Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2001 (05/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, miercoles 5 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES

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de Educacion, a la Superintendencia de Bienes Nacionales, a la Empresa Luz del Sur y a la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA para su conocimiento y fines. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora de Habilitaciones Urbanas Direccion General de Obras 30253

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Aprueban Reglamento de Publicidad Exterior en el distrito
ORDENANZA Nº 037-MDB Brena, 26 de MORDAZA del 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Brena, en Sesion Ordinaria de la fecha, los miembros del Concejo aprobaron por MAYORIA, con la unica abstencion del Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quinones, y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta aprobo la siguiente Ordenanza; REGLAMENTO DE PUBLICIDAD EXTERIOR PARA LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE BRENA TITULO I GENERALIDADES CAPITULO I OBJETIVOS Y ALCANCES Articulo 1º.- Contenido de la Ordenanza.- La presente Ordenanza regula los aspectos tecnicos y administrativos que MORDAZA la instalacion de publicidad exterior en el distrito de Brena, a fin de conservar y preservar la seguridad de la poblacion, el orden y ornatos publicos y la estetica MORDAZA del distrito. Articulo 2º.- Alcances de la Ordenanza.- La presente Ordenanza es de aplicacion en la jurisdiccion del distrito de Brena. Articulo 3º.- Limites de la Ordenanza.- La presente Ordenanza regula estrictamente los elementos publicitarios que se utilizan para la Publicidad Exterior comercial de bienes y servicios, quedando excluida cualquier otra actividad de informacion publica o politica. Asimismo la presente Ordenanza no otorga competencia a la Municipalidad para normar o intervenir en cuanto al contenido y forma de los anuncios, salvo cuando los mismos afecten la salud, las buenas costumbres y moral publica y/o promuevan el consumo de drogas o sustancias toxicas asi como acciones violentas o ilegales. CAPITULO II DEFINICIONES Y CLASIFICACION Articulo 4º.- Definiciones.- Para efectos de la presente Ordenanza se entiende por: a) Anuncio.- Texto, leyenda y/o forma de representacion visual grafica que transmite un mensaje publicitario. b) Bienes de Dominio Privado.- Bienes destinados al uso o fines particulares o privados, independientemente de quien sea su propietario. c) Bienes de Dominio Publico.- Bienes destinados al uso publico, sujetos a la administracion municipal, caminos, puentes, plazas, jardines, avenidas, paseos, calles con sus respectivos elementos constitutivos como calzadas, aceras, bermas, separadores y similares, y edificios publicos o analogos incluyendo sus aires.

d) Elementos de Publicidad Exterior.- Unidades fisicas donde se colocan, sostienen o adosan anuncios publicitarios. Pueden ser fijos o moviles. e) Mobiliario Urbano.- Estructura o elemento que sirve para prestar servicios a la comunidad, tales como: Paraderos de transporte publico, bancas, casetas, telefonicas, servicios higienicos, elementos de informacion municipal, elementos de informacion horaria y/o de temperatura, kioscos, puestos de venta o de prestacion de servicios autorizados en la via publica y otros elementos o estructuras similares. f) Paramento.- Elemento de una edificacion que presenta una superficie exterior visible desde la via publica. g) Propietario.- Persona natural o juridica titular de los elementos de publicidad exterior. h) Publicidad Exterior.- Transmision de anuncios o mensajes publicitarios a traves de estructuras o elementos especiales que se colocan, instalan o adhieren en bienes de dominio publico y/o privado o mobiliario MORDAZA de modo tal que puedan ser visibles desde la via publica. Tambien se incluyen a los elementos fijos colocados en las fachadas de establecimientos, con frente a areas de circulacion de publico en galerias y centros comerciales y los colocados en el interior de lugares de concentracion de publico como estadios, coliseos, etc. Articulo 5º.- Clases de elementos de Publicidad Exterior: a) Ecologico.- Publicidad Exterior cuyo anuncio se elabora con elementos organicos o inorganicos implantadas en areas verdes, jardines, taludes o laderas de cerros. b) Cartel o Afiche.- Anuncio impreso en una superficie laminar de papel, carton o material similar, que se adhiere a una cartelera. c) Globo aeroestatico anclado.- Elemento de esta naturaleza que se sostiene anclado al suelo. d) Inflable.- Elemento cuyo volumen o formas son adquiridas mediante su llenado por medio de gas o similares. e) Letrero.- Elemento de una o mas caras que puede llevar superficies multiples que lleva adosado o impreso el anuncio. Puede ser luminoso o MORDAZA, instalado directamente en una estructura independiente, en los paramentos de las edificaciones o en elementos moviles. f) Marquesina.- Elemento arquitectonico que sobresale del limite de la edificacion, cubriendo parte de la vereda, encontrandose libre en su parte superior, de toda construccion. g) Panel Simple.- Elemento constituido por superficies rigidas que no exceden de dieciocho metros cuadrados (18 m2) sostenido en parantes sencillos o adosados a los paramentos de las construcciones. h) Panel Monumental.- Elemento que requiere de una estructura especial y que se sostiene de uno o mas puntos de apoyo el cual debe ser construido conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Construcciones y las normas municipales aplicables. i) Proyecciones.- Anuncios que se efectuan mediante empleo de rayos de luz emitidos por equipos de proyeccion hacia determinada superficie lisa. j) Toldos.- Cubiertas de tela u otro material analogo que se sostienen en las fachadas de los predios o mobiliario MORDAZA, y que tienen impreso o adosado un anuncio. k) Escultorico.- Elementos conformados por un conjunto de objetos y/o volumenes figurativos o abstractos. l) Paleta Monumental.- Elemento conformado por una estructura especial que cuenta con dos superficies planas, no necesariamente rigidas, las cuales se apoyan sobre un elemento vertical (poste) y que por su forma total se asemeja a una paleta y que cuenta con iluminacion especial. m) Variable.- Elemento que contiene un anuncio cuya apariencia varia por medios mecanicos, electricos o electronicos. n) Giratorios.- Elementos cuyas estructuras estan disenadas para que el panel gire en su propio eje o sobre un mecanismo giratorio o movil. o) Moviles.- Elementos de publicidad exterior que se desplazan de un espacio fisico a otro, a traves de dos medios: 1. Medios de Transporte. 2. Por personas.

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