo; Que, luego del análisis de los antecedentes, del descargo de la servidora procesada, de la deliberación y del debate correspondiente, los miembros de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios llegaron a la conclusión que efectivamente doña María del Carmen Gius- ti Hundskopf ha incumplido los deberes que impone el servicio público establecidos en los incisos b) y d) del Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 276; asimismo, ha cometido faltas disciplinarias tipificadas en los incisos a) y k) del Artículo 28º de la acotada norma legal, al no haber demostrado fehacientemente que contaba con la autoriza- ción de la Dirección de Proyección Social, Cultura y Depor- tes para continuar con la Licencia sin goce de haber que culminó el 30 de junio del presente año; más aún, dicha trabajadora no se incorporó al término de la mencionada Licencia, transgrediendo el Artículo 31º del Reglamento de Asistencia y Permanencia para el Personal de la Municipa-lidad de San Isidro; por lo que acordaron por unanimidad recomendar la imposición de la sanción de Destitución a la procesada; Que, con fecha 15 de agosto del 2001, doña María del Carmen Giusti Hundskopf, ha presentado renuncia irrevo- cable al puesto que ocupara en la Municipalidad de San Isidro, solicitando se le exonere del plazo de Ley y se le otorguen los beneficios que le correspondan, hecho que materializa después de la publicación en el Diario Oficial El Peruano sobre la instauración del Proceso Administrativo tratado; Que, según lo opinado por la Unidad de Personal me- diante el Informe Nº 326-2001-18-UPER/MSI del 28 de agosto del presente año, los servidores públicos están impedidos de presentar renuncia mientras no se resuelva el Proceso Administrativo Disciplinario de acuerdo con lo establecido en el Artículo 172º del Reglamento de la Carre- ra Administrativa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Munici- palidades; RESUELVE: Artículo 1º.- Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa, DECLARAR IMPROCEDENTE la renuncia formulada por doña María del Carmen Giusti Hundskopf a su cargo de Carrera en la Municipalidad de San Isidro, de acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 172º del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Artículo 2º.- IMPONER LA SANCIÓN DE DESTITU- CIÓN a la servidora empleada MARÍA DEL CARMEN GIUSTI HUNDSKOPF por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, debiendo publicarse en el Diario Oficial El Peruano, quedando impe- dida de regresar al servicio público durante el término de cinco años a partir del día siguiente de notificada la presen- te Resolución. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Oficina de Administra- ción para que a través de la Unidad de Personal, efectúe las acciones a que hubiere lugar. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GONZALO GARCÍA CALDERÓN MOREYRA Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 30360 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Aprueban ordenanza que modifica el Cuadro Único de Infracciones y Sancio- nes de la Municipalidad ORDENANZA Nº 0011-2001-MDSA Santa Anita, 3 de setiembre de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santa Anita, en Sesión de Concejo de fecha 2 de setiembre de 2001, ha aprobado en forma unánime la siguiente Ordenanza: MODIFICACION AL CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA Artículo Unico.- Agréguese el numeral 4 dentro de las Notas consignadas en el Cuadro Unico de Infracciones y