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Pág. 220856 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de abril de 2002 Inscriben a la empresa Impulso Empre- sarial S.R.L. en el Registro Electoral de Encuestadoras RESOLUCIÓN Nº 112-2002-JNE Lima, 4 de abril de 2002 VISTA: La solicitud de inscripción de la empresa IMPULSO EMPRESARIAL S.R.L. en el Registro Electoral de En- cuestadoras del Jurado Nacional de Elecciones, presen- tada por el señor Carlos Navas Asencios, en represen- tación de la empresa señalada; CONSIDERANDO: Que sólo podrá publicarse o difundirse en los medios de comunicación el resultado de las encuestas electora- les elaboradas por las personas o instituciones que es- tén debidamente inscritas ante el Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el Ar- tículo 18º de la Ley Nº 27369; Que mediante Resolución Nº 142-2001-JNE de fe- cha 8 de febrero del año 2001, se ha creado el Registro Electoral de Encuestadoras para la inscripción de todas aquellas personas o instituciones que realicen o deseen realizar encuestas, sondeos de opinión o proyecciones de cualquier naturaleza relacionadas con la intención del voto de los ciudadanos en los procesos electorales; Que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos que se exige para la inscripción en el Registro Electoral de Encuestadoras, como son: a) solicitud diri- gida al Jurado Nacional de Elecciones, b) nombre de la encuestadora, c) testimonio de la escritura pública de constitución, d) domicilio, y e) pago de la tasa correspon- diente; de conformidad con lo establecido en el Artículo 4º del Reglamento del Registro Electoral de Encuestado- ras aprobado por Resolución Nº 142-2001-JNE; Que cumplidos los requisitos señalados en el consi- derando anterior, se debe inscribir a la empresa encues- tadora, asignándole un número de registro y abriéndose la partida correspondiente donde se anotará los actos pos- teriores, de conformidad con lo señalado en el Artículo 5º del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras; Que la publicación o difusión de encuestas electora- les y de proyecciones de cualquier naturaleza sobre el resultado de las elecciones, sólo podrá realizarse en los medios de comunicación hasta el domingo anterior al día de las elecciones, incluyéndose el uso de las pági- nas Web que mantengan en Internet las encuestadoras, las empresas de radio, de televisión y de prensa escrita, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Electoral de Encuestadoras a la empresa IMPULSO EMPRE- SARIAL S.R.L. debiendo sujetarse su actividad a las atri- buciones y prohibiciones establecidas en las normas electorales pertinentes. Artículo Segundo.- Abrir la partida correspondiente para la encuestadora denominada IMPULSO EMPRE- SARIAL en el Registro Electoral de Encuestadoras, asig- nándole el Registro Nº 0050-REE/JNE como código de identificación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 6254MINISTERIO PÚBLICO Designan representante del Ministerio Público ante la Comisión de Trabajo Interinstitucional para el seguimiento de las recomendaciones de la CIDH RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 539-2002-MP-FN Lima, 4 de abril de 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 005-2002-JUS de fe- cha 25 de febrero del 2002, modificado por Decreto Su- premo Nº 006-2002-JUS de fecha 28 de febrero del 2002, se conformó la Comisión de Trabajo Interinstitucional para el seguimiento de las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) conteni- das en el comunicado conjunto suscrito con el Estado Peruano el 22 de febrero del 2001, en relación a los ca- sos comprendidos en los literales C y D de dicho comunicado conjunto, relativos a desapariciones forza- das, ejecuciones extrajudiciales y torturas; Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 005-2002-JUS, modificado por De- creto Supremo Nº 006-2002-JUS, es necesario desig- nar un representante del Ministerio Público que integre la citada Comisión de Trabajo Interinstitucional para el seguimiento de las recomendaciones de la Comisión In- teramericana de Derechos Humanos (CIDH); En uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 64º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Decreto Legislativo Nº 052; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora Zoraida Ávalos Rivera, Fiscal Superior Titular de la Primera Fis- calía Superior Civil de Lima, como Representante del Ministerio Público e integrante de la Comisión de Traba- jo Interinstitucional para el seguimiento de las recomen- daciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), referida en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a los señores Ministro de Justicia, Gerente de la Oficina de Registro de Fiscales y de la Fiscal mencionada, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 6238 S B S Prorrogan plazo para que el Banco Inte- ramericano de Finanzas proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas RESOLUCIÓN SBS Nº 283-2002 Lima, 25 de marzo del 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interameri- cano de Finanzas, para que se le otorgue prórroga