Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2001 (15/09/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 15 de setiembre de 2001 MORDAZA, sabado 1

armadores pesqueros, a efectos de que cumplan con el pago de los derechos de pesca establecidos por el ordenamiento legal pesquero vigente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por el presente ano, la fecha del vencimiento de la primera y MORDAZA cuota de los derechos de pesca correspondiente a la modalidad de tres (3) armadas, establecida en el Articulo 3º de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 139-2001-PE y 1402001-PE, asi como en el numeral 7.3 del Articulo 7º de la Resolucion Ministerial Nº 236-2001-PE, de la siguiente manera: - La primera cuota vencera el 30 de octubre del 2001 y liquidara las capturas realizadas entre el 1 de enero y el 31 de agosto del 2001; - La MORDAZA cuota vencera el 30 de noviembre del 2001 y liquidara las capturas realizadas entre el 1 de enero y el 31 de octubre del 2001. Del importe que resulte se deducira el monto pagado en la primera cuota. Articulo 2º.- Mantenganse vigentes las disposiciones contenidas en las Resoluciones Ministeriales Nºs. 139-2001-PE y 140-2001-PE, en lo que no se opongan a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 30970

28 de diciembre de 1992; el Decreto Supremo Nº 0482001-PCM, de 29 de MORDAZA del ano 2001 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM, de 9 de MORDAZA del ano 2001; SE RESUELVE: 1.- Prorrogar hasta el 7 de setiembre de 2001 la permanencia en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores, Jefe de la Delegacion del Peru en las Reuniones Extraordinarias del Consejo Permanente de la OEA, constituido en Comision Preparatoria, para la negociacion y aprobacion de la version final de la Carta Democratica Interamericana. 2.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion por concepto de viaticos US$ 1760 seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. 4.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolucion, a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 30986

Otorgan concesion a Satelites Digitales del MORDAZA S.A.C. para prestar servicio publico de distribucion de radioProrrogan permanencia de Viceminis- difusion por cable tro y Secretario General de Relaciones RESOLUCION MINISTERIAL Exteriores en los EE.UU., en comision Nº 416-2001-MTC/15.03 de servicios MORDAZA, 12 de septiembre de 2001
RESOLUCION SUPREMA Nº 379-2001-RE MORDAZA, 14 de setiembre de 2001 Vista la Resolucion Suprema Nº 347-2001-RE de 16 de agosto de 2001, que nombra al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores, Jefe de la Delegacion del Peru en las Reuniones Extraordinarias del Consejo Permanente de la OEA, constituido en Comision Preparatoria, entre el 16 y 30 de agosto en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, para la negociacion de la version final de la Carta Democratica Interamericana; Considerando que la aprobacion de la version final de la Carta Democratica Interamericana debe realizarse en sesion especial del Consejo Permanente de la OEA, el 6 de setiembre de 2001, para posteriormente ser elevada a la Asamblea General de dicha organizacion, en su XXVIII Periodo Extraordinario de Sesiones a realizarse en MORDAZA, el 10 y 11 de setiembre de 2001; De conformidad con el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de Vista, la solicitud formulada por la empresa SATELITES DIGITALES DEL MORDAZA S.A.C. para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del Articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el Articulo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, el Articulo 89º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre

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