Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (05/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 49

Pág. 220855 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de abril de 2002 Alvarado Luna, por estar incursa en las causales de va- cancia previstas en los numerales 2), 4) y 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, conforme aparece a fojas 84 y 85; siendo ratificado di- cho acuerdo por Resolución de Alcaldía Nº 27-2001- MDO-A del 27 de agosto del año 2001, tal como consta a fojas 2; 2º.- El Gobernador del distrito de Olleros, el Teniente Gobernador del Centro Poblado Menor de Huaripampa y el Juez de Paz del distrito de Olleros, por certificados expedidos en el mes de agosto del año 2001, hacen cons- tar que se desconoce el domicilio y paradero de Olga Antonia Alvarado Luna, la misma que ha hecho abando- no del cargo de Regidora que ostenta en el Municipio de Olleros, conforme se aprecia de fojas 56, 57 y 74, respec- tivamente. Con los mencionados certificados se acredi- ta que Olga Antonia Alvarado Luna se ha ausentado de la localidad por más de 30 días consecutivos sin la autori- zación del correspondiente del Concejo, habiendo incurri- do en la causal de vacancia prevista en el numeral 2) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; 3º.- Que el acuerdo que declara la vacancia de Regidora de Olga Antonia Alvarado Luna, le fue notifica- do personalmente el 12 de enero del año 2002, confor- me consta a fojas 82; pese al tiempo transcurrido la Regidora en mención no ha interpuesto el recurso de revisión que le franquea la ley, conforme lo dispone el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; 4º.- Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artí- culo 28º numeral 2) de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, concordante con el Artículo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, los Regidores son reemplazados por los suplentes de sus respectivas listas; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el Jurado Electoral Especial de Huaraz, corresponde asumir el cargo de Regidora a Edita Adela Leyva Yauri, candidata no proclamada del Movimiento Independiente Vamos Vecino; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a Edita Adela Leyva Yauri para que asuma el cargo de Regidora en el Conce- jo Distrital de Olleros, provincia de Huaraz, departamen- to de Ancash, para completar el período de gobierno municipal 1999 - 2002, extendiéndose la respectiva cre- dencial. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 6253 RESOLUCIÓN Nº 113-2002-JNE Lima, 4 de abril de 2002 Exp. Nº 1183-2001-V Lagunas VISTOS: Los Oficios Números 278-2001-MDLM/A y 041-2002- MDLM/A recibidos el 7 de enero y 6 de marzo del 2002,de la señora Elvida Oliva de Pejerrey, Alcaldesa del Con- cejo Distrital de Lagunas, provincia de Chiclayo, depar- tamento de Lambayeque, informando que pese a haber- se notificado a doña Pamela Miranda Aquino, no ha cum- plido con asumir el cargo de Regidora, por lo que solicita que el Jurado Nacional de Elecciones, proceda confor- me a ley; y, CONSIDERANDO: 1.- Mediante Resolución Nº 798-2001-JNE, de fecha 22 de noviembre del 2001, el Jurado Nacional de Elec- ciones convocó a la ciudadana Elvida Oliva Cornejo de Pejerrey para que asuma el cargo de Alcaldesa en el Concejo Distrital de Lagunas, en reemplazo del señor Víctor Manuel Andonaire Hernández por haber sufrido condena judicial firme por delito doloso; asimismo, con- vocó a doña Pamela Dolores Miranda Aquino para que asuma el cargo de Regidora, a fin de completar el núme- ro legal de miembros en el referido Concejo; 2.- Mediante comunicaciones de vistos, la Alcaldesa del Concejo Distrital de Lagunas, informa que ha notifi- cado a la Regidora convocada en la Carretera Paname- ricana Km. 135 S/N distrito de Cerro Azul, provincia de Cañete, tal como aparece en las copias de las cartas de fojas 71 a 73; sin embargo pese al tiempo trascurrido, no ha cumplido con presentarse a la Municipalidad para asumir el cargo, por encontrarse radicando fuera del dis- trito, circunstancia que se corrobora con la información del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) de fojas 27; por lo que, al no haber cumplido la ciudadana Pamela Dolores Miranda Aquino con la obligación de jurar y asumir el cargo, conforme lo dispo- ne el Artículo 6º de la Ley Nº 26997, debe dejarse sin efecto la convocatoria efectuada a su nombre; 3.- De conformidad con lo dispuesto con el numeral 2) del Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853, los Regidores son reemplazados por los suplentes de su lista; en el presente caso, se ha convoca- do a todos los candidatos de la lista "Por el Progreso Distrital" a la que pertenece doña Pamela Dolores Mi- randa Aquino, por tanto corresponde asumir el cargo al candidato no proclamado de la lista "Adelante Chicla- yo", que ocupó el segundo lugar en las elecciones del citado distrito; en este caso al ciudadano Walter Usdal- do Cruz Bello, por lo que: El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones: RESUELVE: Artículo Primero.- Deja sin efecto la convocatoria efectuada a doña Pamela Dolores Miranda Aquino como Regidora del Concejo Distrital de Lagunas, provincia de Chiclayo, mediante Resolución Nº 798-2001-JNE de fe- cha 22 de noviembre de 2001, por las razones expues- tas; disponiendo la devolución de la credencial otorgada a su nombre, bajo responsabilidad. Artículo Segundo.- Convocar al ciudadano Walter Usdaldo Cruz Bello, para que asuma el cargo de Regi- dor en el Concejo Distrital de Lagunas, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, para comple- tar el período 1999 - 2002, otorgándosele la correspon- diente credencial. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías necesarias para el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ- PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA Secretario General 6255