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Pág. 220844 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de abril de 2002 Que mediante el escrito del visto, el recurrente solici- ta, el permiso de pesca para la extracción del recurso Bacalao de profundidad con destino al consumo huma- no directo con la E/P "PACHACAMAC 1" de matrícula Nº CE-2368-BM; Que de la evaluación realizada se concluye que la recurrente no ha cumplido con lo establecido en los dis- positivos de los considerandos 2) y 3), en cuanto a la renuncia del permiso de pesca que les fuera otorgado en condición de artesanales para acceder a la pesca del bacalao de profundidad, así como tampoco ha cumplido con el pago correspondiente al 10% del derecho de pes- ca para su permiso de pesca provisional ni tampoco ha cumplido con el pago de la segunda y tercera armada por derechos de pesca, así como no ha acreditado las capturas efectuadas durante la vigencia del Régimen Provisional para la extracción del bacalao de profundi- dad y vencido el plazo otorgado a través de los Oficios Nºs. 1158-2001-PE/DNEPP-Dap y 2674-2001-PE/DNE- PP-Dap de fechas 10 de julio y 7 de diciembre del 2001 respectivamente, para alcanzar esta documentación, sin respuesta hasta la fecha, deviene en improcedente lo solicitado por el recurrente; Estando a lo informado por la Dirección de Admi- nistración Pesquera mediante Informe Nº 050-2002-PE/ DNEPP-Dap-cvg del 21 de enero del 2002 y con la visa- ción de la Oficina General de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE Artículo Único.- Declarar improcedente la solicitud del permiso de pesca para la extracción del recurso ba- calao de profundidad con destino al consumo humano directo con la E/P "PACHACAMAC 1" de matrícula Nº CE-2368-BM, por los fundamentos expuestos en la par- te considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNÁNDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 6160 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcación de ban- dera nacional a favor de Manumar S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 089-2002-PE/DNEPP Lima, 22 de marzo del 2002 Vistos los escritos Nº CE-00704002 del 14 de noviem- bre y 10 de diciembre del 2001 y 29 de enero del 2002, presentados por la empresa MANUMAR S.A. CONSIDERANDO. Que a través de la Resolución Ministerial Nº 618-95- PE de fecha 6 de noviembre de 1995, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, en adecuación a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros, a la em- presa MANONGA S.A., para operar la embarcación pes- quera denominada "SELENE" con Matrícula Nº PT-4694- CM, para ser destinada a la extracción de recursos hidrobiológicos para consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de 1/2 pulgada (13 mm.); Que mediante escritos del visto, la empresa MANU- MAR S.A. solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante la resolución indicada en el considerando precedente, asimismo, pide modificación de la Resolución autoritativa por cambio de denomina-ción de puerto de la embarcación pesquera "SELENE", con matrícula Nº PT-4694-CM a matrícula Nº CO-4694- CM al haber adquirido la posesión de la referida embarca- ción pesquera, conforme consta en el Certificado Com- pendioso de Dominio; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la em- barcación pesquera "SELENE" ha cambiado de deno- minación de puerto a CO-4694-CM y que la recurrente ha adquirido la propiedad de la citada embarcación pes- quera, habiendo cumplido con presentar los requisitos exigidos en los procedimientos Nº 6 y Nº 20 del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Admi- nistración Pesquera de la Dirección Nacional de Extrac- ción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 076-2002-PE/DNEPP-Dap, y, con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, Que de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el Artículo 34º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, y en las Resoluciones Ministeriales Nº 618- 95-PE, Nº 339-2001-PE y Nº 340-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 618-95-PE, en el extremo referido a la de- nominación del puerto que se indica en la matrícula, de la embarcación pesquera "SELENE" de matrícula Nº PT- 4694-CM, incluyendo como nueva denominación la de CO-4694-CM. Artículo 2º.- Aprobar el cambio del titular del permi- so de pesca autorizado por Resolución Ministerial Nº 618- 95-PE, para operar la embarcación pesquera de bande- ra nacional denominada "SELENE" con matrícula Nº CO- 4694-CM, a favor de la empresa MANUMAR S.A., en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permi- so de pesca que fue otorgado a través de la Resolución Ministerial Nº 618-95-PE, para operar la embarcación pesquera denominada "SELENE" con matrícula Nº CO- 4694-CM. Artículo 4º.- Incorporar a la empresa MANUMAR S.A. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denomina- da "SELENE" con matrícula Nº CO-4694-CM, al literal A del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 339-2001-PE y el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 340-2001- PE, respectivamente, excluyendo a la empresa MANON- GA S.A. y a la Resolución Ministerial Nº 618-95-PE, de dichos anexos. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNÁNDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 6161 Otorgan permiso de pesca a empresa para operar embarcación de bandera nacional en la extracción de los recur- sos anchoveta y sardina RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 094-2002-PE/DNEPP Lima, 25 de marzo del 2002