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Pág. 220952 NORMAS LEGALES Lima, domingo 7 de abril de 2002 PROMUDEH Autorizan viaje del Gerente de Desarro- llo Humano a España para participar en la Segunda Asamblea Mundial sobre Envejecimiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 226-2002-PROMUDEH Lima, 5 de abril de 2002 Vistos el Oficio Nº 110-2002-PROMUDEH/DVM de fe- cha 22 de marzo del 2002, de la Viceministra de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano; CONSIDERANDO: Que mediante el documento de vistos, la Viceministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano comu- nica al Ministerio de Relaciones Exteriores la relación de la delegación peruana que participará en representación del país en la Segunda Asamblea Mundial sobre Envejeci- miento, a realizarse en la ciudad de Madrid, España, del 8 al 12 de abril del 2002; Que resulta importante la participación del Gerente de Desarrollo Humano del Ministerio de Promoción de la Mu- jer y del Desarrollo Humano en la citada Asamblea tenien- do en cuenta que se deliberarán temas relacionados con las medidas para responder a los desafíos del proceso de envejecimiento, la relación entre envejecimiento, género y desarrollo, las medidas para incorporar la cuestión del en- vejecimiento en los programas mundiales de desarrollo, la formación de alianzas públicas y privadas para la cons- trucción de sociedades para todas las edades, así como las medidas encaminadas a fortalecer la solidaridad entre las generaciones, resultando necesario en consecuencia autorizar el viaje del señor Julián Antezana Alvarado, Ge- rente de Desarrollo Humano del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, con la finalidad que asista al mencionado evento; Que los gastos por concepto de pasajes y alojamiento del citado funcionario serán cubiertos por la Red Inter- gubernamental Iberoamericana de Cooperación Técnica - RIICOTEC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y Re- solución Gerencial Nº 068-2001-PROMUDEH/GGA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Econ. JULIÁN ANTEZANA ALVARADO, Gerente de Desarrollo Humano del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a la ciudad de Madrid, España, del 7 al 13 de abril del 2002, para el fin expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que por concepto de viáticos y tarifa Corpac, irrogue el cumplimiento de la presente Re- solución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Hu- mano, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$910.00 Tarifa Corpac US$25.00 ----------------- TOTAL US$935.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el señor Econ. Julián An- tezana Alvarado, Gerente de Desarrollo Humano, presen-tará al Despacho Ministerial un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado por la presente Re- solución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior Encargado de la Cartera del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH 6408 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Convenio Marco para la Cooperación y Desarrollo Sostenible del Turismo, suscrito con el Gobierno de la República de Bolivia DECRETO SUPREMO Nº 036-2002-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que con fecha 26 de enero de 2002, se suscribió en la ciudad de Huatajata, República de Bolivia, el "Convenio Marco para la Cooperación y Desarrollo Sostenible del Turismo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia" ; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el Artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congre- so; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Convenio Marco para la Cooperación y Desarrollo Sostenible del Turismo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia" , suscrito en la ciudad de Huata- jata, República de Bolivia, el 26 de enero de 2002. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de abril del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCÍA-SAYÁN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores CONVENIO MARCO PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO SOSTENIBLE DEL TURISMO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Los Gobiernos de la República del Perú y de la Repú- blica de Bolivia en adelante denominados "Las Partes", en consideración de los tradicionales vínculos de amistad que unen a ambos países bajo los principios de reciprocidad, equidad y justicia. Reconociendo que el Turismo constituye uno de los secto- res económicos de más rápido crecimiento en el mundo y que asimismo es uno de los mayores generadores de puestos de trabajo contribuyendo con ello al bienestar de la población.