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Pág. 221266 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de abril de 2002 Segunda.- Disponer el empadronamiento y actualiza- ción general de las autorizaciones de los elementos de pu- blicidad exterior en el distrito, a través de la Dirección de Servicios Públicos Locales en un plazo de 120 días útiles. Tercera.- Los elementos de publicidad exterior instala- dos con anterioridad a la vigencia de este Reglamento y que no cumplan con los requisitos administrativos y las normas técnicas del presente reglamento, deberán ade- cuarse caso contrario deberán ser retirados, por sus pro- pietarios dentro de los 120 días calendario a partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento. Cuarta.- Las solicitudes en trámite sobre autorización de publicidad exterior, se adecuarán a lo dispuesto en este Reglamento. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Sexta.- Facúltese al Alcalde, para que mediante De- creto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias y re- glamentarias de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÓSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 6640 Aprueban la modificación de la Estruc- tura Orgánica y del Reglamento de Or- ganización y Funciones - ROF de la Mu- nicipalidad EDICTO N° 002-01-MD A Ate, 7 de diciembre del 2001 El Alcalde Distrital de Ate; Por Cuanto: El Concejo Distrital de Ate en Sesión Ordinaria de Con- cejo de fecha 7-12-01; Considerando: Que, el 7 de diciembre del 2000, el Concejo Distrital de Ate aprobó el Edicto N° 001-00-MDA, dispositivo que puso en vigencia el Nuevo Reglamento de Organización y Fun- ciones de la Municipalidad Distrital de Ate, el mismo que fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el 16 de di- ciembre del 2000. Que, el Artículo 3°, del Edicto, señala que la Misión de la Municipalidad de Ate es lograr un desarrollo sus- tentable de la población de la ciudad. El resultado de su gestión debe concretarse en una mayor productivi- dad y calidad de los servicios que brinda, contribuyen- do a reducir los índices de pobreza y desempleo, pro- tegiendo el medio ambiente y la salud y colaborando en la protección de la población. Todo ello, mediante una planificación participativa que da prioridad a la inver- sión en servicios e infraestructura, con un menor gasto de gestión; convocando además a participar en la ges- tión del desarrollo local a la inversión pública y privada, así como a la solidaridad internacional, a fin de acele- rar la marcha hacía el desarrollo humano. Que, el numeral 2 del Artículo 5°, del Edicto, señala que la organización del trabajo en la Municipalidad debe diseñarse en función de la cultura institucional y de las es- trategias del desarrollo local que se señalen en los respec- tivos planes a corto o mediano plazo. Que, el numeral 3 del Artículo 5°, del Edicto, precisa que la organización de la Municipalidad es dinámica y flexible, reali- zándose tantos cambios como sean necesarios en un proceso de mejora y adaptación continua, con la finalidad de lograr los objetivos de gestión en beneficio de la comunidad, logrando un equilibrio entre los costos de las acciones a realizar y la dispo- nibilidad de los recursos financieros. Que, el numeral 6 del Artículo 5°, del Edicto, indica que las áreas de gobierno y gestión municipal deben ser cons- tantemente revisadas en cuanto a su finalidad, objetivos y costos en la organización; verificando que respondan un real análisis de sistemas y a un diseño estructural por pro- cesos. Las áreas de la organización municipal que resul- ten débiles frente al análisis deben ser reducidas y las fun-ciones y procesos que resulten indispensables su conti- nuidad deberán ser asumidas por alguna otra área afín. Que, el numeral 8 del Artículo 5°, del Edicto, alude que la producción de los bienes y servicios municipa- les que se ofrecen a la comunidad debe realizarse bajo el principio de innovación y cambio constante, para re- ducir la burocracia y los costos, aumentando la produc- tividad y la calidad de la oferta, para disminuir la bre- cha frente a la demanda por la satisfacción de las ne- cesidades de la población. Que, la Municipalidad de Ate, desde el año 1999, con la aprobación de diferentes edictos inició el proceso de refor- ma municipal, el mismo que ha favorecido una nueva diná- mica de gestión acercando más la participación de los ve- cinos y mejorando la calidad en la atención de los servi- cios que se prestan a la comunidad. Que, uno de los objetivos principales de la reforma municipal es la reducción de la burocracia, para hacer que la institución sea más eficiente, eficaz y producti- va, aumentando la calidad y la cantidad de los bienes y servicios que deben tener como único objetivo la satis- facción de las necesidades de la población para mejo- rar su calidad de vida. Que, el proceso de reforma municipal es un proce- so dinámico, que exige una permanente reflexión y ca- pacidad de adaptación; así como una disposición de apertura para reconocer los cambios del entorno y con- tinuar realizando una gestión pro activa, que permita de manera continua mejorar las capacidades y poten- cialidades de la organización municipal para lograr el bienestar de los miembros de la comunidad y el desa- rrollo armónico de la jurisdicción. Que, la organización debe ser diseñada para obtener en la mejor forma posible los objetivos estratégicos; de- biendo ajustarse la estructura de la organización a los re- querimientos estratégicos de la institución, facilitar el de- sarrollo de las actividades operativas de la municipalidad, el fortalecimiento de la cultura organizacional, de la pro- ductividad y el desarrollo del trabajo de las personas en un clima de armonía y cooperación. Que, la Municipalidad de Ate es un órgano del gobierno local, que de acuerdo con la Constitución Política del Esta- do tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, conforme a la Ley N° 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo aprobar el régi- men de organización de la Municipalidad, así como el de la administración de los servicios públicos municipales. De acuerdo con el Dictamen N° 010-2001-CEP y PPTO. de fecha 26-11-01 de la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto, sobre el Proyecto de Edicto para la modifica- ción del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, de la Municipalidad Distrital de Ate, se aprobó por mayoría y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Actas. EDICTO QUE APRUEBA LA MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENT O DE ORGANIZA CIÓN Y FUNCIONES - R OF DE LA MUNICIPALIDAD DISTRIT AL DE ATE Artículo 1º.- APROBAR, la modificación del Orga- nigrama Estructural de la Municipalidad Distrital de Ate, el mismo que forma parte integrante de la presente nor- ma. Artículo 2º.- Aprobar la Modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), que consta de tres (3) Títulos, noventa y cinco (95) artículos, cuatro (4) Disposiciones Finales y Una (1) Disposición Transito- ria, texto que forma parte del anexo del presente Edic- to. Artículo 3º.- Los documentos de gestión municipal como son: Plan de Acción y Presupuesto, Cuadro de Asig- nación de Personal (CAP), Presupuesto Analítico de Per- sonal (PAP), serán adecuados progresivamente a lo dis- puesto en el presente Edicto. Artículo 4º.- Facúltase al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias en relación con el Plan de Implantación de la Nueva Organi- zación Municipal. Por lo tanto Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde