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Pág. 221254 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de abril de 2002 En uso de las atribuciones legales conferidas por el Artículo 9º de la Ley Nº 24680 modificado por el Artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en Situación de Urgencia, la con- tratación del servicio de limpieza y mantenimiento de las instalaciones de la Contaduría Pública de la Nación, mien- tras dure el proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 002-2002-CPN - Segunda Convocatoria. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administra- ción de la Contaduría Pública de la Nación, la contratación mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía para la prestación del servicio indicado en el Artículo 1º de la presente resolución, por el período que dure la situación de urgencia, estimado en sesenta (60) días naturales en los que se desarrollará el proceso de selección de Adjudi- cación Directa Selectiva Nº 002-2002-CPN - Segunda Con- vocatoria. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina General de Admi- nistración remita copia de la presente resolución, así como el Informe Técnico-Legal correspondiente, a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días ca- lendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación 6589 Autorizan contratar mediante proceso de adjudicación de menor cuantía la prestación del servicio de seguridad y vigilancia RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 037-2002-EF/93.01 Lima, 27 de marzo de 2002 VISTOS: El Informe Técnico Nº 090-2002-EF/93.08.3 de la Ofici- na de Abastecimiento y Servicios Auxiliares y el Informe Legal Nº 005-2002-EF/93.07 que en conjunto constituyen el Informe Técnico-Legal que dispone el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 001-2002-EF/93.CE ADS 003 del 25 de marzo del 2002, el Comité Especial designa- do para conducir el proceso de selección de la Adjudica- ción Directa Selectiva Nº 003-2002-CPN comunica que el proceso ha sido declarado desierto; Que, la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxilia- res en su Informe Técnico Nº 090-2002-EF/93.08.3 señala que la entidad se encuentra en la necesidad de contar con el servicio de seguridad y vigilancia, cuya ausencia com- prometería el normal desarrollo de las actividades y fun- ciones institucionales, debido a que el contrato con la em- presa que actualmente ofrece el servicio está por vencer, a su vez solicita que se declare en Situación de Urgencia la contratación de dicho servicio durante el plazo estimado de sesenta (60) días naturales, en tanto culmine la Adjudi- cación Directa Selectiva Nº 003-2002-CPN en segunda convocatoria; Que, a efecto de seguir contando con el servicio des- crito y en aplicación del Artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se efec- tuó la contratación complementaria hasta por un monto no mayor al 30% adicional al monto total del contrato original, cuyo plazo de vigencia expira el 31 de marzo del 2002; Que, el Artículo 19º inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, esta- blece que están exonerados del proceso de Licitación Pú- blica, Concurso Público o Adjudicación Directa, según seael caso, las contrataciones y adquisiciones que se realicen en situación de urgencia, declaradas de conformidad con la respectiva Ley; Que, el Artículo 20º del mismo dispositivo legal, establece que en dicho caso, la adquisición o contratación se realizará mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de- biendo ser aprobada por Resolución del Titular del Pliego, re- quiriéndose de un Informe Técnico-Legal previo; Que, de acuerdo al Artículo 21º del citado Texto Único Ordenado, se considera situación de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la con- tinuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo; Que, dicha norma legal se encuentra en concordancia con el Artículo 108º de su Reglamento, aprobada por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, en tanto señala que: "La situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisicio- nes o contrataciones definitivas"; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, ha cumpli- do con emitir el Informe Legal Nº 005-2002-EF/93.07, en el cual estima que en mérito de los hechos expuestos en los informes precedentes la situación descrita tipifica como de urgencia, prevista en el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, razón por la cual es procedente expedir el acto administrativo correspondiente; Que, los Artículos 105º, 108º y 116º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen los procedimien- tos a que deben ceñirse las contrataciones de menor cuan- tía, con la indicación del órgano o dependencia que tendrá a su cargo efectuar la contratación del servicio requerido; Que, por consiguiente, producida la Situación de Ur- gencia en los términos del Artículo 21º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Artículo 108º de su Reglamento, resulta nece- sario declararla como tal con la finalidad de asegurar la continuidad de los servicios esenciales de la Institución; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º inciso c), 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me- diante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM; Con la aprobación de la Alta Dirección y el visado de la Oficina General de Administración y Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones legales conferidas por el Artículo 9º de la Ley Nº 24680 modificado por el Artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en Situación de Urgencia, la con- tratación del servicio de seguridad y vigilancia de las insta- laciones de la Contaduría Pública de la Nación, mientras dure el proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 003- 2002-CPN - Segunda Convocatoria. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administra- ción de la Contaduría Pública de la Nación, la contratación mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía para la prestación del servicio indicado en el Artículo 1º de la presente resolución, por el período que dure la situación de urgencia, estimado en sesenta (60) días naturales en los que se desarrollará el proceso de selección de Adjudi- cación Directa Selectiva Nº 003-2002-CPN - Segunda Con- vocatoria. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina General de Admi- nistración remita copia de la presente resolución, así como el Informe Técnico-Legal correspondiente, a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días ca- lendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación 6590