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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (12/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 67

Pág. 221269 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de abril de 2002 Carlos Palomino Maldonado, Sra. Gina Casafranca Delga- do, Sr. Javier Salas Zamalloa, Sr. Adrián Tarazona Fernán- dez y David Romero Ríos; se trató sobre fecha de venci- miento de pago de tributos y prórroga de beneficios tributa- rios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 063 - Artículos Tercero y Cuarto - se establece como fecha para el pago de la 1ra. Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios, respectivamente, para el Ejercicio Fiscal 2002, el 31.MARZO.2002; Que, a través de la Ordenanza Nº 064 se prorrogan los Beneficios Tributarios contenidos en las Ordenanzas Nºs. 056, 057 y 059; Que, el Pleno del Concejo considera necesario prorro- gar prudencialmente las fechas de vencimiento de pago y Beneficios referidos en el Primer y Segundo Considerando, respectivamente, de esta Ordenanza, a fin de otorgar ma- yores facilidades a los contribuyentes para que cumplan con sus obligaciones tributarias que permitan continuar realizando los servicios que brinda la Institución Municipal a la Comunidad; De conformidad con los Arts. 36º Inc. 3), 109º y 110º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades, así como Decreto Legislativo Nº 776 - de Tributación Municipal, con el voto unánime de los señores Regidores, y con la dispen- sa de la lectura y aprobación del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- PRORROGAR las fechas de ven- cimiento de pago de la 1ra. Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios para el Ejercicio Fiscal 2002 - y que están señala- dos en los Artículos Tercero y Cuarto, respectivamente, de la Ordenanza Nº 063 - hasta el 22.ABRIL.2002. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 22.A- BRIL.2002 el ítem a) del Artículo Primero de la Ordenanza Nº 064, sobre Régimen de Incentivos Tributarios (R.I.T.). Artículo Tercero.- PRORROGAR hasta el 30.A- BRIL.2002: - El ítem d) del Artículo Primero de la Ordenanza Nº 063, sobre "Programa Especial de Regularización de Li- cencias de Apertura de Establecimientos" - PERLAE; y, - El ítem e) del Artículo Primero de la Ordenanza Nº 063, sobre "Presentación de la Declaración Jurada Anual de Permanencia en el Giro Autorizado a Establecimientos Comerciales". Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Munici- pal, Oficina de Rentas, Unidad de Sistemas de Informa- ción Municipal, Unidad de Imagen Institucional y Comuni- caciones, así como Agencias Municipales de Desarrollo, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 6634 Precisan que mediante Resolución de Alcaldía se otorgará el beneficio de con- donación tributario establecido en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 023-2001/MVMT DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2002/MVMT EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 023-2001/MVMT se aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio Fiscal 2001; Que, la Tercera Disposición Final de la mencionada Orde- nanza estipula que, mediante Decreto de Alcaldía, se dictarán las disposiciones complementarias para su mejor aplicación;Que, es necesario precisar el órgano encargado de otor- gar el beneficio que contempla la Primera Disposición Fi- nal de la Ordenanza Nº 023-2001/MVMT; De conformidad con los Arts. 47º, Inc. 6), 109º y 111º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Único.- PRECISAR que - mediante Resolu- ción de Alcaldía se otorgará el beneficio de condonación que establece la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 023-2001/MVMT. Villa María del Triunfo, 5 de abril de 2002. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 6638 MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Disponen implementar sistematización y digitalización de archivos de Regis- tros Civiles de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2002-MDB Bellavista, 15 de marzo de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO EL CONCEJO MUNICIPAL, Visto en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Órganos de Go- bierno Local que emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia; Que, nuestra Municipalidad es la de mayor movimiento de registro de nacimientos, matrimonios, defunciones, etc., en el ámbito de la Provincia Consti- tucional del Callao, toda vez que en nuestra jurisdic- ción se encuentran ubicados los hospitales más impor- tantes de la provincia como son: el Hospital Carrión del Ministerio de Salud y el Hospital Sabogal de ESSALUD, y Clínicas Particulares, en consecuencia los registros de personas domiciliadas en otros distritos de la pro- vincia se efectúan en nuestros libros; Que, el constante movimiento de los Libros de Registro para la atención de los requerimientos de la población y usuarios producen un deterioro de los mismos, lo cual ori- gina disminución de los valores por la naturaleza de los años y su manipulación; Que, estando a la exposición y recomendaciones for- muladas por el Director Municipal con respecto al plantea- miento de la Oficina de Registros Civiles, se ha determina- do la necesidad de Sistematizar y Digitalizar los archivos de Registros Civiles, teniéndose en consideración las in- vestigaciones efectuadas en otras municipalidades que cuentan con esta implementación; Que, con la implementación del servicio adecuado acor- de con las exigencias y demandas actuales del servicio es necesario garantizar la calidad e intangibilidad del produc- to otorgado y por ende la satisfacción del usuario, lográn- dose asimismo la conservación del acervo documentario que tiene la Municipalidad Distrital de Bellavista, bajo su responsabilidad; Con el voto unánime de los señores Regidores y en uso de las atribuciones conferidas al Concejo por los Artícu- los 10º y 36º de la Ley Nº 23853 Orgánica de Municipali- dades y Reglamento Interior aprobado por el Edicto Nº 001- 99-MDB, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta; aprobó la siguiente: