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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (12/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 55

Pág. 221257 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de abril de 2002 Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación, como Normas Técni- cas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/INDECO- PI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miem- bros, reunidos en su sesión de fecha 3 de abril de 2002; RESUELVE: APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP 339.167:2002 SUELOS. Método de ensayo estándar para la resistencia a la compresión no confinada de suelos cohesivos. 1a. Edición. NTP 339.169:2002 SUELOS. Muestreo geotécnico de suelos con tubo de pared delgada. 1a. Edición. NTP 214.010:2002 AGUA PARA CONSUMO HU- MANO. Determinación de manganeso. Método espec- trofotométrico del persulfato. 1a. Edición. Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 6606 OSINERG Declaran fundada en parte impugnación interpuesta por la Empresa Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. contra la Res. Nº 0423-2002-OS/CD, sobre período de vida útil de la celda de 138 kV RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 0825-2002-OS/CD Lima, 8 de abril de 2002 VISTOS: El recurso de reconsideración interpuesto por la Em- presa Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. (en adelante "CERRO VERDE") contra la Resolución OSINERG Nº 0423-2002-OS/CD publicada en el Diario Oficial El Perua- no el 23 de febrero de 2002, que fijó la compensación men- sual que CERRO VERDE debe pagar por el uso de la cel- da de la línea de transmisión en 138 kV (en adelante "CEL- DA") de propiedad de la Empresa de Transmisión Eléctrica del Sur S.A. (en adelante "ETESUR"), que interconecta la subestación Cerro Verde con la planta Óxidos de CERRO VERDE; el Informe Técnico GART/RGT Nº 016-2002 de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (en adelante "GART") del Organismo Supervisor de la Inversión en Ener- gía (en adelante "OSINERG") y el informe OSINERG- GART-AL-2002-028 de la Asesoría Legal Interna de la GART. CONSIDERANDO: A.- RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Que, CERRO VERDE interpone recurso de recon- sideración contra la Resolución OSINERG Nº 0423- 2002-OS/CD, solicitando que se modifique la compen- sación mensual que debe pagar por el uso de la celda de 138 kV. Sustenta su pedido en los siguientes argu- mentos:A.1 El Costo Medio de Inversión fijado difiere del valor de una nueva celda CERRO VERDE menciona que el Costo Medio de In- versión de la CELDA, señalado en el numeral C.4 de la resolución impugnada, difiere del monto de inversión de una nueva celda de línea en 138 kV instalada en la subes- tación Cerro Verde de ETESUR, propuesto en el informe elaborado por la empresa Promotora de Proyecto S.A.C., presentado como prueba instrumental del recurso de re- consideración. A.2 Período de vida de las instalaciones utilizado para fijar la compensación mensual Según la recurrente, el numeral C.4. de la resolución interpuesta " (...) contraviene los dispositivos legales vigen- tes al emplear un período de 15 años para determinar la depreciación de los equipos de conexión (...) ". CERRO VERDE fundamenta lo señalado citando el numeral I, del inciso b), del Artículo 126º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas1. B.- ANÁLISIS DEL RECURSO DE RECONSIDERA- CIÓN B.1. El Costo Medio de Inversión fijado difiere del valor de una nueva celda Que, de acuerdo con la propuesta de CERRO VERDE el Costo Medio de Inversión de la CELDA debería ascen- der a sólo 498 965 US$ tal como se detalla en el siguiente cuadro: Ítem Rubro Costos o Inversiones (US$) Directo Indirecto Total 1 Suministro del Equipamiento 296 000 296 000 2 Transporte al sitio de obra (5% de 1) 14 800 14 800 3 Montaje electromecánico 35 000 8 750 43 750 4 Obras Civiles 51 900 12 975 64 875 Total equipamiento electromecánico y obras civiles 397 700 21 725 419 425 5 Instalaciones Comunes (20% del Costo de la Celda) 79 540 79 540 TOTAL 498 965 Que, el Costo Medio de Inversión de la CELDA fijado en la Resolución OSINERG Nº 0423-2002-OS/CD corres- ponde a la valorización de la celda y las instalaciones com- plementarias que hacen factible el suministro eléctrico a CERRO VERDE, cuyo monto asciende a 2527,06 Miles de Nuevos Soles y corresponde a costos estándares que han resultado de un estudio de costos promedio del mercado. Como se muestra más adelante, estos costos de mercado, en lo que respecta a suministro de materiales, montaje elec- tromecánico y obras civiles, son inclusive menores a los propuestos por la empresa recurrente; Que, el monto propuesto por CERRO VERDE al tipo de cambio (TC=3,488 Soles/US$) equivale a 1 740,4 miles de Nuevos Soles, monto que resulta 31% menor que el valor fijado en la resolución impugnada. El siguiente cuadro muestra las diferencias en Dólares Americanos entre la propuesta de CERRO VERDE y los costos estándar de la CELDA fijados en la Resolución OSINERG Nº 0423-2002- OS/CD: Ítem Rubro CERRO ESTANDAR % VERDE (US$) (US$) Variación 1 Suministro del Equipamiento + Transporte a Obra 310 800 249 957 24,3% 2 Montaje electromecánico 35 000 19 869 76,2% 3 Obras civiles 51 900 22 466 131,0% Subtotal 397 700 292 291 36,1% 4 Instalaciones Comunes 101 265 318 052 -77% 5 Servicios Auxiliares + Otras Instalaciones 47 649 6 Acoplamiento 66 459 TOTAL 498 965 724 450 -31,1% 1Artículo 126º Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas b) Procedimiento para determinar la Anualidad de la Inversión: I) La Anualidad de la Inversión es igual al producto de la Inversión por el factor de recuperación de capital obtenido con la Tasa de Actualización fijada en el Artículo 79º de la Ley, y una vida útil de 20 años para el equipo de Generación y de 30 años para el equipo de Conexión.