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Pág. 228219 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de agosto de 2002 miento pesquero, las cuotas de captura permisible, tempo- radas y zonas de pesca, regulación del esfuerzo pesque- ro, los métodos de pesca, tallas mínimas de captura y de- más normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que mediante Resolución Ministerial Nº 149-2002- PE del 30 de abril del 2002, modificado por la Resolu- ción Ministerial Nº 256-2002-PE del 11 de julio del 2002, se estableció a partir de las 00:00 horas del día 6 de mayo del 2002, el Régimen Provisional para la Extrac- ción del Recurso Merluza ( Merluccius gayi peruanus ), en el marco del cual se autorizó la extracción del citado recurso a las embarcaciones arrastreras de mayor y menor escala con permiso de pesca vigente, en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio maríti- mo peruano y el paralelo 06° 00' Latitud Sur; debiendo para tal efecto, cumplir con determinadas condiciones y adecuarse a los períodos semanales de pesca según zonas autorizadas; Que por Resoluciones Ministeriales Nºs. 227-2002-PE, del 26 de junio del 2002, y 240-2002-PE, del 9 de julio del 2002, se prorrogó hasta las 24:00 horas del 31 de agosto del 2002, el Régimen Provisional para la Extracción del Recurso Merluza a que se refiere el considerando precedente; Que el Instituto del Mar del Perú - IMARPE mediante Oficio Nº PCD-100-429-2002-IMP/PRO-PE del 9 de agos- to del 2002, manifiesta la conveniencia de observar las condiciones en que se encuentra el recurso merluza hacia el sur de los 06° 00' Latitud Sur, previo a la ejecución de la pesca exploratoria dispuesta en el artículo 4º de la Resolu- ción Ministerial Nº 240-2002-PE; para lo cual se requiere la apertura de actividades extractivas del citado recurso en el área comprendida entre los paralelos 06° 00' y 07° 00' Latitud Sur; planteamiento que se encuentra justificado en razón que en dicha zona puede haber desarrollado ejem- plares de mayor tamaño; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Regla- mento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2001-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establézcase que las actividades extrac- tivas del recurso merluza autorizadas en el marco del Ré- gimen Provisional dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 149-2002-PE, modificado por la Resolución Ministerial Nº 256-2002-PE y prorrogado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 227-2002-PE y 240-2002-PE, podrán efectuarse en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo peruano y el paralelo 07° 00' Latitud Sur, a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución. Artículo 2º.- Está prohibido el ejercicio de activida- des extractivas del recurso merluza en el área circun- dante a las Islas Lobos de Tierra y Lobos de Afuera, determinada por el radio de ocho (8) millas náuticas medidas desde el faro. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción 14553 Sancionan con cese temporal a servido- res de la Oficina de Logística de la Dirección General de Administración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 028-2002-PRODUCE Lima, 14 de agosto de 2002Visto, el Informe Nº 023-2002-CPPAD/PRES, de fecha 16 de julio de 2002, de la Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 188-2002-PE de fecha 4 de junio del 2002, se instaura proceso admi- nistrativo disciplinario a los servidores señora Lucy Castro Ríos, ex Directora de la Oficina de Contabilidad de la Di- rección General de Administración; el señor Alfredo de la Lama Rivero, ex Director de la Oficina de Logística de la Dirección General de Administración; el señor Ferdinan Prada Vega, ex Jefe de la Unidad de Servicios de la Ofici- na de Logística de la Dirección General de Administración; y la señorita Esmelda Mena Alvarado, ex Jefa de la Unidad de Compras de la Oficina de Logística de la Dirección Ge- neral de Administración, por haber incurrido en presuntas faltas administrativa de carácter disciplinario tipificadas en los incisos a) y d) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa; Que de la revisión y análisis de los descargos presen- tados por la servidora Lucy Castro Ríos, se puede deter- minar de que no existen indicios razonables que amerite una sanción administrativa disciplinaria, habiendo supera- do las observaciones realizadas por la Sociedad Auditora Externa Ramírez Araujo y Asociados Contadores Públicos SC, según lo manifestado por la Oficina General de Audito- ría Interna mediante Oficios Nºs. 262 y 279-2002-PE/OGAI y estando plenamente acreditados sus descargos ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci- plinarios, resulta aplicable absolverla de los cargos que le han sido imputados a través de la Resolución Ministerial Nº 188-2002-PE; Que de la revisión y análisis de los descargos e infor- mes orales presentados por los servidores Alfredo de la Lama Rivero, Ferdinan Prada Vega, y Esmelda Mena Alva- rado, no desvirtúan los fundamentos que sustentaron la Resolución de instauración del proceso administrativo dis- ciplinario, quedando plenamente acreditadas las faltas de carácter disciplinario de los precitados servidores, detec- tadas en la Dirección de Logística por la Sociedad Audito- ra Externa Ramírez Araujo y Asociados Contadores Públi- cos SC, y según lo manifestado por la Oficina General de Auditoría Interna mediante Oficios Nºs. 262 y 279-2002- PE/OGAI, los cuales han sido corroborados por los miem- bros de la Comisión Permanente de Procesos Administra- tivos Disciplinarios, constituyendo incumplimiento de lo dis- puesto en el artículo 21º, inciso a) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa del Sec- tor Público, incurriendo en faltas administrativas de carác- ter disciplinario previstas en el Artículo 28º incisos a) y d) del acotado dispositivo legal; De conformidad con lo establecido en el inciso a) y d) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, artículos 152º, 153º, 154º y 155º del Reglamento de la Ley de la Carrera Admi- nistrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y la Resolución Ministerial Nº 456-98-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Absolver a la servidora señora Lucy Cas- tro Ríos, ex Directora de la Oficina de Contabilidad de la Dirección General de Administración, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Sancionar al servidor señor Alfredo de la Lama Rivero, ex Director de la Oficina de Logística de la Dirección General de Administración, aplicándole un cese temporal de sesenta (60) días, sin goce de remuneraciones, por haber incurrido en faltas tipificadas en la parte consi- derativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- Sancionar al servidor señor Ferdinan Pra- da Vega, ex Jefe de la Unidad de Servicios de la Oficina de Logística de la Dirección General de Administración, apli- cándole un cese temporal de treinta y un (31) días, sin goce de remuneraciones, por haber incurrido en faltas tipifica- das en la parte considerativa de la presente Resolución.