Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2002 (07/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, MORDAZA 7 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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venir colisiones y mantener un flujo de MORDAZA aereo seguro, ordenado y expedito. "Control Positivo": Es el control de todo el trafico aereo, dentro del espacio aereo designado por el control de trafico. "Copiloto": Es el tripulante que asiste al Piloto al mando, es el MORDAZA en mando en la aeronave. "Demostrar": A menos que el contexto lo requiera de otro modo, significa probar el cumplimiento de Requisitos a satisfaccion de la DGAC. "Dependencia de control de aproximacion": Dependencia establecida para facilitar servicio de control de MORDAZA aereo a los vuelos controlados que lleguen a uno o mas aerodromos o salgan de ellos. "Dependencia de control de MORDAZA aereo": Expresion generica que se aplica, segun el caso, a un centro de control de area, a una dependencia de control de aproximacion o a una MORDAZA de control de aerodromo. "Dependencia de servicios de MORDAZA aereo": Expresion generica que se aplica, segun el caso, a una dependencia de control de MORDAZA aereo, a un centro de informacion de vuelo o a una oficina de notificacion de los servicios de MORDAZA aereo. "Derrota": La proyeccion sobre la superficie terrestre de la trayectoria de una aeronave, cuya direccion en cualquier punto se expresa generalmente en MORDAZA a partir del norte (geografico, magnetico o de la cuadricula). "Desarrollo": Son las etapas previas a la fabricacion de un determinado producto. Incluye estudio, diseno, calculo y ensayos. "DETRESFA": Palabra clave utilizada para designar una fase de peligro. "DGAC": Siglas de Direccion General de Aeronautica Civil. "Direccion General de Aeronautica Civil (DGAC)": Es el organismo nacional de la Republica Peruana que, a traves del conjunto de las funciones que realiza como Autoridad de Aplicacion, otorga las Certificaciones, Habilitaciones y Aprobaciones que garantizan de por si la confiabilidad del personal y material de vuelo asi como todo lo conexo, necesarios para la seguridad operativa de la actividad aeronautica civil. "Directiva de Aeronavegabilidad (AD)": Es una comunicacion escrita de caracter obligatorio que establece una accion, metodo o procedimiento para aplicar a los productos aeronauticos en los cuales existe una condicion de inseguridad, con el objeto de preservar su aeronavegabilidad. Estas son emitidas por la Autoridad Aeronautica de los paises de fabricacion/diseno y certificacion. "Directiva Tecnica de Aeronavegabilidad": Es una comunicacion escrita de caracter obligatorio que establece una accion, metodo o procedimiento para aplicar a los productos aeronauticos en los cuales existe una condicion de inseguridad, con el objeto de preservar su aeronavegabilidad. Estas son emitidas por la DGAC. "Directiva Tecnica Extraordinaria": Es un documento reglamentario de cumplimiento obligatorio, cuya estructura se MORDAZA en la de una MORDAZA Tecnica Complementaria, para regular requerimientos tecnicos especificos de aeronavegabilidad y operaciones, que puedan tener fuertes implicancias economicas o de otra indole. Es emitido por la DGAC con Resolucion Directoral. "Dirigible": Significa una aeronave mas liviana que el aire que debe ser comandada. "Dispositivo": Significa cualquier instrumento, mecanismo, equipo, parte, aparato o accesorio que es usado o que se tratara de usar en la operacion o control de una aeronave, instalado en o fijado a la aeronave y que no es parte de la estructura, motor o helice. "Duracion total prevista": En el caso de los vuelos IFR, el tiempo que se estima necesario a partir del momento del despegue para llegar al punto designado, definido con relacion a las ayudas para la navegacion, desde el cual se tiene la intencion de iniciar un procedimiento de aproximacion por instrumentos o, si no existen ayudas para la navegacion asociadas con el aerodromo de destino, para llegar a la vertical de dicho aerodromo. En el caso de los vuelos VFR, el tiempo que se estima necesario a partir del momento del despegue para llegar a la vertical del aerodromo de destino.

"Elevacion": Distancia vertical entre un punto o un nivel de la superficie de la tierra, o unido a MORDAZA, y el nivel medio del mar. "Elevacion del aerodromo": La elevacion del punto mas alto del area de aterrizaje. "Embudo de aproximacion": Espacio aereo especificado, alrededor de una trayectoria nominal de aproximacion, dentro del cual una aeronave que efectua una aproximacion se considera que ejecuta una aproximacion normal. "Empuje Aumentado de Despegue": Con respecto a la certificacion MORDAZA de motores a turbina, significa el empuje aprobado que se desarrolla estaticamente bajo condiciones estandar al nivel MORDAZA, con inyeccion de fluido en su combustion en una camara de combustion separada, dentro de las limitaciones operativas del motor establecidas bajo la FAR 33 y limitado en el uso a periodos no mayores de 5 minutos en la operacion de despegue. "Empuje Aumentado MORDAZA Continuo": Con respecto a la certificacion MORDAZA del motor a turbina, significa el empuje aprobado y desarrollado estaticamente o en vuelo, en atmosfera estandar a una altitud especificada con inyeccion de fluido o con su combustion en una camara de combustion separada, dentro de las limitaciones de operacion del motor establecidas bajo la FAR 33 y aprobado para periodos de uso no restringidos. "Empuje de Despegue": Respecto a los motores a turbina significa el empuje desarrollado bajo condiciones estaticas a una altitud especifica y temperatura atmosferica, bajo las condiciones maximas de r.p.m. del eje rotor y la temperatura de gas aprobada para el despegue normal y limitado su uso continuo al periodo de tiempo indicado en la especificacion aprobada del motor. "Empuje de Despegue Nominal": Respecto a la certificacion MORDAZA del motor a turbina, significa el empuje aprobado y desarrollado estaticamente bajo condiciones estandar al nivel MORDAZA, sin inyeccion de fluido y sin su combustion en una camara de combustion separada, dentro de las limitaciones de operacion del motor, establecida bajo la FAR 33, y limitado su uso a periodos no mayores de 5 minutos para la operacion de despegue. "Empuje Minimo": Significa el empuje del reactor obtenido con la palanca de control de potencia del motor colocada en la posicion del tope de minimo empuje que se pueda colocar. "Empuje MORDAZA Continuo Nominal": Con respecto a la certificacion MORDAZA del motor a turbina, significa el empuje aprobado, desarrollado estaticamente o en vuelo, en atmosfera estandar a una altitud especificada, con inyeccion de fluido y combustion en un camara de combustion separada dentro de las limitaciones de operacion del motor establecidas bajo la FAR 33 y aprobado para periodos de uso no restringido. "Enmienda": Es toda correccion, modificacion, adicion o reemplazo de una Regla o parte de ella. "Equipo": Uno o varios conjuntos de componentes relacionados operacionalmente para el cumplimiento integral de una funcion determinada. "Espacio aereo con servicio de asesoramiento": Espacio aereo de dimensiones definidas, o ruta designada, dentro de los cuales se proporciona servicio de asesoramiento de MORDAZA aereo. "Espacio aereo controlado": Espacio aereo de dimensiones definidas dentro del cual se facilita servicio de control de MORDAZA aereo, de conformidad con la clasificacion del espacio aereo. Nota.- Espacio aereo controlado es una expresion generica que MORDAZA las Clases A, B, C, D y E del espacio aereo ATS, descritas en el AIP y en el Anexo 11, 2.6. "Estacion de radio de control aeroterrestre": Estacion de telecomunicaciones aeronauticas que, como principal responsabilidad, tiene a su cargo las comunicaciones relativas a la operacion y control de aeronaves en determinada area. "Estructura de aeronaves": Significa el fuselaje, con sus componentes (largueros, larguerillos, costillas, mamparos, nacelas, etc.); las superficies aerodinamicas (inclu-

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