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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (15/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 201003 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de setiembre de 2001 De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738 y el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por la empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTRO- MIN PERU S.A. a favor del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Madre de Dios, consis- tente en el inmueble ubicado en la Calle Nº 11 del Conjunto Habitacional Carlos Fermín Fitzcarrald, dis- trito y provincia de Tambopata, departamento de Ma- dre de Dios, con un área total de 324,00 m2 y un área construida de 60,50 m2, inscrito en el Tomo 19, Folio 354, Asiento 04, Ficha Registral Nº 00014426 del Re- gistro de Propiedad Inmueble de Madre de Dios, así como los activos y materiales descritos en el Anexo de la Resolución Suprema Nº 087-2001-EM. Artículo 2º.- El Titular del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Madre de Dios, suscri- birá la documentación pertinente para la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de Madre de Dios y en el Margesí de Bienes Nacionales el terreno y demás activos y materiales recibidos en donación que se encuentran descritos en el Anexo de la Resolución Suprema Nº 087-2001-EM, a nombre de dicha entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia 30889 Aceptan donación efectuada por Electroperú S.A. a favor del CTAR Tumbes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 322-2001-PRES Lima, 7 de setiembre del 2001 Vistos el Oficio Nº 0780-2001/CTAR TUMBES-P- GRAJ y el Oficio Nº 0810-2001/CTAR TUMBES-P, ambos del Presidente Ejecutivo del Consejo Transito- rio de Administración Regional - CTAR Tumbes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 242-2001/CTAR TUMBES- DREMT-DR, la Dirección Regional de Energía y Minas del CTAR Tumbes solicita a ELECTROPERÚ S.A. la donación de una camioneta pick up, marca Nissan, modelo Fiera, doble cabina, tracción 4 x 4, placa OO- 3560, año 1991, vehículo que ha sido dado de baja de sus registros por desuso, aprobándose la misma a través de la Sesión de Directorio Nº 1090 (O.D.7); Que, con fecha 21 de julio se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Suprema Nº 127-2001- EM, autorizando diversas donaciones dentro de las cuales se encuentra el vehículo solicitado por la Direc- ción Regional de Energía y Minas del CTAR Tumbes; Que, a través del Artículo 2º de la referida Resolu- ción Suprema, se señala que la aceptación de la dona- ción se deberá aprobar mediante Resolución Ministe- rial del Sector al cual pertenece la entidad beneficiaria de la donación; condición que hace competente al Mi- nisterio de la Presidencia para la expedición de dicho dispositivo, según lo prescribe la Ley Nº 26922, que define a los Consejos Transitorios de Administración Regional, como organismos públicos descentralizados del Ministerio de la Presidencia; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y agradecer la donación efectuada por la firma ELECTROPERÚ S.A. a favor del CTAR Tumbes del vehículo marca Nissan, clase camioneta pick up, modelo 20ZUNLMD21SF, carroce- ría doble cabina, año de fabricación 1991, placa de rodaje número OO-3560, motor número Z24961863X, número de serie UNMD21435541, color azul; valoriza- do en la suma de S/. 12 572,95 (Doce Mil Quinientos Setentidós y 95/100 Nuevos Soles). Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia de Bienes Naciona- les dentro del plazo fijado por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia 30890 PESQUERÍA Prorrogan fecha de vencimiento para pago de cuotas de derechos de pesca de los recursos anchoveta, sardina, jurel, caballa, merluza y bacalao de profundidad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 310-2001-PE Lima, 14 de setiembre del 2001 CONSIDERANDO: Que el Artículo 2º de la Ley General de Pesca, aprobada por el Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en aguas jurisdiccionales son patrimonio de la Nación, en conse- cuencia, corresponde al Estado regular el manejo inte- gral y la explotación racional de dichos recursos; Que el párrafo 41.1 del Artículo 41º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que los derechos de pesca podrán ser cancelados hasta en tres armadas, conforme lo establezca el Ministerio de Pesquería, o, alternativa- mente, en forma mensual, en cuyo caso se reducirán en cinco por ciento (5%) como incentivo por pronto pago; Que mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 139- 2001-PE y 140-2001-PE y el numeral 7.3 del Artículo 7º de la Resolución Ministerial Nº 236-2001-PE se estable- cieron las normas para efectuar el pago de los derechos de pesca por concepto de explotación de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa, así como del recurso merluza y bacalao de profundidad, respectivamente; Que las condiciones adversas derivadas por la presencia del Fenómeno El Niño 1997-1998 y La Niña 1999-2000, sumadas a las alteraciones océano-atmos- féricas que afectaron la disponibilidad de los recursos hidrobiológicos en condiciones aceptables para sus respectivas pesquerías, han generado dificultades eco- nómicas y financieras para los agentes dedicados a la actividad pesquera, las que están superándose paula- tinamente; Que, asimismo, actualmente las actividades extractivas y de procesamiento de los recursos ancho- veta y merluza se encuentran suspendidas temporal- mente, en razón de la veda reproductiva anual contem- plada para dichas pesquerías, por lo que es necesario dictar medidas orientadas a brindar facilidades a losPág. 210003 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de setiembre de 2001